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Jornada laboral: cuál es el impacto económico de reducirla a 47 horas este año
Según los empresarios, la reducción de la jornada encarecerá el costo del trabajo.
En la fábrica de Mario Hernández trabajan al menos 400 personas. Foto: Mauricio Moreno / EL TIEMPO
A partir del 15 de julio del 2023, todos los trabajadores acudirán a su puesto de trabajo una hora menos a la semana. De las actuales 48, la jornada laboral pasará a tener por ley 47. Eso sí, las empresas no podrán reducir en ningún caso el salario de los empleados. De lo contrario, se verán expuestas a sanciones.
Esta reducción obedece a la Ley 2101 de 2021, que fue liderada por el exsenador del Centro Democrático Álvaro Uribe y que determina que la jornada laboral colombiana disminuirá de forma gradual hasta llegar a tener 42 horas a la semana en 2026.
Las empresas se tendrán que preparar y llegar a acuerdos con sus empleados para que estos trabajen una hora menos este año, otra menos en el 2024, reducir dos en el 2025 y otras dos en el 2026.
Para ello, la ley determina que estas horas deberán ser distribuidas de común acuerdo entre los empleadores y los trabajadores entre 5 y 6 días a la semana, garantizando siempre que los empleados tengan un día de descanso.
La jornada laboral se reducirá en Colombia hasta llegar a las 42 horas en el 2026. Foto:Infografía El Tiempo
¿Cuál es el impacto?
Esta norma tuvo desde el principio el rechazo del sector privado por cuenta del impacto económico que puede tener en las finanzas de las empresas, más aún cuando todavía se están recuperando del golpe de la pandemia.
Según los empresarios, la reducción de la jornada encarecerá el costo del trabajo pues cada hora menos se vuelve extra y las empresas tendrán que asumir cargas adicionales en sus nóminas si quieren continuar haciendo el mismo trabajo de hoy.
Jaime Alberto Cabal, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), le dijo a EL TIEMPO que calculan que el costo laboral se incremente en un 2 por ciento cada año; sin embargo, recalcó que el impacto de este 2023 será aún más fuerte debido a que el salario mínimo que reciben más de 3,5 millones de personas en Colombia subió un 16 por ciento, hasta los 1’160.000 pesos, lo que representó el mayor aumento de este siglo y un aumento real (descontando la inflación) de 3,36 por ciento.
“Para el 2023, además del crecimiento del 16 por ciento del salario mínimo, tendríamos un 2 por ciento adicional de aumento en los costos laborales por concepto de reducción de la jornada. Esto sin contar la anunciada reforma laboral que cambiaría las jornadas diurnas y nocturnas, dominicales y festivos y tendría un impacto adicional de 12 por ciento. Con ello, los empresarios se pueden ver afectados en cerca de un 30 a 35 por ciento de los costos laborales este año”, resaltó el líder de los comerciantes.
Jaime Alberto Cabal, nuevo presidente de Fenalco. Foto:César Melgarejo / EL TIEMPO
Ante ello, el viceministro de Trabajo, Edwin Palma, explicó que el tema de los sobrecostos es parte de la deliberación del proyecto de reforma laboral que adelanta el Gobierno de la mano de los sindicatos y los empresarios y que ya se han reunido con el sector de la economía nocturna, uno de los que más se afectarían de llegar a materializarse estos cambios.
Para Bruce Mac Master, presidente de la Andi, hay que tener cuidado en no generar medidas que eventualmente vayan a agravar la situación de empleo que se prevé este año. Cuando se aprobó la ley, el gremio calculó que, en promedio, para cubrir las ocho horas no trabajadas en la semana, las empresas tendrían que cargar con un costo semanal promedio de 85.309 pesos por persona. Y que si esto se multiplicaba por los 6,2 millones de empleados que laboran más de 40 horas, dejaría un costo anual de 26,9 billones de pesos, lo que equivale a 2,7 por ciento del PIB.
“Ya el presidente ha destacado el riesgo que tenemos de no generar empleo, a esto se le suma la situación de estancamiento mundial de la economía y los problemas estructurales del mercado laboral colombiano. Entonces esta y otras medidas que eventualmente se quieren hacer en el plano laboral tendrán que ser muy cuidadosas en no ser la causa de un mayor desempleo”, señaló.
Hay que recordar que la tasa de desempleo en Colombia bajó en noviembre del 2022, último dato revelado por el Dane, hasta un 9,5 por ciento. Sin embargo, a nivel nacional la población que está desocupada todavía es de 2,4 millones de personas.
También Rosmery Quintero, presidenta de la Asociación Colombiana de Medianas y Pequeñas Empresas (Acopi), aseguró que esta reducción afectará tanto la productividad como la generación de nuevos empleos.
Catalina Santos, socia del equipo laboral de la firma Brigard Urrutia, opina que teniendo en cuenta que aún falta un periodo de siete meses para empezar a implementar de manera obligatoria la reducción de la jornada es recomendable que las empresas vayan haciendo un análisis de las horas que tienen acordadas con sus trabajadores, ya sea en sus contratos individuales o en convenciones o pactos colectivos, para establecer el impacto de esta medida.
Este impacto podría ser de tipo económico, ya que los recargos por trabajo suplementario ahora deberán pagarse a partir del momento en que se supere la nueva jornada máxima
“Este impacto podría ser de tipo económico, ya que los recargos por trabajo suplementario ahora deberán pagarse a partir del momento en que se supere la nueva jornada máxima, o incluso si se requiere contratar a más trabajadores para poder suplir las necesidades productivas de la empresa”, explica la abogada.
Respecto a cómo podrían negociar los trabajadores y los empleados, la abogada de Brigard Urrutia opinó que se pueden hacer acuerdos, siempre y cuando se respeten los términos establecidos en la ley para que se aplique la reducción de la jornada.
De hecho, dice que en el parágrafo del artículo 1 de la ley se expresa que el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio del Trabajo deberá convocar mesas técnicas con sindicatos y gremios para fortalecer la productividad y así poder mitigar un posible impacto negativo que conlleva la reducción de la jornada.
Sanciones
Una vez finalizados los plazos de la Ley 2101 de 2021, toda empresa que no cumpla con cada uno de ellos y decida no reducir las horas podrá ser objeto de sanciones por parte del Ministerio del Trabajo. El trabajador también podrá acudir a la justicia ordinaria laboral en caso de que el empleador no esté reconociendo los recargos suplementarios según la nueva jornada máxima.
“Asimismo, en caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional en donde el agotamiento del trabajador sea un factor determinante, el empleador podría ser responsable por los daños ocasionados al trabajador mediante acciones de culpa patronal”, cuenta la abogada.