¡Atento! Así será el pico y placa en Bogotá para el martes 26 de septiembre de 2023

Esta medida estará vigente de 6 a. m. a 9 p. m., de lunes a viernes para los carros particulares. 

Esta es la medida que funcionará. Foto: Alcaldpia de Bogotá

PeriodistaActualizado:
El martes 26 de septiembre Bogotá mantendrá en funcionamiento su sistema de restricción conocido como pico y placa, como parte de su estrategia para gestionar el flujo de tráfico en el área urbana. Esta medida se ha convertido en una herramienta  para aliviar la congestión vehicular.

Restricción para el martes 26 de septiembre de 2023

En esta ocasión, la restricción del pico y placa se aplicará a los vehículos cuyas placas finalicen en los números 1-2-3-4-5.
Los conductores de vehículos particulares deben estar atentos, ya que esta medida estará vigente desde las 6 a. m. hasta las 9 p. m. durante el martes 26 de septiembre.
Es importante recordar que esta restricción opera de lunes a viernes, pero durante los fines de semana, el pico y placa no estará en efecto, lo que brinda a los conductores cierta flexibilidad en su movilidad.
Esta iniciativa busca contribuir a la fluidez del tráfico en Bogotá, reducir la congestión vehicular y promover un sistema de transporte más eficiente en la ciudad.

Pico y placa para taxis. Foto:Alcaldía de Bogotá.

Pico y placa para taxis

El 26 de septiembre se aplica una medida de pico y placa especial para los taxis en Bogotá. Los vehículos con placas terminadas en 7-8 deberán acatar las restricciones de circulación.
El horario va desde las 5:30 a. m. hasta las 9 p. m. Esta medida busca también contribuir a la reducción de la congestión vehicular y fomentar un sistema de transporte más organizado.

DIA DEL SIN CARRO Y MOTO este 21 de septiembre se celebro el día del no carro y moto y este fue el panorama en el aeropuerto internacional el Dorado . Bogotá 21 de septiembre del 2021. FOTO MAURICIO MORENO EL TIEMPO CEET Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

Evite ser multado 

Las multas por incumplir el pico y placa en Bogotá se determinan de la siguiente manera:
- Multa económica: los infractores serán sancionados con una multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
- Inmovilización del vehículo: esto significa que el vehículo será retenido y no podrá circular hasta que se cumplan con los requisitos legales para su liberación.

Planes para mejorar la movilidad en Bogotá

*Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en la información de Alcaldía de Bogotá, y contó con la revisión de la periodista y un editor.
CAMILA SANCHEZ FAJARDO
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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