Desde abril empiezan a cumplirse algunos de los plazos para que las personas naturales paguen sus obligaciones tributarias del 2024. Desde el predial hasta el impuesto del carro o la declaración de renta, entre otros.
Este impuesto fue creado de manera permanente por la última reforma tributaria. De acuerdo con Ángela González, associate partner de impuestos de EY Colombia, esta declaración deberá ser presentada por las personas que, a el 1 de enero de 2024, tenían un patrimonio líquido, resultante de considerar la totalidad de sus bienes menos deudas, valorado fiscalmente en al menos 3.388 millones de pesos.
La presentación de la declaración y el pago del primer 50 por ciento del impuesto deberá realizarse a más tardar entre el 10 y el 24 de mayo, dependiendo del último dígito del NIT de la persona. El pago de la segunda cuota se hará el 13 de septiembre como única fecha.
Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024, vencen los plazos de la declaración de renta de este año. Foto:iStock
Cambios en la declaración de renta:
Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024, vencen los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta del año gravable 2023. Este año entrarán en vigencia las modificaciones que introdujo la última tributaria.
Dado que esta reforma afectó de manera importante a las personas EY dice que es previsible que a ciertos contribuyentes se les generen incrementos importantes en el valor del impuesto a pagar.
Según la firma EY, este reporte debe ser presentado por las personas que en el 2022 o el 2023 tuvieron ingresos brutos de al menos 500 millones de pesos y que además percibieron en 2023 ingresos de al menos 100 millones de pesos por de rentas de capital y/o no laborales en los términos de la ley tributaria.
Según González, un ejemplo puede ser las personas que hayan vendido un inmueble.
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