Para que tenga en cuenta: hubo cambios en la llamada 'nueva realidad' de Bogotá. En la noche de este martes, a las 10 p. m., el Distrito emitió el proyecto de decreto con lo que serán los nuevos cambios para la reactivación económica.
"Le adicionamos un día al comercio al detal que vende bienes no esenciales", aseguró la alcaldesa de Bogotá, Claudia López.
Es decir que ahora los comercios al por menor podrían atender de miércoles a domingo y en un horario más amplio. Así quedaría la regla para ellos:
Comercio al por menor de bienes no esenciales: miércoles a domingo de 5 a. m. a 9 p. m.
Y también hubo un ajuste en los días que pueden salir colegios:
Establecimientos educativos: lunes, martes, viernes y sábado (presencialidad parcial según determine la Secretaría de Educación y
piloto a partir del 12 de octubre).
¿Por qué hubo cambios?
El decreto que se conoció el martes fue un decreto borrador, que fue publicado para que los ciudadanos hicieran sugerencias a la Alcaldía.
López aseguró que recibió varias sugerencias. Una de esas fue la de Fenalco, que cuestionó fuertemente que el comercio al por menor solo estuviera autorizado para vender de jueves a domingo.
"Con las medidas que saca la alcaldesa podría terminar de enterrar a Bogotá. Si nosotros como comerciantes solo podemos abrir el 55 por ciento del tiempo para atender a la mitad de los ciudadanos en esos días, estaríamos trabajando un 27,5 por ciento y con esto tendríamos que responder por el 100 por ciento de la carga del comercio formal. Esto hace que sea inviable. Va en contra de lo que se busca con la medida, porque va a generar aglomeraciones", aseguró el director de Fenalco Bogotá, Juan Esteban Orrego.
La propuesta de Fenalco fue que todo el sector comercial abriera todos los días de la semana de 10 a. m. a 10 p. m. "(Son) horarios que no son pico para el transporte público, además de permitir a los empresarios sobrevivir, y sobre todo minimizará el riesgo de contagio", sostiene el gremio.
Así queda el modelo 4 x 4
La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de bienes de primera necesidad y aquellos considerados como esenciales: sin restricción de días ni horario.
Comercialización de productos mediante plataformas de comercio electrónico o para servicios de entrega a domicilio de todo tipo de bienes: sin restricción de días ni horario.
Sector de manufactura de bienes no esenciales: podrán abrir de lunes a jueves. Horario de ingreso entre las 10:00 a. m. y las 5:00 a. m.
Comercio al por mayor: podrán abrir de lunes a jueves. Horario de ingreso entre las 10:00 a. m. y las 5:00 a. m.
Sector de construcción en zonas no residenciales: podrán abrir de lunes a sábado. Horario de ingreso después de las 10 a. m.
Sector de construcción en zonas residenciales: podrán abrir de lunes a sábado. Entre 10:00 a. m. a 7:00 p. m.
Comercio al por menor de bienes no esenciales: podrán abrir de miércoles a domingo, entre las 5 a. m. y 9 p. m.
La comercialización de productos por parte de establecimientos y locales gastronómicos (servicio a la mesa): podrán abrir de jueves a domingo entre 5 a. m. y 10 p. m.
Establecimientos educativos: podrán abrir lunes, martes, viernes y sábado. Presencialidad parcial según determine la Secretaría de Educación.
Actividades de oficina no esenciales: podrán abrir lunes, martes, viernes, sábado y domingo. Sin restricción horaria.
¿Dónde puedo ver el proyecto de decreto?
Preguntas y respuestas a otros cambios:
Este miércoles, el Distrito hizo una rueda de prensa para resolver dudas. Estas son algunas de las respuestas:
- ¿Están permitidas las reuniones familiares?: No están retringidas. Pero se hace un llamado al cuidado. "Gran número de personas mayores se han contagiado en reuniones familiares", aseguró Wiilliam Mendieta, Secretario Jurídico. La sugerencia es hacerlo en espacios abiertos
- ¿Qué pasará con las iglesias?: Se sabe que la Alcaldía evaluará si es posible hacer 'auto-culto' y misa desde la ventana. (
Ver más aquí)
- ¿Cómo funcionará el pico y cédula?
"1. En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
2. En los días pares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
El control de esta medida estará en cabeza de los establecimientos de comercio o entidades públicas según corresponda.
Parágrafo. La condición descrita en precedencia no aplicará en los siguientes casos:
a.) Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y istrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
b.) La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de
discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.
c) Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud
debidamente identificados.
d) Las actividades que se adelanten en la actividad hotelera, autocines, autoeventos,
autocultos y los servicios de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, los cuales deberán establecer sistemas de reservas para evitar aglomeraciones".
- Las reglas para los informales: Las zonas de aglomeraciones de comercio informal funcionarán de miércoles a domingo y con los mismos horarios del comercio formal.
Los vendedores que pongan sus puestos fuera de los horarios permitidos serán retirados.
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