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Noticia
Supertransporte: 'acuerdo del Concejo de Bogotá ordena incumplir ley de tránsito y transporte'
Supertransporte, Ayda Lucy Ospina, alerta a Alcaldía de Bogotá sobre aprobación del proyecto.
Operativo de la policía de de tránsito. Foto: Néstor Gómez. EL TIEMPO
La Superintendencia Nacional de Transporte alertó este lunes a la Alcaldía de Bogotá sobre la aprobación de un acuerdo en el Concejo de Bogotá en el que, en opinión de la entidad nacional, "ordena incumplir una ley".
El proyecto de acuerdo al que se refiere la Superintendencia plantea la protección de las personas que trabajan con las aplicaciones de transporte, exige el cumplimiento del debido proceso y prohíbe la doble sanción y las inspecciones invasivas a conductores y pasajeros, entre otros aspectos.
No obstante, concejales consultados por EL TIEMPO indicaron que "hay una mala interpretación del acuerdo" y que en el mismo no se cambia el procedimiento ni las sanciones.
Policías de tránsito realizan operativo Foto:Néstor Gómez EL TIEMPO
Este diario conoce el acuerdo en mención, el cual apenas consta de dos folios, y señala en su artículo primero que su objeto es "establecer disposiciones para promover buenas prácticas en la imposición de comparendos por la infracción D12 (artículo 131 de la Ley 769 de 2002), por parte de los agentes de tránsito distritales".
Los puntos más polémicos del acuerdo están en el artículo segundo. En este señala que la istración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Movilidad, promoverá campañas pedagógicas y jornadas de formación y sensibilización en torno al debido proceso y el procedimiento de imposición de dicha infracción D12.
Pero, además, habla de "propender por el fortalecimiento de la moralización de los agentes de tránsito" y "por la creación de estrategias que permitan evitar incurrir en prácticas de abuso y extralimitación al momento de la imposición de comparendos por la infracción D12". A renglón seguido se refiere puntualmente a "interrogatorios sin el cabal cumplimiento del debido proceso"; "imponer más de una sanción por la misma causa"; "inmovilizar el vehículo sin el cumplimiento del debido proceso" y "realizar procedimientos que atenten contra el derecho a la intimidad del conductor y sus pasajeros".
Según Ayda Lucy Ospina, superintendente Nacional de Puertos y Transporte, el concejo estaría dictando lineamientos para los cuales no tienen competencia.
Ospina señala que si bien comparte la preocupación por el debido proceso en los procedimientos por infracciones de tránsito, "un Concejo no tiene en competencias" (...) ni puede señalarle a la autoridad en las vías que "no haga determinados operativos, o que al hacerlos no impoga las infracciones de tránsito y transporte a que haya lugar".
Ospina agrega: "No puede el Concejo decir que ante una conducta, que se puede tipificar como un acto de corrupción de un funcionario público, no puede un acuerdo ordenar que frente a esa conducta, de un funcionario, no se adelanten las investigaciones disciplinarias a que haya lugar ni las sanciones a que haya lugar".
A renglón seguido, la superTransporte asegura que con dicho proyecto de acuerdo se podría estar configurando una "posiblemente una ilegalidad".
Es por eso que instó a la istración distrital para que revise el proyecto de acuerdo 607 de 2024 que fue aprobado en segundo debate por el cabildo distrital el 3 de diciembre pasado y que pasó a sanción del alcalde. Tuvo el apoyo de al menos 32 concejales.
"Insto a la autoridad local a revisar el alcance del contenido del acuerdo. No están obligados a cumplir el acuerdo cuando ordena desconocer una ley", afirmó la SuperTransporte.
El polémico proyecto de acuerdo fue promovido por los concejales Juan Daniel Oviedo, Daniel Briceño y Sandra Forero.
De hecho, Oviedo celebró la aprobación. En redes sociales señaló: "@daniel.bricen Avanzamos con @Sandra Forero R y @Juan Daniel OVIEDO en la protección de quienes trabajan con su carro en una aplicación en Bogotá. La imposición del comparendo D12 deberá observar reglas de debido proceso. Este es un gran avance para la ciudad. #uber #didi #cabify #aplicaciones #bogota #movilidad #conductores #comparendos #multasdetransito #D12 ♬ sonido original – Daniel F. Briceño".
El concejal Oviedo le dijo a este diario que "es una mala interpretación de la Superintendente" y que en el acuerdo en mención "no se están cambiando para nada el procedimiento de la sanción, solo que haya campañas pedagógicas y jornadas de sensibilización y que se eduque a los agentes de tránsito para que no abusen de su poder en la imposición del comparendo".
Oviedo también señaló que los conductores de vehículos de plataformas son ilegales desde hace 10 años por la inacción del Gobierno Nación y aclara que la iniciativa fue "discutida ampliamente con el gobierno distrital" y destaca que lo que "busca es la moralización de la personas que lo imponen (el comparendo D12) para que no abusen de su poder".
Con esta posición coincide la concejal Sandra Forero, quien afirmó que "hay una mala interpretación del texto, porque en ningún momento, mis colegas, ni yo hemos pretendido pasar por encima de la ley".
Y agregó: "Es crucial leer el documento con rigor para evitar estos malos entendidos y que se emita información que no es cierta".
Forero explicó que el acuerdo busca que "se cumpla Ley 1310 de 2009, para que se brinden las garantías del debido proceso en la aplicación del comparendo por la infracción D12".
En el artículo segundo el acuerdo señala que la istración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Movilidad, promoverá las siguientes acciones campañas pedagógicas y jornadas de formación y sensibilización en torno al debido proceso y el procedimiento de imposición de dicha infracción D12.
Pero tal vez los puntos más polémico son los numerales 2 y 3 en los que habla de "propender por el fortalecimiento de la moralización de los agentes de tránsito" y "por la creación de estrategias que permitan evitar incurrir en prácticas de
abuso y extralimitación al momento de la imposición de comparendos por la infracción D12", como:
• Realizar interrogatorios sin el cabal cumplimiento del debido proceso.
• Imponer más de una sanción por la misma causa en atención a la normatividad vigente.
• Inmovilizar el vehículo sin el cumplimiento del debido proceso.
• Realizar procedimientos que atenten contra el derecho a la intimidad del conductor y sus pasajeros.