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¿Qué es el ‘upskirting’ y qué hacer si es víctima?

Grabaciones de ropa interior en internet pueden ser delito. Expertos describen retos al denunciarlo.

La modalidad de acoso callejero guarda similitudes con el voyerismo, pero impacta en la población femenina.

La modalidad de acoso callejero guarda similitudes con el voyerismo, pero impacta en la población femenina. Foto: iStock

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Millones de videos en internet bajo el nombre Upskirting o ‘bajo falda’ agrupan situaciones en las que se muestran las partes íntimas de una mujer en un lugar público. Los videos, que son grabados en lugares como el metro de Madrid, en las calles de Japón, o incluso, en el TransMilenio de Bogotá, son subidos a páginas porno, como una modalidad más de preferencia sexual.
Semanas atrás, un colombiano fue capturado en territorio español en flagrancia mientras grababa a una mujer bajo la falda. Según el reporte de la Policía Nacional de ese país presuntamente grababa en promedio unas 29 mujeres al día.
Las mujeres no pueden denunciar porque muchas veces no saben quien es el agresor, vieron un celular que las grababa por debajo de la puerta del baño y cuando salieron ya no había nadie

Machismo en la red

La palabra Upskirting tuvo un momento relevante de popularidad en 2017, cuando la inglesa Gina Martin creó una campaña para denunciar el hecho de que dos desconocidos la habían grabado en un festival musical bajo su falda.
Expertas en violencias digitales contra las mujeres aseguran que se trata de la evolución del acoso callejero a internet.
“Es una nueva modalidad de acoso callejero ahora con tecnología”, describe Olga Paz, coordinadora de la Campaña Dominemos la Tecnología en Colombia para quien el principal impacto es que las mujeres no se sientan a salvo en el espacio público.
“El rol de las TIC es el al conocimiento y la ampliación de las oportunidades para las personas, pero vemos que infortunadamente cada vez más están siendo usadas para cometer delitos, agredir, silenciar, abusar y acosar a las mujeres”.
Por su parte, Amalia Toledo, investigadora de la Fundación Karisma y miembro la campaña Alerta Machitroll, describe el Upskirting como una consecuencia de la cosificación femenina, que surge de la noción de que las mujeres no tienen decisión sobre sus propios cuerpos.
“Es la práctica de hacer fotografías no autorizadas debajo de la falda de una mujer o de un hombre, capturando una imagen del área de la entrepierna, la ropa interior y a veces los genitales”. Según Toledo, la modalidad no es nueva si se tiene en cuenta la existencia de la fotografía voyeur.
“Lo que ha sucedido es una transformación y adaptación a los desarrollos tecnológicos”, como ocurre por ejemplo con el uso de cámaras escondidas en un baño o en un vestier. El año pasado, por ejemplo, en Corea del Sur una mujer descubrió una cámara escondida en un baño y de ahí empezó a documentar múltiples imágenes de grabaciones de mujeres en baños público y vestuarios, disponibles en plataformas online.
Paz, asegura que desde la campaña de Dominemos la Tecnología han conocido algunos casos de mujeres en Colombia que se han visto agredidas por esa modalidad por ejemplo en centros comerciales.
“Las mujeres no pueden denunciar porque muchas veces no saben quien es el agresor, vieron un celular que las grababa por debajo de la puerta del baño y cuando salieron ya no había nadie… tampoco conocen el destino de esas imágenes”, explica.
Toledo asegura que dado que los videos no siempre revelan la identidad de sus víctimas, el daño individual es difícil de calcular. Sin embargo, la campaña Alerta Machitroll considera que sí hay un daño colectivo contra una grupo poblacional, en su mayoría mujeres, que les priva, por ejemplo, de su intimidad.

¿Es un delito?

Desde junio del año pasado, gracias a la campaña de la inglesa Martin, la ley en Reino Unido prohibió el Upskirting y lo incluyó como una modalidad de acoso sexual.
En el panorama colombiano, de acuerdo con Alexandra Vélez, abogada penalista de Medellín, este tipo de circunstancias deben ser interpretadas hecho por hecho.
No hay penalización ni siquiera hay censura social
Por ejemplo, asegura que no queda claro si el rostro de las víctimas es visible o si hay forma de reconocer que las partes íntimas grabadas son de una menor de edad, lo que agravaría considerablemente el hecho.
Uno de los retos para juzgar la conducta es encontrar la tipificación adecuada.Por ejemplo, cuenta Paz, que en el caso de los teléfonos que aparecen bajo las puertas de los sanitarios, es difícil probar el delito. “Al no haber o físico con la mujer, la legislación puede no considerarlo como abuso”.
Toledo coincide y agrega que “otra gran dificultad para procesar este tipo de casos es la identificación del agresor, que aunque no sea imposible si presenta grados de dificultas, especialmente si la víctima no se percató de la conducta”. Ambas aluden a posibilidades como el acoso sexual, invasión a la privacidad o de la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento (mal llamada ‘pornovenganza’).
Para Vélez, “El hecho no podría considerarse pornografía puesto que grabar prendas interiores no es un delito”. En su concepto se trata de un delito de injuria de hecho, en el que la víctima es deshonrada por actor de un tercero.
Paz apunta que otro reto es la revictimización y es enfántica en aclarar que las mujeres no tienen que sentirse culpables ni por salir a la calle ni por vestirse de una forma determinada.
Según la activista, varios casos de acoso en transmilenio son denunciados y en cuestión de horas el agresor está libre.
“El gran problema es que no hay penalización ni siquiera hay censura social. Si una mujer denuncia es revictimizada al tener que enfrentar a su agresor. Además de que no se hace justicia la mujer queda en riesgo permanente porque el agresor no es castigado y en poco tiempo está libre en las calles cometiendo otros delitos”, señala.

¿Qué se puede hacer?

Lo primero, es saber que este tipo de vulneración de la intimidad no ocurre por culpa de la víctima y entender que si bien es difícil tipificar un delito hay vías de denuncia, social y penal, para registrar este tipo de situaciones.
Así mismo, las plataformas suelen tener opciones de denuncia para contenidos no consentidos, que aunque son comunes en las redes sociales, todavía pueden faltar en los sitios de pornografía en línea.
Por un lado, estrategias como la línea púrpura o la Casa de la Mujer son opciones para acudir a las entidades de gobierno local y buscar redes de apoyo psicosocial y jurídico.
Para la investigadora de la Fundación Karisma el problema no está en la pena, sino en el grado de impunidad que existe en los casos de violencias contra las mujeres, tanto en lo físico como en lo virtual.
“Podríamos rechazar este tipo de conductas y denunciarlas cuando somos testigos o encontramos esos contenidos en las plataformas en lugar de consumirlas o compartirlas", asegura.
LINDA PATIÑO CÁRDENAS
REDACCIÓN TECNÓSFERA

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