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Noticia

Así va en la Corte Constitucional la sesión clave para estudiar cálculo de UPC


El evento se celebra en medio de la compleja situación del sector salud en Colombia. 

Sesión en la Corte Constitucional.

Sesión en la Corte Constitucional. Foto: EL TIEMPO

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Constitucional, a través de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que versa sobre el sector salud en Colombia, dio inició en la mañana de este viernes 5 de abril a la sesión técnica en que busca que los responsables de la política nacional en salud expongan las ideas y propuestas para estudiar el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Los magistrados Vladimir Fernández Andrade, Antonio José Lizarazo Ocampo y José Fernando Reyes Cuartas, quien preside la Sala, dieron inicio a la sesión en la sede del alto tribunal en el Palacio de Justicia.
El evento, que fue convocado en enero pasado, se celebra en momentos en que el sector salud en Colombia atraviesa una compleja situación financiera.
Sesión en la Corte Constitucional.

Sesión en la Corte Constitucional. Foto:EL TIEMPO

Al inicio de la sesión, el presidente de la Corte, José Fernando Reyes señaló que el objetivo de la sesión es recaudar pruebas y aclarar dudas y solicitó no salirse del tema teniendo en cuenta la actual coyuntura del sector.
El ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, fue el primer en intervenir en la sesión, y expuso acompañado de unas diapositivas cómo se calcula la UPC, quien dijo que el sistema se construye a partir de de unos indicadores actuariales.
“Desde 2001 la UPC ha estado por encima de los rangos de inflación. En 2023 fue de casi el 7 por ciento, este incremento a sido importante tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado”, señaló Jaramillo.
Indicó que que los recortes entregados por las EPS del régimen contributivo “no superó los parámetros de calidad” y explicó que se considera que la información empleada para el calcular la UPC es representativa.
“Cuando las EPS que tienen cobertura igual o superior al 90 por ciento, representan el 60 por ciento o más, de la población afiliada al régimen y cuando el gasto de las EPS con cobertura igual o superior al 90 por ciento representan el 60 por ciento o más, del gasto total del régimen”, señaló.
Y añadió que cuando la población afiliada a las EPS con cobertura del gasto igual o superior al 90 por ciento, “son representativas de la población afiliada al régimen”.
“La Corte ha querido que se pueda balancear y llegar a la que UPC sea igual en el régimen contributivo y subsidiado, pero las frecuencias del régimen subsidiado son menores o no son reportadas por los actores responsables del SGSSS. Algunas EPS no pasan los filtros de calidad de la información y el 70 por ciento de los presupuestos máximos se destinan al régimen contributivo”, dijo Jaramillo.
Por su parte, el director de la Adres, expuso que, según un estudio de la Unal/Cres refieren unas “limitaciones de la información disponible para el cálculo de la UPC”.
“Es indispensable precisar que la información recopilada de la base de servicios, de recobros, de tutelas y CTC, así como las declaraciones de gastos de los representantes legales de las EPS y los estados financieros de las EPS proceden de las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado; es decir, las EPS se constituyen en la única fuente de información disponible en la práctica para realizar la regulación del sistema de aseguramiento en salud, lo que en términos analíticos no brinda la posibilidad de contrastación empírica”, indicó.
El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, el director general de la Adres, Félix León Martínez y el vicecontralor en funciones de contralor general, Carlos Mario Zuluaga.

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, el director general de la Adres, Félix León Martínez y el vicecontralor en funciones de contralor general, Carlos Mario Zuluaga. Foto:César Melgarejo

Diana Margarita Ojeda Visbal, procuradora Delegada para Asuntos de Trabajo y Seguridad Social, indicó que desde el año 2022 “ha venido recibiendo una serie de alertas sobre la insuficiencia de los recursos que generan una falta de sostenibilidad financiera al sistema”.
“Esto afectaría gravemente los derechos fundamentales de la salud de los colombianos, en ese sentido, y en atención a las alertas que recibimos desde el 2022 hemos venido haciéndole requerimientos al Ministerio (de Salud) que revisen y adopten las medidas encaminadas a realizar los valores de la UPC y de los presupuestos máximos en términos de suficiencia metodología y cálculo para lograr la estabilidad financiera del sector”, señaló Ojeda.
Indicó que a delegada del Ministerio Público que alertas están basadas principalmente “en que esa insuficiencia y la metodología que está aplicando el Ministerio no ha tenido en cuenta factores macroeconómicos, nuevas tecnologías en salud nuevos usos de los servicios de salud, cambios demográficos, aumento de enfermedades de alto costo y otros factores que están incidiendo gravemente en que se pueda garantizar unos recursos suficientes para poder prestar los servicios”.
En esta sesión no se tomaría una decisión respecto a recalcular la UPC que paga el Ministerio de Salud a las EPS por el aseguramiento en salud de cada colombiano y con el que se financian, en su mayoría, los servicios y tecnologías en salud cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud.
En las últimas valoraciones que ha hecho la Corte sobre este tema ha señalado que “el Gobierno no ha demostrado” que el valor de la UPC “sea suficiente para cubrir todos los servicios y tecnologías en salud PBS-UPC a la población afiliada al régimen subsidiado”, y tampoco que la información requerida para efectuar el cálculo de esta prima “se entregue de manera oportuna, completa y con la calidad requerida”. 
De acuerdo con la Sala, la insuficiencia de la UPC ha venido debilitándose con el paso del tiempo, y para el 2023 el déficit estaría cercano a los $2.7 billones, tomando un gasto de istración del 5 por ciento.
“Se aseguró que para 2022 y 2023, alrededor de 20 y 22 EPS, respectivamente, no contaron con los recursos suficientes para cubrir su operación y que esto derivó en que la suma de los gastos istrativos y de los costos en salud haya sido superior a los recursos recibidos por UPC más copagos y cuotas moderadoras”, expuso la Corte para convocar la sesión.
La Resolución 2364 de 2023, en virtud de la cual se estableció para el 2024 el valor de la UPC del régimen contributivo en $1.444.086 y del régimen subsidiado en $1.256.076, por lo que la Sala considera necesario que, mediante el desarrollo de un proceso dialógico, se converse con los actores del sector salud.
Redacción Justicia:
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