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Corte publicó su fallo de baldíos: los retrasos del acuerdo de paz que encontró
En agosto de 2022 anunció reglas para superar problema histórico y ahora publicó sentencia completa.
La Ley 4.ª de 1973 dice: "el baldío es lo que no está construido ni edificado, ni sobre ello hay cultivos ni ganaderías". Foto: Hernando Herrera. Archivo EL TIEMPO
A mediados de agosto de 2022, la Corte Constitucional dijo que hay un incumplimiento histórico en el deber de promover el a la tierra en el país y, en una decisión histórica, dictó órdenes estructurales para solucionar las fallas que hay alrededor de los bienes baldíos.
Siete meses y unos días después, el alto tribunal hizo pública finalmente la sentencia completa, de 302 páginas, que contiene todos los argumentos de la decisión que, entre otros, ordenó crear una base de datos de baldíos y elaborar un plan actualizado para su recuperación, al estudiar casos de bienes que eran presuntamente baldíos y se entregaron a particulares en procesos judiciales de pertenencia, cosa que no se podía hacer.
La sentencia la puede descargar en el siguiente enlace:
Descarga el documento
Los retrasos de la paz
Entre otros, la Corte exhortó al Congreso y al Gobierno para que impulse el cumplimiento del punto 1.1 del acuerdo de paz alcanzado en La Habana sobre el y el uso de la tierra y la Reforma Rural Integral. Ahora, en la decisión completa, el alto tribunal expuso los retrasos que se encontraron en esta materia.
Por ejemplo, el fallo dice que hubo una falta de correspondencia de las metas del Plan Marco de Implementación del acuerdo (PMI) con el Plan de Desarrollo, en ese entonces el del Gobierno de Iván Duque, especialmente en cuatro temas que fueron centrales para la decisión que tomó la Corte: el Fondo de Tierras, la formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad, la formación y actualización del catastro y la jurisdicción agraria.
La Corte explicó que en el Plan de Desarrollo de Duque solo quedaron incluidos los temas de formalización y de catastro, por lo que en los otros aspectos, aunque se tomaron medidas, no quedaron incorporados propósitos y objetivos específicos para cumplir las metas de de tierra.
Cabe recordar que el Plan de Desarrollo de Gustavo Petro queestá en el Congreso sí incluye estos elementos y que también allí está en marcha un proyecto que crea la Jurisdicción Agraria y una Corte Agraria, lo cual ha generado un amplio debate al respecto.
La sentencia dice que, por ejemplo, en el Plan de Desarrollo de Duque se fijó una meta de tener el 60 por ciento del catastro actualizado para el 2022, cuando la meta del PMI implicaba el 100 por ciento para 2023.
“La meta de formalización de la tierra en los dos indicadores fijados se estableció en 48.510 títulos formalizados sobre predios privados y sobre predios que otorgan a tierra, pero no permite discriminar la información por hectáreas tal como se presentó la meta en el PMI y que es necesaria para medir el avance en el cumplimiento de la meta de formalizar siete millones de hectáreas para el 2026”, dice la sentencia.
También se hallaron rezagos en el cumplimiento de las metas trazadas para el Fondo de tierras: “Aunque se ha destacado el cumplimiento de un 63.8 % de la meta por parte de la Defensoría del Pueblo, con un total de 1.912.839 hectáreas, lo cierto es que el 85 % de la tierra que ingresó al Fondo está concentrada en 6 departamentos, por tanto, hay una baja distribución geográfica”.
“Existe una falta de claridad sobre la disponibilidad de las tierras que ingresaron al Fondo, generada por la deficiente identificación de los predios por parte del Estado. Frente a este punto, resulta alarmante que solamente se tenga certeza que el 2 % de las tierras ingresadas se encuentran disponibles para ser entregadas pues la gran mayoría -presuntamente- están siendo indebidamente ocupadas”, agregó la Corte al señalar que esa situación impide materializar los propósitos del Fondo pues su finalidad primordial es entregar tierra a campesinos sin tierra o con tierra insuficiente.
La Corte dijo que hay una “baja distribución en los territorios PDET, pues 2 de las 16 subregiones concentran el 60 % de la tierra del Fondo que está en tales zonas"
La sentencia recoge las cifras que le entregaron a la Corte múltiples entidades, como el hecho de que entre el 2017 y junio de 2022 se habían entregado 485.348 hectáreas, lo cual no fue suficiente porque, “para poder dar cumplimiento a la meta prevista para el año 2028, se debería haber entregado para esta anualidad, aproximadamente 1.500.000 hectáreas”.
“Lo anterior también lo advirtieron el Instituto Kroc y la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación Cinep-Cerac indicaron que solo el 25.37 % de las tierras han sido distribuidas”, señala la decisión que también apunta a que hay dificultades para hacer el monitoreo de lo acordado porque hay nformación incompleta y duplicidad de datos.
Además, la Corte dijo que hay una “baja distribución en los territorios PDET, pues 2 de las 16 subregiones concentran el 60 % de la tierra del Fondo que está en tales zonas y 14 subregiones tienen participaciones por debajo del 5 %. Incluso, 7 subregiones cuentan con menos de un 1 % del área disponible”.
La sentencia destaca que “existe una baja entrega de tierras a campesinos sin tierra, como quiera que, a marzo de 2021, solo el 0,43 % de las tierras se relacionan con procesos de adjudicación a familias sin tierra o con tierra insuficiente. Y, a noviembre de 2021, solo el 2 % de las tierras adjudicadas se habían realizado a los mencionados sujetos”.
Antonio José Lizarazo, presidente de la Corte Constitucional, explicó que se va a priorizar el acatamiento de tutelas, por lo que se tomarán medidas urgentes. Foto:Cortesía Corte Constitucional
Con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la sentencia también dice que hay un rezago en el cumplimiento de las metas de formalización de la tierra porque en el PMI quedó fijado que estas estarían completa para 2026, por lo que para lograrlo, debe acreditarse, a finales de 2022, el cumplimiento aproximado del 60 % “y sólo se ha acreditado un avance del 37 % a marzo de 2022, correspondiente a 2.612.984 hectáreas”.
“A diferencia de lo concluido por la autoridad agraria, no todas las 2.612.984 hectáreas pueden considerarse formalizadas en el marco del cumplimiento de los compromisos del (acuerdo)”, agregó la Corte que también encontró un incumplimiento de las metas de formalización de la pequeña y mediana propiedad a los campesinos, pues la mayoría del porcentaje de tierras formalizadas a campesinos (50.56 %), se orientaron a la adjudicación de baldíos ocupados.
De 1.321.135 hectáreas que benefician al campesinado, solo el 1.91 % corresponde a la fuente de ‘procesos de formalización de la pequeña.
“En efecto, de 1.321.135 hectáreas que benefician al campesinado, solo el 1.91 % corresponde a la fuente de ‘procesos de formalización de la pequeña y mediana propiedad rural’”, dice el fallo que apunta a que hay subregiones que no tienen una sola hectárea formalizada o que el 70 % de las hectáreas formalizadas en territorios PDET está en Ovejas (Sucre), municipio en el que se concluyó un Plan de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural
“Existe un riesgo alto de que se formalicen tierras insuficientes sin ofrecer la extensión requerida por los campesinos, pues se está formalizando una alta cantidad de microfundios y no se destaca una oferta institucional que corresponda con el compromiso de entregar tierra suficiente”, señaló la Corte.
Archivos de la Agencia Nacional de Tierras Foto:Procuraduría
Es necesario un mayor compromiso en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el (acuerdo de paz) por el impacto que tiene en el derecho de progresivo a la tierra de los campesinos
La sentencia dice que hay un rezago en el cumplimiento de las metas de formación y actualización catastral en el que el Plan de Desarrollo de Duque fijó una meta del 60 por ciento, pero a 2021 solo se cumplió un 25,56 %, equivalentes a 14 de los 57 municipios y, para el 2022, se inició la intervención de 9 municipios más, “pero no hay porcentajes de cumplimiento pues solo se pueden considerar actualizados hasta que se culmine el proceso con el registro en el Sistema Nacional Catastral”.
“Estas cifras, aunque muestran por sí solas lo lejos que se está de cumplir las metas tanto del PND como del PMI, también alertan sobre otras situaciones: que el avance financiero de ejecución del 100 % de los créditos obtenidos no fue posible desglosarlo luego no se puede saber en qué actividades se invirtieron los recursos”, indicó la Corte.
La sentencia dice entonces que “es necesario un mayor compromiso en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el (acuerdo de paz) por el impacto que tiene, a su vez, en el derecho de progresivo a la tierra de los campesinos".
"Si bien se han hecho ajustes institucionales y se expidió, entre otras normas, el Decreto Ley 902 de 2017 con el objeto de establecer medidas para facilitar la implementación de la reforma rural integral en materia de y formalización de tierras, las herramientas allí propuestas resultarán insuficientes ante la magnitud de la problemática existente, particularmente, por la ausencia de la jurisdicción agraria encargada de tramitar la fase judicial del Procedimiento Único que allí se regula”, dice la sentencia.
Así, ante el incumplimiento de tales compromisos, la Corte optó por exhortar al Congreso de la República y al Gobierno Nacional “a que adopten, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con lo dispuesto en el Acto Legislativo 02 de 2017, las medidas necesarias para impulsar en la mayor medida posible el cumplimiento del punto 1.1. sobre y uso de la tierra, el cual forma parte del Acuerdo sobre Reforma Rural Integral”.