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Caso Nicolás Petro: ¿comisionado de CIDH que postuló Duque se debe declarar impedido?
Hijo del Presidente acudió a esa instancia para pedir protección y garantías en su caso en Fiscalía.
Carlos Bernal, comisionado de la CIDH y Nicolás Petro, hijo del presidente Petro. Foto: Archivo particular
Nicolás Petro Burgos, el hijo mayor del presidente Gustavo Petro, anunció en las últimas horas que irá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para solicitar garantías y escalará las denuncias internacionales por los hechos que rodearon su captura, su traslado a Bogotá y las audiencias preliminares dentro del caso que se sigue en su contra.
La medida se conoció luego de que la Fiscalía anunció que compulsará copias para que la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes investigue al mandatario Petro por "la presunta materialización de conductas delictivas como el ingreso de dineros aparentemente irregulares a la campaña" del 2022.
Nicolás Petro denunciará ante CIDH presunta violación de sus derechos en el proceso Foto:Vanexa Romero. EL TIEMPO
Petro Burgos decidió reversar la oferta de colaboración con la Fiscalía, bajo el argumento de que esta lo doblegó moral y físicamente dentro de los interrogatorios que rindió.
De hecho, él y el Presidente protestaron por la filtración de apartes de sus declaraciones que estaban únicamente en poder de la Fiscalía.
En estos señala, entre otros empresarios, al poderoso contratista Euclides Torres de haber movido dinero en efectivo para patrocinar la campaña de su padre sin que esos aportes se legalizaran. Su declaración coincide con el audio filtrado de Armando Benedetti en el que habla de 15 mil barras (millones de pesos) que se movieron en la Costa Caribe.
Eduardo Noriega de la Hoz, delegado de la Colombia Humana ante el Pacto Histórico y hombre de confianza del presidente Gustavo Petro, ya había enviado una carta a la CIDH denunciando presuntas presiones de la Fiscalía contra Nicolás Petro, que el hijo del presidente negó en ese momento.
¿Magistrado impedido?
Iván Duque responde a Petro Foto:El Tiempo / Presidencia
Ahora, ante la doble solicitud, se espera que la CIDH decida si asume el caso.
Ante ese posible escenario surge la duda de si uno de sus actuales comisionados, postulados por el entonces presidente Iván Duque -con quien Petro ha tenido recientes enfrentamientos- estaría impedido para conocer el caso.
Se trata de Carlos Bernal Pulido, postulado por Duque en febrero de 2021 y elegido comisionado el 12 de noviembre de ese mismo año. Pulido, abogado de la Universidad Externado de Colombia y doctor en Derecho, quien renunció a la Corte Constitucional antes de que culminara su periodo. A ese alto tribunal llegó tras ser ternado por el entonces presidente Juan Manuel Santos.
Considerado de un ala conservadora, Bernal tuvo un rol clave en discusiones relacionadas con el Acuerdo de Paz con las Farc y los mecanismos de 'fast track' para implementar leyes complementarias.
Nicolás Petro y Gustavo Petro Foto:Archivo particular - Vanexa Romero. EL TIEMPO
Opiniones divididas
Francisco Bernate, abogado de las víctimas. Foto:Archivo Particular
Para el abogado Francisco Bernate, el comisionado Bernal no tiene por qué apartarse del proceso, en caso de que la CIDH decida abordarlo.
"No. Porque a ellos los postula el gobierno colombiano, pero los elige directamente la Comisión con independencia de su nacionalidad y ellos ya son funcionarios básicamente de la OEA. No tiene por qué declararse impedido, él no ha tenido una participación dentro de este proceso y el hecho de que el caso tenga que ver con Colombia no incide nada, menos aun cuando el actual gobierno no tuvo nada que ver en la designación del actual magistrado", explicó Bernate.
En igual sentido se pronunció el abogado Internacionalista Andrés Macías.
"El hecho de que el comisionado Carlos Bernal Pulido, haya sido postulado por el presidente Iván Duque, quien se podría entender como un adversario político del Presidente Petro, no quiere decir que deba declararse impedido. El comisionado debe actuar en derecho y eso es justo lo que debe hacer en la CIDH, garantizar derechos".
'Se debe apartar por reglamento'
Exmagistrado Julio César Ortiz. Foto:Archivo Particular
Sin embargo, el exmagistrado Julio César Ortiz -abogado del presidente Petro- y Mauricio Jaramillo, internacionalista del Rosario, opinan lo contrario.
Para Ortiz, es claro que por tratarse de un caso colombiano, si la CIDH opta por pronunciarse, Bernal debe apartarse.
"Es por razones legales. Les está prohibido a los comisionados conocer las causas de su propio país", explicó Ortiz.
En efecto, el propio reglamento del la CIDH así lo señala en su artículo 17.2a.
Este es el artículo que advierte que los comisionados no pueden conocer casos de su propio país. Foto:EL TIEMPO
Y Jaramillo señaló: "El hecho de haber sido de alguna forma, subalterno del expresidente Duque y cercano a él y por la coyuntura del tema, debería declararse impedido, los conflictos de intereses muchas veces no son evidentes. No hay que olvidar que lo que denuncian es un caso que lleva una Fiscalía cuya cabeza también ha sido afín al expresidente Duque y a la corriente política contraria a la del presidente Petro".
El silencio de la CIDH
Roy Barreras (izq.), Eduardo Noriega y Xavier Vendrell (der.) Foto:Semana
Por el momento, no se conoce ninguna respuesta de la CIDH a la primera solicitud -la de Noriega- que data del 11 de agosto pasado.
Fuentes cercanas a la CIDH aseguran que le están dando prelación a casos de minorías.
EL TIEMPO buscó a Noriega para establecer si ya existía alguna respuesta a su solicitud, pero al cierre de esta edición no había respondido las llamadas a su celular.
A la CIDH también llegaron solicitudes de protección de Laura Sarabia, exjefe de gabinete de Petro y ahora directora del Departamento de Prosperidad Social; y de su exniñera, Marelbys Meza, quien dice que teme por su vida.
En el caso colombiano, el relator es el comisionado Joel Hernández.
*Después de publicada esta nota, la CIDH envió una comunicación a EL TIEMPO en la que aseguraron que según el artículo 17, inciso 2.A del reglamento de este organismo establece, los de la Comisión no podrán participar en la discusión, investigación, deliberación o decisión de un asunto sometido a la consideración de la Comisión, si fuesen nacionales del Estado objeto de consideración general o específica o si estuviesen acreditados o cumpliendo una misión especial como agentes diplomáticos ante dicho Estado”