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Tras polémica, Minsalud entrega a Corte nuevo concepto sobre el aborto
Pide mantener el aborto con causales, pero también habla de barreras y derechos de mujeres.
Manifestación a favor de despenalizar el aborto. Foto: EFE
Luego de la polémica que generó un concepto que había enviado a la Corte Constitucional el funcionario Joaquín Elías Cano Vallejo, en el que, afirmando ser el representante legal del Ministerio de Salud daba la posición de esa institución sobre el aborto, esa cartera volvió a entregar un nuevo concepto al alto tribunal.
El concepto de Cano suscitó críticas por no tener argumentos técnicos ni jurídicos, y por hacer apreciaciones como que la despenalización del aborto, solicitada por el movimiento Causa Justa, buscaba "sacrificar una vida, la del bebé, para corregir un error en el que incurrieron dos adultos al actuar de forma irresponsable", haciendo reproches moralistas sobre las decisiones y la vida de las mujeres. También, por comparar al aborto con un genocidio.
Esto llevó al Ministerio de Salud a informar este martes que las posiciones de Cano eran personales, no institucionales y, por lo tanto, desacreditó a su funcionario, le pidió a la Corte Constitucional que no tuviera en cuenta su concepto y le entregó un nuevo documento a la corporación judicial.
El nuevo concepto fue firmado por Andrea Elizabeth Hurtado Neira, directora técnica de la dirección jurídica del Ministerio de Salud. En él pide a la Corte tener en cuenta únicamente esa posición, y no la que había presentado Cano, al que incluso le revoca el poder que se le había dado para actuar en este proceso.
En primer lugar, el Ministerio de Salud afirma que no se debe aceptar la demanda de Causa Justa, pues considera que en su petición de eliminar el delito de aborto del Código Penal ya hay cosa juzgada. A su juicio, el fallo del 2006 -que despenalizó parcialmente el aborto en tres causales- ya cerró este debate y, por lo tanto, no se debe volver a hablar sobre el mismo asunto.
Así las cosas, en el nuevo concepto el Ministerio de Salud se muestra a favor de mantener las tres causales (riesgo para la vida o salud sexual de la madre, malformación del feto, y violación) pero no va más allá ni apoya una despenalización total, como busca la demanda presentada por el movimiento Causa Justa.
Según el Ministerio de Salud, la norma demandada -el artículo 122 del Código Penal, que castiga con penas de hasta cuatro años el aborto- no ha tenido cambios que justifiquen una nueva intervención de la Corte.
El Ministerio también afirma en su nuevo concepto que los pronunciamientos de organismos internacionales, en los que después del 2006 recomiendan a los Estados despenalizar el aborto, no son vinculantes para Colombia.
Las respuestas a 18 preguntas de la Corte
Al aceptar estudiar la demanda del movimiento Causa Justa, la Corte Constitucional le hizo varias preguntas a diferentes instituciones, entre ellas, al Ministerio de Salud. En total, a esta cartera le correspondía responder 18 interrogantes del alto tribunal.
En este nuevo concepto el Ministerio responde esas preguntas, pero primero empieza por afirmar que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) se debe garantizar en todo el país, "abordando no solo los aspectos médicos, sino también los psicosociales que se consideran relevantes para responder a las necesidades y preferencias de la mujer cuando tiene que decidir si continúa o no su embarazo".
Las barreras para el aborto
La primera pregunta que respondió el Ministerio está relacionada con cuáles son las barreras que hoy están sufriendo las mujeres para acceder a una IVE, a pesar de que esta práctica se permitió hace 14 años en tres casos. Al respecto, la cartera de la salud reconoce que aunque ha expedido normas y lineamientos para garantizar este procedimiento, "se ha identificado que persisten barreras para la atención en salud".
Esas barreras, dijo, se asocian a "la existencia de mitos, prejuicios o creencias equivocadas sobre el aborto, así como estereotipos de género, relacionados con el rol de la mujer frente a la maternidad". Esos prejuicios, afirma el Ministerio, llevan a los prestadores del servicio de salud a creer que es un procedimiento riesgoso, pese a estar entrenados y habilitados para realizarlo, o considerar que "se utiliza como método anticonceptivo".
"Esto hace que en algunos casos se interpongan creencias personales al momento de brindar información sobre el aborto legal o se ejerzan prácticas discriminatorias en contra de las mujeres que acuden al servicio", asegura el Ministerio.
Esto hace que en algunos casos se interpongan creencias personales al momento de brindar información sobre el aborto legal o se ejerzan prácticas discriminatorias
El Ministerio también aseguró que hay barreras por el desconocimiento de los estándares jurídicos para realizar la IVE, el incumplimiento de informar a las mujeres sobre este derecho, o por no realizar los abortos cinco días después de la petición.
También afirma que en otros casos, los médicos tienen "dificultades para identificar" la causal despenalizada, o "manifiestan temor" de llegar a actuar por fuera del marco de lo fijado por la Corte, y ser objeto de sanciones penales. Y asegura que hay dificultades por la "falta de entrenamiento durante su formación profesional" para poder realizar abortos.
Sobre qué tan frecuentes son las barreras, el Ministerio aseguró que en un estudio adelantado por esa institución, seencontró que en el 33 por ciento de las interrupciones voluntarias del embarazo "las mujeres manifestaron que se encontraron" alguna dificultad al solicitar el procedimiento. En la región Oriental, Pacífica, Orinoquía y Amazonía los porcentajes eran superiores al 50 por ciento.
El 75 por ciento de las mujeres encuestadas dijo que conocía la sentencia del 2006, pero el Ministerio encontró que muy pocas la conocen muy bien y algunas solo creen que procede el aborto por violación.
Además, se halló que hay más trabas en los servicios públicos que privados. El 75 por ciento de mujeres que pidieron un aborto por violación les pidieron documentos adicionales en el servicio público, mientras que en el sector privado esa cifra es del 33.3 por ciento.
En cuanto a las causales salud de la mujer y malformación del feto, en el servicio público les pidieron documentos al 66,7 por ciento y el 50 por ciento, respectivamente, mientras que en el servicio privado no se los exigieron.
Un punto muy importante es que el mismo Ministerio de Salud reconoce que "el marco normativo no responde de manera integral al fenómeno del aborto inseguro", ya que hay muchas situaciones en las que se busca esta alternativa por estar frente a un embarazo no planeado ni deseado, y porque va en contra del proyecto de vida, las diferentes visiones sobre la maternidad, o no tener buenas condiciones económicas
Incluso, según el estudio del Ministerio, cuando una mujer se enfrenta a un embarazo no deseado "acudirá en primer lugar a un aborto, independientemente de los riesgos que esto implique, y descartará otras opciones como lo es continuar el embarazo, ya que en ninguno de los casos estudiados apareció la opción de dar en adopción al hijo".
Esta afirmación va en la línea de lo que dice Causa Justa en su demanda, en el sentido en el que la penalización no impide que haya abortos sino que, por el contrario, obliga a las mujeres a realizarlos de forma insegura.
Objeción de conciencia
El uso indebido de la objeción de conciencia, dice el Ministerio, también es una barrera que afrontan las mujeres. Hasta ahora, aseguró, esa cartera no ha hecho ninguna reglamentación sobre la objeción pues afirma que esto debe ser competencia del Congreso.
Además afirmó que no tiene un registro de médicos objetores de conciencia, ya que quien manifieste ser objetor debe hacerlo de forma individual, argumentando sus razones y ante la IPS en la que trabaja.
La magnitud del aborto inseguro y sus efectos
Según el Ministerio de Salud, el aborto inseguro, es decir, el que se hace en la clandestinidad, tiene una amplia magnitud. Esta institución asegura que a nivel mundial, de los 210 millones de embarazos anuales, 80 millones no son planeados y de ellos, 46 millones (un 58 por ciento) terminan interrumpiéndose. De esos embarazos que se interrumpen, 19 millones se dan en países donde el aborto es ilegal, lo que lleva a las mujeres a recurrir a abortos inseguros "que ponen en riesgo su vida y su salud", asegura el Ministerio.
19 millones de interrupciones del embarazo se dan en países donde el aborto es ilegal, lo que lleva a las mujeres a recurrir a abortos inseguros
Afirma que según la OMS, cada año unas 67.000 mujeres mueren por abortos mal practicados, lo que equivale a un 13 por ciento de la mortalidad materna. En América Latina el 17 por ciento de muertes maternas se dan por esta causa.
Para el caso colombiano, el Ministerio asegura que el aborto inseguro "prevalece en todas las partes del país y continúa teniendo un impacto sustancia en la salud de las mujeres".
También afirma que, según la OMS, algunas de las condiciones que limitan el aborto seguro, y llevan a que sea inseguro, son la "legislación restrictiva", poca disponibilidad de servicios, costos elevados, estigmatización, objeción de conciencia de médicos, o requisitos innecesarios.
La cartera de la salud también afirma que el aborto inseguro o clandestino afecta los derechos reproductivos de las mujeres -que son derechos humanos-, el derecho a la vida, y a la salud.
Y aunque en su concepto señala que los pronunciamientos internacionales no son vinculantes, en todo caso asegura que el Comité DESC ha dicho que los Estados no pueden interferir en los derechos sexuales y reproductivos, por lo cual se deben abstener de expedir nuevas leyes que limiten o criminalicen estos derechos, así como "reformar las normas que limiten o criminalicen derechos sexuales y reproductivos", y remover normas que impliquen barreras al de estas garantías.
Reglamentación, en veremos
Ante las barreras sistemáticas que sufren las mujeres para la IVE, en el 2018 la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Salud expedir una reglamentación para garantizar que se superen esos obstáculos y las mujeres puedan tener garantizado este derecho fundamental.
En su nuevo concepto, el Ministerio de Salud le dijo a la Corte que el año pasado elaboró un proyecto de resolución. Luego, entre noviembre del año pasado y enero de este año realizó unas mesas de trabajo con 104 instituciones inscritas, entre organizaciones de la sociedad civil, asociaciones científicas, facultades de universidades, IPS y personas usuarias de servicios de salud.
Señaló que la Corte le dio más tiempo -una segunda prórroga- en marzo, otorgándole dos meses para expedir la regulación, que se vencieron en mayo. Sin embargo, el Ministerio asegura que por "la suspensión de términos judiciales ordenados por el Consejo Superior de la Judicatura", la regulación aún no ha sido proferida y "se encuentra en ejecución".
Llama la atención que al ser consultado sobre qué ha hecho para enfrentar el aborto inseguro, el Ministerio afirma que a través de acciones de política pública y vigilancia ha desarrollado herramientas para "garantizar el aborto legal de forma integral y segura", abordando no solo aspectos médicos, sino también "los biopsicosociales que se consideran relevantes para responder a las necesidades y a la decisión de la mujer sobre la continuidad de un embarazo", lo cual implicaría que la posición del Ministerio frene al aborto es más amplia que restrictiva.
De hecho, en el borrador que dio a conocer el año pasado sobre la regulación de la IVE, el Ministerio hablaba de interrupciones del embarazo por "estrés" y por "problemas económicos", que encajan dentro de una concepción más amplia de la salud.
No hay cifras concretas sobre interrupciones voluntarias del embarazo
Afuera de de la Corte Constitucional, en el Palacio de Justicia, hubo manifestaciones a favor de la legalización del aborto y en contra de esta práctica. Foto:Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO
El Ministerio de Salud asegura que dentro de los reportes de aborto no hay una variable que permita identificar las interrupciones voluntarias del embarazo que se han realizado, en el marco de lo permitido por la Corte. Es decir, no hay estadísticas sobre cuántos abortos se hacen por las tres causales avaladas, sino que los registros de abortos son generales, y en ellos puede haber casos de abortos por complicaciones del embarazo, espontáneos o incompletos, o por las causales.
Las cifras totales, en todo caso, muestran que entre el 2009 y el 2020 en el país se realizaron 436.020 atenciones de salud relacionadas con procedimientos de aborto, sin que sea posible identificar cuántos de ellos son inducidos, inseguros, o dentro de las causales.
El Ministerio tampoco identificó cuántas IPS tienen disponibilidad para prestar servicios de IVE, pues asegura que "todas" las que ofrecen servicios deben estar en la capacidad de hacerlo. Esa es la razón por la cual asegura que "no se clasifican, identifican o evalúa" a las IPS que realicen IVE según la disponibilidad geográfica. También señaló que para el 2019, el número de médicos especialistas en ginecología en el país era de 2.561 profesionales.