Pagar de acuerdo con sus ingresos: si gana más, paga más; si gana menos, paga menos, y si está desempleado, no debe pagar. Esta es la propuesta del Icetex con la que busca cambiar de manera radical la forma de realizar cobros a los créditos educativos del sector, iniciativa cuyo decreto ya se encuentra en borrador y al cual tuvo EL TIEMPO.
Se trata de un importante paso de cara al proceso de transformación de la entidad, y que fue establecido en la Ley 2159 de 2021, en la que se estableció que la entidad debía reglamentar un sistema de cobros que estuviera basado en el modelo de Pago Contingente al Ingreso, en el que los pagos se hagan de manera proporcional a los ingresos de los s.
De esta forma, el borrador del decreto, que se encuentra en etapa de comentarios hasta el día 22 de abril para sugerir posibles cambios, establece un sistema de cobros en el que el debe pagar un porcentaje de su sueldo en una escala que depende de la cantidad de salarios mínimos que devengue, para lo cual el Icetex estableció las siguientes tarifas:
Para el caso de personas que se encuentren empleadas que ganen entre uno y dos salarios mínimos, estas deben pagar entre el 11 por ciento de su sueldo y el 13 por ciento.
Quienes ganen entre dos y cuatro salarios mínimos, el pago será de 16 al 18 por ciento; si devenga entre cuatro y ocho salarios mínimos, el cobro corresponderá a un valor entre el 20 y el 22 por ciento de sus ingresos, y, finalmente, quienes ganen más de ocho salarios mínimos, pagarán hasta el 24 por ciento de su salario.
Los trabajadores independientes, por su parte, también tienen sus propias tarifas, como se ve a continuación.
En otras palabras, un que devengue dos salarios mínimos (2’000.000 pesos) pagará el 11 por ciento de su sueldo, unos 220.000 pesos, mientras que uno que gane cuatro salarios mínimos pagará el 16 por ciento, es decir, 640.000 pesos.
Le descuentan de su salario
De momento, el decreto establece que esta modalidad solamente funcionará de manera voluntaria y para s nuevos. Sin embargo, fuentes internas del Icetex confirmaron que se espera que este sea en el futuro el principal modelo de cobro de la entidad y que se puedan acoger s antiguos.
La definición del modelo textualmente descrito en el decreto es de “retención en la fuente a título de pago contingente al ingreso”, por lo que las personas que se acojan tendrán un descuento de su salario. En otras palabras, será la empresa la que, mediante una retención, realice el pago de la deuda, mientras que el recibirá su salario, al cual se le descuenta el valor de la cuota.
En el momento en que, por alguna razón la persona quede desempleada, se suspende el cobro, por lo que no tendrá que preocuparse por pagar la deuda hasta que vuelva a devengar ingresos. Tampoco pagarán quienes demuestren tener ingresos inferiores a un salario mínimo.
Pese a ello, Daniel Torres, representante de un grupo de s de Icetex, mencionó algunos reparos: “Normalmente en otras partes del mundo donde se estableció este modelo, se aclara que para que sea en verdad beneficioso para los s, la tasa de interés debe ser igual al IPC (índice de precios al consumidor), y el decreto no lo hace, por lo que tememos que continúe siendo del IPC más 7,5 puntos, lo que a la larga causará que los s terminen pagando en intereses más de lo que deberían”.
Otros beneficios
La norma establece ciertos alivios que no ofrece la actual modalidad de pago. La primera, como se mencionó anteriormente, es que el paga de acuerdo con sus ingresos, por lo que ya no tendría que responder por una cuota alta pese a ganar un bajo salario.
Pero hay más garantías para proteger a los beneficiarios. Por ejemplo, se elimina el concepto de mora, porque no hay forma de que el se atrase con su cuota, porque si está desempleado se suspende el cobro y si está empleado, esta se descuenta de su salario. Esto hace que no haya reportes a centrales de riesgo, embargos o los cobros insistentes que denuncian deudores de la entidad.
“También hablamos de una tranquilidad y un beneficio emocional para el que, en caso de pasar por un momento difícil, este sabe que no tendrá que preocuparse por pagar su crédito educativo”, explica Manuel Acevedo, presidente del Icetex.
Y existe otra ventaja, y es que los s con mayores ingresos, al pagar un mayor porcentaje, podrán terminar de pagar su obligación en un menor tiempo.
Transcurridos 20 años y de no haberse recaudado el total de los recursos adeudados, se entenderá por terminada la obligación.
Además, de acuerdo con la Ley 2159, los cobros se realizarán por 20 años. Esto quiere decir que si en ese tiempo hubo muchos momentos de desempleo, o simplemente se presentó alguna situación en la que el no pudo pagar por completo su deuda, “transcurrido dicho periodo de no haberse recaudado el total de los recursos adeudados, se entenderá por terminada la obligación”, es decir, se condonará.
En diálogo con EL TIEMPO, el australiano Burce Champman, creador del modelo de Financiación Contingente al Ingreso, señaló otras bondades de este: “Los estudiantes perderán el miedo a acceder a un crédito educativo, porque sabrán que si algo sale mal en su vida laboral, no tendrán que pagar una deuda imposible. Esto puede repercutir en un aumento en el número de personas profesionalizadas, lo cual es claramente un gran aporte a la economía y los índices de desarrollo del país”.
Por su parte, la economista Loraine Dearden, especialista en este modelo y una de sus impulsoras en Reino Unido, mencionó a este diario: “Se trata de una medida que genera equidad, dado que permite el a la educación superior mediante créditos educativos a poblaciones más vulnerables, que en el momento de la solicitud no tienen la capacidad de pago. Esto evita que quienes entren a la universidad sean siempre los de mayores ingresos o quienes tuvieron mejor desempeño académico en el colegio, sino que sean personas de todos los niveles socioeconómicos por igual”.
‘Es un seguro automático a los s’
Manuel Acevedo, presidente de Icetex, responde a preguntas respecto al decreto:
¿Por qué cambiar el modelo de cobro del Icetex?
Se trata más de un complemento que de un cambio. Tenemos que ser capaces de inventarnos la mayor cantidad de alternativas posibles de financiar la educación superior que reconocemos es elemento determinante para el desarrollo social y económico. Hemos visto con base en evidencias internacionales, con casos representativos como el de Reino Unido y Australia, que este tipo de modelos tienen diferentes bondades que se caracterizan por ofrecer la posibilidad de a la educación superior a personas que hoy no cuentan con los recursos, para que en el futuro, y una vez puedan generar suficientes ingresos, los aporten para que otros jóvenes puedan ingresar en el futuro.
Adicionalmente, hemos visto que estos modelos son sostenibles y permiten que en el largo plazo se generen más ingresos que gastos.
La principal ventaja radica en que las personas que no tienen ingresos o los tienen, pero son menores a un salario mínimo, no tienen la obligación de pagar sin que ello genere moras o incumplimientos. Esto se constituye en un seguro automático para los s.
¿En qué etapa está el decreto y qué viene en adelante?
El decreto actualmente se encuentra en los últimos días de publicación para consulta y observaciones ciudadanas. Estará disponible hasta el próximo 22 de abril, fecha en la que deberemos responder las inquietudes de la ciudadanía y procederemos con las revisiones finales en la Presidencia de la República para afinar el decreto previo a la firma del señor presidente, Iván Duque.
¿Alcanzará a estar listo antes de que termine la actual vigencia?
De acuerdo con el mandato de la propia Ley 2159 de 2021, la reglamentación deberá darse seis meses después de la expedición de la ley, es decir, el 11 de mayo de 2022. Se espera que antes de esta fecha el Presidente firme el decreto, que da seis meses más a Icetex para preparar la operación del mecanismo.
REDACCIÓN EDUCACIÓN