Por lo general, cuando hablamos de comparendos lo relacionamos inmediatamente con un tema que queremos evitar a como de lugar, pero debemos considerar que por reincidir en faltas al Código Nacional de Tránsito Terrestre se puede llegar a una la suspensión del pase.
En una algunas ocasiones solo hay amonestaciones, pero el conductor debe asistir a un curso pedagógico que es obligatorio. Foto:Archivo EL TIEMPO
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito Terrestre y el artículo 124, en caso de que se cometan dos faltas a la norma en un lapso de seis meses, se le suspenderá el pase por seis meses.
Pro en caso de que se cometa una tercera infracción, la suspensión se duplicará, por lo que no podrá conducir ningún vehículo durante un año.
Cabe resaltar que se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses, tal como se lee en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.
En otros puntos, si tiene este tipo de conductas podrían suspender su pase:
- Conducir bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de alucinógenos. En el caso de conducir en estado de embriaguez, la suspensión, o cancelación, depende del grado de beodez y la reincidencia en la conducta punible.
- Por una determinación judicial o una decisión de las autoridades sustentada en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, sustentada con un certificado médico.
- Prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.
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