En un concepto enviado a la Corte Constitucional, la procuradora general de la Nación, Margarita Cabello, pidió declarar la inconstitucionalidad de algunas expresiones de la Ley 2089 de 2021, conocida como ‘ley antichancleta’, que señalan que los castigos físicos contra los niños no serán causal de pérdida de la patria potestad si estos no son habituales o afectan la salud física o mental del menor de edad.
En el documento, que fue enviado en el marco de una demanda que estudia el alto tribunal contra la 'ley antichancleta', la jefa del Ministerio Público subrayó que limitar la posibilidad de que la pérdida de la patria potestad se dé solo cuando el maltrato sea habitual o grave al punto de afectar la salud desconoce los mandatos constitucionales que le imponen al Congreso el deber de sancionar todo tipo de violencia física y psicológica en el entorno familiar hacia los niños.
Esa salvedad “le impide al operador jurídico encargado de decidir sobre la patria potestad, la custodia o la emancipación determinar si la imposición de un castigo físico o la comisión de un trato cruel o humillante es una razón suficiente para limitar o restringir ciertos vínculos familiares", dice en el concepto.
Y continúa diciendo que esto exige, "irrazonablemente, que la conducta sea reiterativa o que tenga el potencial de afectar la salud de la víctima”.
Así mismo, Cabello puntualizó que para la Procuraduría es preocupante que se introduzcan al ordenamiento jurídico expresiones normativas que retrocedan en la protección de los niños, niñas y adolescentes.
También criticó que se adopte una regulación sin tener en cuenta los compromisos internacionales del Estado, que abogan por eliminar cualquier tipo de violencia infantil, incluida toda clase de castigo físico y trato cruel o humillante.
Finalmente, recordó que en el pasado ya la Corte Constitucional había declarado inconstitucionales expresiones similares.
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