Las escuelas de conducción, legalmente denominadas centros de enseñanza automovilístico (CEA), se han vuelto un dolor de cabeza para muchas zonas de Bogotá. Se toman la vía pública, andenes y parques, incluso dificultan la movilidad y, en algunas ocasiones, aumentan la inseguridad.
Ese es el caso del cuadrante ubicado entre la avenida Caracas y la carrera 10.ª, y entre calles 11 y 12 sur, una zona céntrica de la capital. En ese sector se encuentra el barrio Caracas, así como estaciones de la troncal de TransMilenio que conectan el sur y el norte de la ciudad. Allí, las vías han sido tomadas literalmente por varias escuelas de conducción. Las utilizan como zonas de práctica de sus estudiantes.
Sin duda, esto afecta la libre movilidad de los residentes, principalmente de niños y adultos mayores porque, según dicen, se exponen a ser arrollados. Pero, además, aumenta la sensación de inseguridad. De hecho, dicen que ya se han presentado casos de atracos en motocicletas.
Pero también hay casos sorprendentes como el de la Ciudadela Colsubsidio. En esa zona del noroccidente de Bogotá, según un residente, hay escuelas que están acostumbradas a cerrar las calles para soltarles los carros a sus alumnos. Recuerda que hace varios meses un estudiante terminó chocando un carro contra la reja de un conjunto residencial.
“Uno que anda todo el día en la calle ve que las escuelas no tienen pista y el aprendizaje lo hacen por los barrios y vías principales”, asegura Ángel Arteaga, un bogotano que dice tener 37 años de experiencia en el manejo de vehículos de servicio público.
La medición de la destreza y habilidad en el manejo de los mecanismos de control y en la conducción del vehículo se realizará en las vías de uso público
Si bien no hay nada en la ley que impida a las escuelas de conducción utilizar las vías públicas como parte de las clases, sí hay estrictos requisitos para su funcionamiento, vigilancia y aprobación oficial.
Por ejemplo, según el artículo 2.3.1.1.6 del decreto 1079 de 2015, con el que se reglamenta el sector transporte, para salir a conducir a las calles es necesario, primero, haber hecho prácticas dentro de las instalaciones de las escuelas. “La realización de las prácticas de inducción en conducción hasta obtener el dominio idóneo del vehículo, que se deberá realizar en el área que para este fin dispone el Centro de Enseñanza Automovilística, deberá realizarse en un tiempo equivalente al 25 % del total de horas prácticas fijadas en la intensidad horaria según la categoría. La medición de la destreza y habilidad en el manejo de los mecanismos de control y en la conducción del vehículo se realizará en las vías de uso público, en un tiempo equivalente al 75 % de las horas prácticas fijadas”, dice el decreto citado.
En otras palabras, antes de salir a la calle, los estudiantes necesitan haber ganado experiencia en la pista, que por ley deben tener las escuelas. De hecho, según la norma, debe ser un área de entre 1.000 y 1.500 metros cuadrados. En caso de no contar con ese espacio, el centro de enseñanza “deberá garantizar la formación mediante la celebración de contratos con otros CEA que cuenten con los escenarios de práctica”.
Sin embargo, la Superintendencia de Puertos y Transporte, entidad encargada del control y la vigilancia de los centros de enseñanza automovilística, señala que las escuelas pueden utilizar las vías públicas, incluso en zonas escolares, como ocurre en la barrio Caracas, siempre y cuando respeten “los límites tanto de velocidad como de señalización”.
¿Y quién responde en un accidente? No hay nadie, o si lo hay, la gente tiene temor a denunciar esto.
El mismo organismo indica que es obligatorio, durante todo el recorrido de práctica, que el aprendiz vaya acompañado del instructor; de lo contrario, se estaría incumpliendo con ocho artículos del Código Nacional de Tránsito Terrestre. No obstante, esto tampoco parece cumplirse en el pequeño barrio Caracas. Según aseguran sus habitantes, la ausencia de instructores durante los recorridos, especialmente en las motos, ha provocado varios accidentes. “¿Y quién responde en un accidente? No hay nadie, o si lo hay, la gente tiene temor a denunciar esto”, se queja uno de los residentes.
El temor es porque, asegura otra fuente que también pidió reserva del nombre, algunos vecinos han recibido amenazas de muerte por denunciar la situación o cuestionar a algunos instructores. Ese miedo se fortalece porque los vecinos dicen no saber cuáles son escuelas de conducción reales y cuáles son solo una fachada. Y este conocimiento parece ser difuso.
Miguel Cubillos, miembro de la junta directiva de Conalcea (Confederación Nacional de los Centros de Enseñanza Automovilística), dice que recientemente el Runt les informó que en Bogotá hay 180 escuelas de conducción activas y que para finales de año se espera que sean 240. Sin embargo, la Superintendencia reportó a este diario que, con corte al 30 de abril pasado, en Bogotá hay 149 CEA operativos y cuentan con el aval del Ministerio de Transporte y de la Secretaría Distrital de Educación.
Zona gris en la ley
Ahí es donde hay un error, porque el sistema de control y vigilancia tiene unos huecos que permiten que algunos dueños cometan irregularidades (...)
La Superintendencia de Puertos y Transporte sostiene que los centros que incurran en las faltas consagradas en el la Ley 105 de 1993 podrán ser sancionados con amonestación, multa, suspensión o, incluso, cancelación de la habilitación según la gravedad de la falta. Sin embargo, el directivo del gremio explica que la labor de control y vigilancia de las CEA está tercerizada a través de las empresas Consorcio ci2 y Olimpia, que tienen o directo con las escuelas. En caso de infracción estas empresas realizan un llamado de advertencia a las CEA que, de no acatar las correcciones, son reportadas al ente de control.
Una vez la investigación está en manos de la Superintendencia, dice Cubillos, el proceso puede tomar 2 años y a veces terminar en suspensión de 6, 12 o 18 meses, y puede haber reapertura del centro si hay modificaciones y correcciones de las fallas. No obstante, este proceso tendría que repetirse unas tres veces para que, finalmente, se llegue a una clausura del centro. Pero Cubillos cree que ese tiempo es una zona gris en la ley, porque da la oportunidad para que, mientras se desarrolla la investigación, la escuela pueda seguir activa y cobrando.
“Ahí es donde hay un error, porque el sistema de control y vigilancia tiene unos huecos que permiten que algunos dueños cometan irregularidades, como usar vehículos que no tienen nada que ver con el centro de enseñanza, mientras tienen otros registrados ante el Runt”, advierte Cubillos, y agrega que por eso es que mientras hay unas escuelas que cumplen los requisitos, otras “cometen todas las irregularidades y nada pasa”, lo que afecta la competencia en igualdad de condiciones.
Por supuesto, todo esto termina impactando la calidad de la enseñanza y la siniestralidad en las vías de la ciudad y el país.
Requisitos oficiales para los CEA
Registro ante el Runt
Deben registrarse ante el sistema del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), con esto se autoriza la prestación del servicio bajo las condiciones que dependen del alcance de la certificación otorgada por los organismos de evaluación.
Licencia de funcionamiento
Debe ser de reconocimiento oficial, además de tener autorización de la Secretaría de Educación para los programas de formación de conductores e instructores en conducción.
Constituirse como sociedad
Los propietarios del CEA deben estar legalmente constituidos como sociedad, y en su objeto social deben estar las actividades propias de una escuela de conducción. Además, deben acreditar el registro del establecimiento comercial. Si es un establecimiento público tendrá que realizar la acreditación de acuerdo con las normas de la istración pública.
Contar con una póliza RCE
Los centros deben tener una póliza de responsabilidad civil extracontractual (RCE) por una valor superior a sesenta salarios mínimos. Debe estar radicada a nombre del centro de enseñanza con el objetivo de amparar la muerte o lesiones de personas o bienes de terceros que se hayan originado durante el proceso de enseñanza del centro. La póliza debe renovarse anualmente.
Registro de los instructores
En el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) también deben estar relacionados los instructores, indicando la categoría que enseñan, nombre, dirección, número de cédula y número de la licencia de instructor.
Infraestructura
Contar con la infraestructura, dotación, procedimientos, personal, equipos e instalaciones mínimas necesarias establecidas por el Ministerio de Transporte.
Contar con vehículos
Contar como mínimo por cada tipología vehicular aprobada para dar instrucción con tres vehículos para las categorías A1, A2 y B1, C1; dos para las B2 y C2; uno para las B3 y C3. Los vehículos deben cumplir con los requisitos del Ministerio de Transporte y presentar la licencia de tránsito.
Certificado de servicio
Los CEA deben tener certificado de conformidad de servicio según lo dispuesto en la resolución n.º 20203040011355 del 21 de agosto de 2020, que reglamenta el registro de los organismos de apoyo al tránsito ante el Runt o a través de una certificación otorgada por cualquier organismo de evaluador de la conformidad.
Pagar la tarifa de servicio
El pago debe efectuarse ante el Runt para registrar el centro de enseñanza automovilística de acuerdo con la resolución 4558 de 2019 del Ministerio de Transporte o aquella que la modifique, adicione o sustituya.
MARÍA PAZ ARBELÁEZ PATIÑO
ESCUELA DE PERIODISMO MULTIMEDIA DE EL TIEMPO
@PazArbelaez