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Tras aprobación por mayoría, reforma pensional pasa a cuarto y último debate en plenaria de la Cámara
Se mantiene umbral de 2,3 salarios mínimos y no se modifica la entrada en vigencia de la ley.
Debate de la reforma pensional en la Comisión VII de la Cámara Foto: Sergio Acero. EL TIEMPO

PERIODISTA ECONÓMICOActualizado:
A la Comisión VII de la Cámara de Representantes le tomó cuatro sesiones sacar adelante los 95 artículos que conforman el proyecto de la reforma pensional, pese, incluso, a que el Ministerio de Hacienda, en cabeza de Ricardo Bonilla, no hizo llegar a los parlamentarios el aval fiscal que con insistencia le solicitaron, para tener certeza sobre la viabilidad de esta iniciativa, una de las más polémicas que ha presentado el gobierno del presidente Gustavo Petro.
En la última sesión de esta semana, que es el tercer debate de este proyecto, se aprobaron 28 artículos -la mayoría claves- como los relacionados con la istración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que estará en manos del Banco de la República (artículo 93), los relacionados con las características de los pilares Solidario y Semicontributivo (artículos 18 y 19), así como el se que se refiere al monto de la pensión contributiva de invalidez.
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Menos aún la de Colpensiones, entidad que tendría a su cargo el manejo de las pensiones de unos 25 millones de colombianos y que la propia Procuraduría General de la Nación ha dicho que no tiene las capacidades técnicas y istrativas para esa labor.
Por eso, algunos representantes a la Cámara propusieron extender ese plazo de la vigencia hasta el 1.° de julio del 2026 con el propósito de evitar "errores garrafales" como el que se viene dando con la Fiduciaria La Previsora y el manejo del sistema de salud de los maestros del país. Otros plantearon que esa fecha fuera el 1.° de enero del 2026, fecha que consideraron prudente para el inicio de esta ley.
No obstante, finalmente la mayoría de los congresistas estuvo de acuerdo con mantener la fecha que se planteó inicialmente en la ponencia del proyecto de ley: 1.° julio del 2025.
Las comisiones que cobran las as de Fondos de Pensiones (AFP) por el manejo del ahorro pensional a sus afiliados (artículo 24) también fue otro punto de amplio debate al cierre de la sesión de este jueves en la que quedó sellado el paso de la reforma pensional a su último debate en el Legislativo.
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Específicamente, se aprobó que la comisión de istración máxima, que se había propuesto en 0,7 por ciento anual, sobre los saldos de ahorro que istren las AFP, se redujera a 0,6 por ciento. Además, fue eliminada la comisión por desempeño de hasta un 2 por ciento sobre los rendimientos reales obtenidos durante el año.
También quedó establecido que el Gobierno Nacional tendrá la potestad de reglamentar la comisión de istración máxima, por lo que más adelante podría variar.
Esta decisión abre una nueva discusión en el sentido de que hay quienes consideran que el Congreso de la República debería reglamentar de una vez esta comisión y no dejar el tema en manos del Gobierno Nacional.
El desarrollo del tercer debate se dio en medio de una tutela presentada por el partido Cambio Radical, para que se aplazara por 15 días el debate del proyecto de reforma pensional, recurso que, si bien fue aceptado, a la fecha no se había resuelto por parte de la juez 21 Civil del Circuito de Bogotá.
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Otros temas claves
En días pasados el primer mandatario aseguró que pediría a la Cámara que elevara el umbral del Pilar Contributivo a 4 salarios mínimos mensuales legales, incluso, después de haber llegado a un acuerdo con algunos partidos para que este umbral se ajustara a 2,3 salarios mínimos desde los 3 salarios mínimos propuestos inicialmente. Este arreglo fue aprobado en la Plenaria del Senado.
Pese a ello, los representantes a la Cámara hicieron caso omiso a la pretensión del presidente Gustavo Petro y, luego de un amplio debate, se aprobó que dicho umbral se mantenga tal como se había aprobado en el segundo debate del proyecto adelantado en el Senado.
Otros de los ajustes y precisiones importantes que se le introdujeron al articulado en las discusiones de la presente semana tienen que ver con el tratamiento tributario a las pensiones (artículo 85), en el que para mayor claridad y alcance se reincorporó en el texto del mismo la palabra 'mensual', que fue omitida en el proyecto aprobado en la Plenaria del Senado.
Con esto se pone fin a la polémica y a la posibilidad de que las pensiones de menos de dos salarios mínimos queden gravadas. Así, quedan exentas de impuesto de renta todas las pensiones, menos la parte que exceda 1.000 UVT mensuales.
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