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Caso ‘Epa Colombia’: vandalizar no es ningún derecho y se paga con cárcel

La sentencia, que sin duda es dura, afecta el ámbito personal de una persona que, como su propio video lo dejó bien claro desde el principio, cometió un delito.

Daneidy Barrera, más conocida como Epa Colombia, en la audiencia en la Corte.

Daneidy Barrera, más conocida como Epa Colombia, en la audiencia en la Corte. Foto: Mauricio Moreno

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Mucho se ha hablado y muchas lágrimas de cocodrilo se han derramado en relación con el caso de Daneidy Barrera, ‘Epa Colombia’, la influencer que pensó que vandalizar una estación de TransMilenio no solo era una buena idea, sino que había que grabarse y viralizar el momento, seguramente con intenciones de provecho económico personal en sus redes sociales.
Se ha dicho que fue una pena desproporcionada –la Corte Suprema ratificó la condena de 5 años y tres meses impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá en segunda instancia–, se argumenta que ‘Epa’ supuestamente estuvo mal asesorada por su abogado en la primera parte del proceso, que no debería ir a una cárcel sino a prisión domiciliaria, y hasta que la Corte habría vulnerado su derecho al trabajo al prohibirle utilizar sus redes personales para crear y difundir contenido.
Ella misma, entre lágrimas, se ha mostrado como una víctima de un sistema que golpea a los sectores populares, si bien los negocios de la ‘reina de las keratinas’ son, hace ya años, millonarios.
Corte Suprema de Justicia

Corte Suprema de Justicia Foto:César Melgarejo

La sentencia, que sin duda es dura, afecta el ámbito personal de una persona que, como su propio video lo dejó bien claro desde el principio, cometió un delito. Pero en el fondo de la sentencia hay un claro mensaje (la función disuasiva de la pena: servir de ejemplo) para los sectores de la sociedad que en los últimos tres lustros han tratado, desde el discurso político y la práctica en las calles, de normalizar el uso de la violencia como parte inherente de la protesta social. Y no. ‘Salir a romper’ no es ningún derecho. 
Por el contrario, amenaza el derecho a la protesta pacífica que tenemos todos los ciudadanos y que debe ser protegido de todas las violencias: tanto la de los vándalos profesionales como la del uso desproporcionado de la fuerza de la Policía, que también ha sido frecuente en nuestra historia.
Acusada por copiar keratinas de Magic Hair.

Acusada por copiar keratinas de Magic Hair. Foto:Instagram: @Epa_colombia

En tiempos en los que desde el poder se romantiza la violencia de las ‘primeras líneas’, el mensaje de la Corte Suprema es contundente: “El uso de armas, la destrucción de bienes públicos o privados, la violencia desplegada contra personas ajenas a las protestas, la invitación a imitar comportamientos irregulares y cualquier otra actuación que desconozca esos linderos afectan la legitimidad de la movilización; y pueden dar lugar a la intervención de la Fuerza Pública y a la judicialización de quienes desarrollen conductas punibles, precisamente, como ocurrió en el presente asunto”. 
También dejó claro la Corte que el uso de las redes sociales y otros medios para difundir mensajes de odio o potenciales generadores de violencia tiene consecuencias penales, mucho más si se tienen millones de seguidores. Un mensaje dirigido a Daneidys Barrera que ojalá cale en un mundo, el digital, en el que muchos siguen creyendo que no tienen límites.
JHON TORRES
Editor de EL TIEMPO
En X: @JhonTorresET

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