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Las claves del proyecto para el sometimiento de las bandas
La iniciativa establece penas de entre 6 y 8 años para los integrantes de esas redes criminales.
En un proyecto de 22 páginas, revelado por EL TIEMPO, el Gobierno Nacional definió los beneficios, obligaciones y procedimientos para el sometimiento de las bandas criminales del país.
La iniciativa da plazo para que los integrantes de las bandas se sometan; establece dos años para la suscripción del acta individual de sujeción y garantías de no repetición, y una ampliación de un año más en caso de que así lo determine el Presidente de la República.
En la iniciativa, que será presentada hoy al Consejo de Política Criminal, se señala que los capos de las bandas criminales que se sometan a la ‘paz total’ del gobierno del presidente Gustavo Petro pagarían una pena de cárcel de entre 6 y 8 años. Así, por ejemplo, quienes no puedan ser beneficiados con el principio de oportunidad, con el que se renuncia a la acción penal en su contra, se les impondrá la pena principal establecida en el Código Penal, la cual sería reemplazada por la definida en esta norma, que será llevada al Congreso.
En el proyecto se menciona que, además de esa pena alternativa, de acuerdo con el grado de responsabilidad individual, se aplicaría un componente restaurativo de cuatro años “con mecanismos de vigilancia y monitoreo, extramural y con participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración”.
Los beneficios, inéditos en la estructura legal colombiana, se extenderían también a los capos y de las bandas que entren a la ‘paz total’ y que están actualmente detenidos. Incluso, se menciona en el proyecto que las condenas que tengan antes del sometimiento, lo mismo que los procesos que tengan en curso, entrarán a ser cobijados por esta medida.
Estos beneficios cobijan los delitos cometidos antes de la firma, y para los delitos continuados, “el primer día que se consumó la conducta debe ser anterior a la firma del acta, sin que sea necesario su agotamiento”.
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, señaló durante la presentación de la iniciativa que “el proyecto de ley no menciona, ni afecta, ni altera para nada las reglas vigentes a las que el Estado colombiano se ha comprometido sobre la extradición. Eso se seguirá rigiendo por las leyes y tratados aplicables”.
En el texto se relacionan los compromisos que adquieren, entre ellos, “manifestar la intención colectiva de contribuir al cumplimiento efectivo de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición (...) la entrega de armas; la entrega de secuestrados; entrega de menores reclutados; entrega de inventario de bienes y activos vinculados a la actividad ilegal de la estructura”.
La verificación de los compromisos estará a cargo del Ministerio de Justicia, la Fiscalía y el Oficina del Alto Comisionado para la Paz.
Los integrantes de las bandas podrán perder sus beneficios en caso de “retomar las armas, cometer nuevos delitos dolosos; no cumplir con las obligaciones de contribución establecidas en el artículo 11 de la presente ley; no cumplir, de manera reiterada e injustificada, con la participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración”.
El Gobierno incluyó un capítulo para castigar las trampas: si hay colados, tanto ellos como los representantes de esos grupos perderán los beneficios de la pena sustitutiva.
El senador Ariel Ávila dijo que no se crearán más jurisdicciones y que en cabeza de la Fiscalía y los jueces quedan los procesos y que los ‘candados’ para evitar los colados serán aplicados en principio por la Policía y el ente acusador. “No hay jueces nuevos, no hay procedimientos nuevos, lo único que hay es una sustitución de la pena a cambio de verdad, reparación, garantía de no repetición y desmantelamiento de estructuras criminales de alto impacto”, dijo el congresista.
‘No todo lo que es inmoral es delictivo’: ministro de Justicia, Néstor Osuna. Foto:Ministerio de Justicia
Así será el procedimiento
El proyecto abre la puerta para que los beneficiados conserven hasta el 6 por ciento de los bienes que entreguen. Hoy, en la ley se permite que puedan conservar hasta el cinco por ciento de los bienes sin exceder los 2.500 salarios mínimos. Y, además, se permite que logren otro cinco por ciento por cooperación judicial, el cual también tiene un tope.
En una primera etapa se designarán los representantes del Gobierno y de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto que participarán en las conversaciones. Esta ya se ha cumplido con varias de las organizaciones que aspiran a los beneficios.
Se podrá pedir información de alto nivel para caracterizar las redes y a sus integrantes.
En la etapa de procesamiento, el fiscal imputará a los criminales de manera colectiva ante los jueces, que podrán desplazarse sin que ello afecte su competencia, verificarán la legalidad de lo convenido “e impondrán el tratamiento penal correspondiente”.
La tercera etapa es sobre el cumplimiento de la pena y condiciones de contribución, en la que el Gobierno hará seguimiento y verificación de esos elementos y “los jueces de ejecución de penas declararán el cumplimiento de la pena sustitutiva y de todas las obligaciones y condiciones de contribución”.
El ministro de Justicia pidió que el Consejo de Política Criminal entregue “en un plazo razonable” el concepto sobre el proyecto, el cual en todo caso no es vinculante y el Gobierno puede o no acatarlo.
Luego del concepto de ese órgano consultivo, la iniciativa sería radicada en el Congreso. Entre los ponentes de la iniciativa estarán el senador Ávila y el representante a la Cámara Alirio Uribe, quienes son hombres de confianza del Gobierno en lo que tiene que ver con temas de conflicto. Ellos fueron los ponentes de la Ley 418, que aprobó el Congreso el año pasado, por lo que ya tienen experiencia guiando este tipo de debates.
Fuentes de la Fiscalía señalaron que el organismo en su momento, luego de un estudio profundo, entregará su concepto al Consejo de Política Criminal y que será en el escenario del Congreso en el que se referirán ampliamente a la conveniencia o no de ese articulado.
Las penas
El proyecto dice que a quienes incurrieron en los delitos de concierto para delinquir simple o agravado, utilización ilegal de uniformes e insignias, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores, y porte ilegal de armas de fuego o municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de defensa personal se les aplicará la renuncia a la persecución penal por un principio de oportunidad y quedarán sin deudas ante la justicia.
Para quienes no reciban ese beneficio, es decir, quienes tengan delitos más graves, se les impondrá la pena que correspondería en el Código Penal y esta se sustituirá a una de entre seis y ocho años de cárcel efectiva, de acuerdo con el grado de responsabilidad en el delito cometido. Además, habrá un periodo de cuatro años de componente restaurativo con mecanismos de vigilancia y monitoreo extramural, con participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración.
Tendrán el 6 por ciento de los bienes
La iniciativa propone que en cualquier etapa del proceso, y hasta antes de la imputación colectiva a los integrantes de los grupos armados de alto impacto, estos tendrán que identificar en un inventario los bienes muebles e inmuebles que tuviesen relación directa o indirecta con las actividades ilícitas. Y, en ese evento, el procesado se hará acreedor al beneficio de hasta el seis por ciento del valor de los bienes que efectivamente sean entregados, y que sean monetizables o tengan en sí mismos capacidad para la restauración de las víctimas.
El articulado deja claro que esos bienes que sean objeto del beneficio “no podrán ser objeto de comiso o acción de extinción de dominio con posterioridad a la sentencia en firme a menos que se demuestre que el beneficiario incumplió los compromisos contenidos en el acta de sujeción a la justicia”. Los otros bienes se destinarán a la reparación material de las víctimas.
Los compromisos
El plan señala que para acceder al tratamiento penal descrito es una obligación colectiva de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto manifestar la intención de contribuir al cumplimiento efectivo de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Además, deberán manifestar su intención de desmantelar su organización y sus redes de apoyo; suspender todo tipo de actividades ilícitas; entregar armas, a las personas que tengan secuestradas y a los menores de edad que hayan reclutado.
A eso se suma el inventario de bienes mencionado, así como de los activos vinculados a la actividad ilegal de la estructura. Un elemento clave es que tendrán que dar información precisa sobre redes de apoyo, colaboradores, determinadores y beneficiarios de los delitos cometidos. Además, se podrán llevar a cabo actividades de reparación simbólica.
¿Cabe la segunda marquetalia?
En un video de 2019 (foto) varios de los exjefes guerrilleros hoy muertos anunciaron su rearme. Foto:Archivo particular
Otro de los anuncios que dio ayer el ministro de Justicia, Néstor Osuna, estuvo relacionado con la polémica de si las disidencias de las Farc tendrán cupo en esta iniciativa del Gobierno. Indicó que el país sabe que hay unos diálogos de carácter político solo con el Ejército de Liberación Nacional (Eln), y en ese sentido, “ya veremos si la ‘Segunda Marquetalia’ cabe en los términos de esta ley, si podemos hacer algún esfuerzo adicional en ese propósito loable de poder vivir en paz total”.
Añadió que la oferta de sometimiento y desmantelamiento no les confiere estatus político a quienes se acojan a ella. La posibilidad de que disidencias como esta, liderada por ‘Iván Márquez’, y el ‘Estado Central Mayor’ cuenten con estatus ha sido rechazada por el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, quien dice que se opondrá ante tales pretensiones. Su postura frente a la ‘Segunda Marquetalia’ la sustenta en que estas personas ya tuvieron una posibilidad de negociar con la justicia, cuando se firmó el Acuerdo de Paz con las Farc en el 2016, y decidieron desertar de él.