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Revisión técnico-mecánica cambió, pero no para todos: ¿cuándo lo puden sancionar?

Algunos agentes de tránsito están exigiendo el certificado a ciertos vehículos. Le contamos.

Foto: iStock

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La entrada en vigencia el pasado 19 de mayo de la Ley 2294, mediante la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo y en la que además se modificaron los tiempos para la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, RTM-EC, está generando confusión entre propietarios de vehículos y algunos agentes de tránsito.
Según testimonios de varios lectores, estos les están imponiendo comparendos por tener la revisión ‘vencida’, cuando aún les falta un año o menos para cumplir con ese requisito, pues sus carros fueron matriculados antes del 19 de mayo de 2023.
Es decir, que estos vehículos están cobijados por la norma anterior que fijó en seis años –a partir de la fecha de matrícula–, el plazo para la primera inspección y obtener el certificado de la RTM-EC.
La Ley 2294, que fijó un plazo de cinco años para la RTM-EC, se aplica solo para los vehículos nuevos, es decir, los matriculados a partir de esa fecha.
Hay que recordar que las leyes no son retroactivas, rigen a partir de su promulgación y expedición. Y que, un carro comprado un día antes de regir la ley ya no es nuevo. Deja de ser nuevo cuando le ponen la placa y recorre los primeros metros.
REDACCIÓN VEHÍCULOS

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