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¿Qué pasa si una empresa no incrementa el salario mínimo?

Este incremento es el único que no es potestativo, sino de obligatorio cumplimiento de las empresas.

En el 2023 el salario mínimo fue de $ 1.160.000 pesos.

En el 2023 el salario mínimo fue de $ 1.160.000 pesos. Foto: iStock

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El martes inician las conversaciones para definir el incremento y el salario mínimo de Colombia en el 2024 y aunque en el incremento afectará a más de dos millones de colombianos de manera directa, en el resto de  empleados también tendrá su efecto.
Algunas empresas toman como referencia esta alza para los demás salarios y para ajustar otros temas. 
Según cifras del ministerio del Trabajo, en el periodo enero-septiembre de 2023 se cuenta con 2 millones 246 mil personas que devengan un salario mínimo mensual legal vigente. Es decir, 9,9 por ciento de los ocupados en el país (22 millones 703 mil).
El salario mínimo en Colombia se fija, en principio por acuerdo entre  los de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, en donde se incluye al sector privado, a los sindicatos y al Gobierno.
Luego de lograrse un acuerdo, el Gobierno tiene la competencia de fijar este valor, teniendo en cuenta factores como: la inflación proyectada para 2024, la productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional y el incremento tanto del producto interno bruto, como del índice de precios al consumidor.
El incremento de este rubro afecta los ajustes  contractuales como que un trabajador debe ganar determinado número de salarios mínimos. Además, este aumento impacta los costos laborales de las organizaciones, ya que los cambios en la nómina implican un ajuste presupuestal que puede llegar afectar las utilidades.
Salario mínimo 2023

Salario mínimo 2023 Foto:iStock

El otro efecto que tiene es que el reajuste salarial no tendría que afectar a los trabajadores que ganan más de este valor, pero sí involucra a quienes ganan un salario mínimo integral, trabajadores con ingresos superiores a los 10 salarios mínimos, ya que anualmente este salario también tiene un incremento.
Según explicó  María Isabel Vinasco Lozano, coordinadora de litigios en Godoy Córdoba,  que una empresa no haga ese cambio  en vigencia en 2024, puede conllevarlos a  obtener   multas o sanciones.
"La implementación de este incremento no es potestativa, es de obligatorio cumplimiento para aquellos trabajadores que devenguen el salario mínimo y para quienes devenguen un salario integral, ya que se establece el derecho a una remuneración mínima, la cual tiene carácter de irrenunciable".
Si una empresa no acatar esta disposición se expondría a investigaciones istrativas con imposición de multas que pueden ser equivalentes al monto de 1 a 5.000 veces el salario mínimo mensual vigente según la gravedad de la infracción.
De otro lado,  puede traer otras consecuencias como la terminación del contrato de trabajo por una causa imputable al empleador con el respectivo pago de la indemnización por terminación del contrato de trabajo, la presentación de acciones judiciales en búsqueda de la respectiva reliquidación salarial y prestacional.

¿Qué hacer y cómo hacer un reclamo sobre el pago?

La reclamación directa ante el empleador o jefe no es obligatoria ni es requisito para poder reclamar ante las autoridades el pago del salario o de las  prestaciones sociales, ya que  una obligación legal que tienen los empleadores con los trabajadores.
Recuerde que el empleador no realice los pagos correspondientes a salario o prestaciones sociales, da derecho a que el trabajador de por terminado el contrato con justa causa, pues el empleador está incumpliendo con una obligación legal. En estos casos, el trabajador debe ser indemnizado.
Los contratistas o trabajadores independientes no tienen derecho al pago de prestaciones sociales, como en el caso de los contratos de prestación de servicios.
Únicamente los trabajadores que están vinculados mediante contrato de trabajo, tienen derecho al reconocimiento y pago de prestaciones sociales.
Además si se termina el contrato de trabajo y el empleador no hace la liquidación y no paga los salarios y prestaciones que se deben, el trabajador puede solicitar además del pago de lo debido, el pago de los daños causados, lo que se conoce como “salarios caídos”. Esos salarios caídos son una indemnización a cargo del jefe o empleador y consiste en pagar el valor de un día de salario por cada día de retraso en el pago de los salarios y prestaciones sociales.
Si tiene preguntas o comentarios o quiere que escribamos un tema para usted, envíe un correo, muy concreto y sin anexos a [email protected]

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