5 días de arresto deberá pagar la alcaldesa de Santa Marta

Virna Johnson no acató la orden de restituir una trabajadora que estaba embrazada.

Virna Johnson, alcaldesa de Santa Marta. Foto: Prensa Alcaldía de Santa Marta

PeriodistaActualizado:
Cinco días de arresto deberá cumplir la alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson, por no acatar la orden de un juez  de reintegrar a una ex contratista por encontrarse en estado de embarazo.
La decisión es del Juez Segundo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento y Depuración de Santa Marta, Énder de Jesús Egurrola Mendoza, en favor de  Lizeth Johana Fajardo Barros, quien asegura que fue retirada de su cargo de manera injusta.
El juzgado ordenó a la Alcaldía a que en el término de 48 horas, reintegrara de manera provisional a esta mujer en sus labores, teniendo en cuenta su proceso de gestación y  que se le otorgara la protección necesaria a la seguridad social y le cancelara el dinero que dejó de percibir desde la época en que la había sido despedida.
La orden fue impugnada en su momento por el equipo jurídico de la istración distrital; sin embargo una fallo en segunda instancia ratificó la sentencia.
Al considerarse que tampoco hubo una respuesta al requerimiento judicial, el Juez  declaró en desacato a la alcaldesa Johnson y la sancionó con la orden de arresto y el pago de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Adicionalmente, el Juzgado advirtió a la Procuraduría a que vigile las actuaciones de la alcaldesa y se verifique el cumplimiento efectivo de la orden proferida por el despacho.

Alcaldía dice que sí cumplió fallo

A través de un comunicado de prensa la Alcaldía se refirió a esta situación para precisar que el mismo día que se conoció el fallo, fue informado el Juzgado que desde el mes de febrero había dado cumplimiento a lo ordenado por ese despacho.
“Ella es quien no ha firmado el contrato. Se dio cumplimiento al fallo y se pagó el valor de la indemnización que el juez estimó que debía asumir el Distrito, a pesar de que la Alcaldía aportó las pruebas para determinar que la señora no fue despedida, sino que su contrato de prestación de servicios finalizó en diciembre de 2021”, dice la misiva.
En este momento la decisión del desacato se encuentra ante el superior jerárquico del Juez, para que se surta el grado de consulta.
Por Roger Urieles
Para EL TIEMPO Santa Marta
@rogeruv

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