Con el objetivo de facilitar los trámites a los contribuyentes, la Dian hará por tercer año consecutivo la declaración sugerida de renta a los 4,1 millones de personas naturales que están obligadas a declarar este impuesto.
Se trata de un mecanismo de facilitación y aprovechamiento de los datos que reportan terceros, es decir, de la información exógena tributaria que contiene operaciones con clientes, proveedores o terceras personas.
Es una información de orientación general y si el contribuyente lo requiere podrá editar la información.
Una vez verificada la información, el contribuyente debe diligenciar los espacios para los cuales no aparecen valores sugeridos y continuar con el proceso habitual para presentar la declaración.
Cabe recordar que la presentación de la declaración se iniciará el 10 de agosto, por los dígitos 01 y 02 y así sucesivamente de a dos grupos por cada día hábil, para terminar el 20 de octubre con los declarantes de renta cuyas cédulas terminan en los dígitos 99 y 00 (vea el calendario completo más abajo).
¿A quién va dirigida la declaración sugerida?
La declaración sugerida aplica para personas naturales residentes que durante el año gravable 2020 cumplieron con alguna de las condiciones para declarar Renta de acuerdo con los siguientes umbrales:
_ Patrimonio bruto a 31 de diciembre del año gravable 2020 mayor a 160,2 millones de pesos.
_ Ingresos totales durante el año gravable 2020 iguales o mayores a 49,8 millones de pesos.
_ Consumos por medio de tarjeta de crédito durante el año 2020 mayores a 49,8 millones de pesos.
_ Valor total de compras y consumos durante el año 2020 mayor a 49,8 millones de pesos.
_ Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2020 mayor a 49,8 millones de pesos.
¿Qué casillas vienen diligenciadas en el formulario de la declaración sugerida?
Para el año gravable 2020, se diligencian las siguientes casillas:
1. Patrimonio bruto
2. Deudas
3. De la cédula general:
a. Ingresos brutos por rentas de trabajo.
b. Ingresos brutos por rentas de capital.
c. Ingresos brutos rentas no laborales.
d. Ingresos no constitutivos de renta (rentas de trabajo, capital y no laborales).
e. Aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC (rentas de trabajo, capital y no laborales).
f. Otras rentas exentas (rentas de trabajo).
4. Cédula ingresos brutos por renta de pensiones del país y del exterior.
5. Cédula dividendos y participaciones.
6. Ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior.
7. Anticipo renta liquidado año anterior.
8. Saldo a favor del año gravable anterior.
9. Retenciones año gravable a declarar.
¿Qué debo hacer si no quiero aceptar la declaración sugerida y prefiero diligenciar mi declaración desde ceros?
Si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad jurídica, económica y financiera o el contribuyente prefiere hacer su declaración desde ceros, podrá remitirse a la herramienta Programa Ayuda Renta para elaborar su declaración con la información que disponga.
Para saber si se cuenta con una declaración sugerida de Renta y Complementarios, el contribuyente puede realizar su consulta a través de
www.dian.gov.co ingresando al Portal Transaccional como registrado.
Este es el calendario para declarar renta en 2021
Agosto 2021
Día Dos últimos dígitos del NIT
10 01-02
11 03-04
12 05-06
13 07-08
17 09-10
18 11-12
19 13-14
20 15-16
23 17-18
24 19-20
25 21-22
26 23-24
27 25-26
30 27-28
31 29-30
Septiembre 2021
Día Dos últimos dígitos del NIT
1 31-32
2 33-34
3 35-36
6 37-38
7 39-40
8 41-42
9 43-44
10 45-46
13 47-48
14 49-50
15 51-52
16 53-54
17 55-56
20 57-58
21 59-60
22 61-62
23 63-64
24 65-66
27 67-68
28 69-70
29 71-72
30 73-74
Octubre 2021
Día Dos últimos dígitos del NIT
1 75-76
4 77-78
5 79-80
6 81-82
7 83-84
8 85-86
11 87-88
12 89-90
13 91-92
14 93-94
15 95-96
19 97-98
20 99-00