Con la entrada en vigor de la Ley 2155 de 2021 (la última reforma tributaria o ley de inversión social), los contribuyentes que presenten mora en el pago de las obligaciones istradas por la Dian a 30 de junio del 2021 y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia del covid-19 podrán acceder a la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés.
Sin embargo, hay que recordar que los interesados deberán solicitar este mecanismo de facilitación máximo hasta el 10 de diciembre de 2021. Además, que estos beneficios sean efectivos si se realiza el pago de la obligación tributaria a cargo hasta el 31 de diciembre de 2021.
La istración tributaria recuerda que los alivios determinados reducen en un 80 por ciento el valor de las sanciones y la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario, que será liquidada diariamente a una tasa de interés diario equivalente al 20 por ciento de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
“El llamado es a que los contribuyentes que tienen obligaciones pendientes con la Dian, accedan de inmediato a la reducción del 80 por ciento en las sanciones y la tasa de interés de mora y realicen el pago, aprovechando este beneficio en los tiempos determinados” indicó Julio Lamprea Fernández, Director de Gestión de Impuestos.
Cabe señalar que la reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés aplica para obligaciones fiscales del orden nacional, que presenten mora en el pago, entre otras, las obligaciones que sean objeto de corrección o presentación extemporánea, los anticipos del Régimen Simple de Tributación, las obligaciones incluidas en actos istrativos y las obligaciones incluidas en sentencias judiciales, cuyo vencimiento fue hasta el 30 de junio de 2021.