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¿Qué sucede con los aportes de la pensión cuando el cotizante fallece? Le contamos si puede reclamar
La reforma pensional de 2023 permite heredar la pensión en varios casos. Entérese si esto podría aplicar para usted.
Lo que pasa con la pensión tras fallecimiento. Foto: iStock

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La pérdida de un ser querido es causante de dolor y reflexión. En medio de este proceso de duelo, es importante conocer los derechos que asisten a los allegados del fallecido. Específicamente la posibilidad de heredar la pensión del pensionado, algo que es factible bajo la reforma pensional de 2023.
Uno de los puntos que se mantuvo en el planteamiento de la reforma pensional del gobierno de Petro fue la pensión de supervivencia. Esta y otros casos permiten a ciertas personas acceder a la herencia de la pensión. Dicha medida busca brindar un alivio económico y mantener la estabilidad de quienes dependían de esos ingresos.
Así, podrán recibir un monto mensual de 45% del ingreso base de liquidación más 2% de dicho ingreso por cada 50 semanas adicionales de cotización a las primeras 500 semanas de cotización, sin que exceda el 75% del ingreso base de liquidación. Sin embargo, hay un proyecto de ley para aprobar a futuro hasta el 80% del monto.
Por otro lado, está la sustitución pensional por muerte del pensionado. la cual aplica para los beneficiarios de quien ya tenía su pensión. En este caso el ingreso mensual es del 100% de la pensión que disfrutaba el fallecido.
Cabe mencionar que ninguna persona podrá recibir al mismo tiempo una pensión familiar y una de sobrevivientes o sustitución pensional. Pero en caso de encontrarse en esta situación, el estado le reconocerá la pensión que sea de mayor monto.
¿Quiénes son los beneficiarios?
La familia directa suele ser la beneficiaria de estas pensiones. Foto:iStock
- En forma vitalicia: cónyuge o pareja permanente (mientras tenga 30 o más años de edad a la fecha del fallecimiento del causante).
- En forma temporal (máx. 20 años): cónyuge o pareja permanente (mientras tenga menos de 30 años de edad a la fecha del fallecimiento del causante y no hayan procreado hijos(as).
- Hijos(as) menores de 18 años.
- Hijos(as) mayores de 18 años y hasta los 25 años, sólo si estudian y si dependían económicamente del causante.
- A falta de cónyuge, pareja permanente, padres e hijos(as) con derecho, serán beneficiarios hermanos(as) inválidos si dependían económicamente del causante
Requisitos para pensionarse, según Colpensiones
El tiempo de las mujeres será reducido desde el 2025. Foto:iStock
Los cambios de la Reforma Pensional
IVY LARRARTE ALARCÓN
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