La Corte Constitucional le dio seis meses de plazo al Consejo Superior de la Judicatura para que le presente al Gobierno Nacional un plan de descongestión de la justicia penal.
Así lo determinó la Corte al encontrar la existencia de problemas estructurales en la istración de la justicia penal en todo el país.
Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, la Corte le dio tres meses a la Judicatura para que haga un censo en todas las salas penales del país para conocer las cifras de los procesos represados, especialmente los que llevan más de un año sin resolución de la segunda instancia.
Luego, el Consejo Superior de la Judicatura deberá crear un sistema de alertas de la jurisdicción penal para identificar los despachos judiciales congestionados, los procesos con términos judiciales vencidos y los que estén próximos a vencer.
El fallo dispone que, una vez presentado el plan de descongestión, el gobierno haga lo necesario para ponerlo en marcha, incluyendo entregar los recursos suficientes para ello.
En el proceso, el Consejo Superior de la Judicatura presentó un informe que indicaba que, a diciembre de 2019 el represamiento de la jurisdicción penal era de 571.869 asuntos.
Además, dijo la Judicatura, de las veinte salas penales de tribunal superior que allegaron la relación de los procesos judiciales que llevan más de un año sin que haya sido resuelta la segunda instancia, se tuvo un reporte de 2.031 procesos.
La decisión se tomó al estudiar una tutela que presentó una persona que fue condenada en primera instancia a 12 años de prisión y lleva seis años esperando el resultado del recurso de apelación que presentó.
El caso está, hace seis años, en la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio. No obstante, esa corporación advirtió que ha pedido en los últimos cinco años a la Judicatura, a la Procuraduría y al Ministerio de Justicia 24 solicitudes de descongestión judicial que no han sido atendidas.
La Corte Constitucional dijo que eso demuestra el interés de la Sala Penal del Tribunal por superar la situación de congestión judicial. Pero que también evidencia la negligencia de los entes competentes para resolver el problema estructural.
Para la Corte, el derecho a un debido proceso sin dilaciones injustificadas no pierde efectividad ni siquiera cuando la dilación sea consecuencia de los defectos estructurales de la organización y funcionamiento de las autoridades judiciales.
Por eso, la Corte reprochó las acciones de todas las autoridades encargadas de la planeación y asignación presupuestal porque no están exoneradas de garantizar la efectividad del derecho al a la istración de justicia.
En el caso concreto, la Corte le ordenó a la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio que determine una fecha concreta y dentro de un término razonable para resolver el recurso de apelación presentado por el ciudadano.
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