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Noticia

Consejo de Estado ordena al presidente Petro ofrecer excusas a participantes de la marcha de la oposición de 2024

El alto tribunal tomó la decisión desde su Sección Quinta, con ponencia de Pedro Pablo Vanegas Gil.

Gustavo Petro, presidente de Colombia, durante un consejo de ministros.

Gustavo Petro, presidente de la República. Foto: Presidencia

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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El Consejo de Estado le ordenó al presidente Gustavo Petro que en máximo cinco días, les ofrezca unas excusas a quienes participaron de la llamada 'marcha de la oposición' el 24 de noviembre del año pasado, pues según el alto tribunal con su comportamiento les vulneró el derecho a la protesta.
Con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, de la Sección Quinta, se le dio la razón a Josías Fiesco Agudelo, uno de los manifestantes que decidió entutelar al jefe de Gobierno porque se refirió a ellos como "victimarios", compartiéndolo en su cuenta de X.
"Mañana marcharán, convocan los victimarios, los que quieran que esta injusticia siga padeciéndose en el país, los que quieren que no haya una reivindicación para las víctimas, los que quieren que las hijas de los campesinos terminen en los burdeles de la gran cuidad o que el hijo del campesino termine levantando un fusil para matar a su hermano de sangre o a su hermano de tierra", dijo Petro desde Chimichagua, Cesar, un día antes del evento en las calles.
Decenas de personas llegan hasta la Plaza de Bolívar de Bogotá para manifestarse en contra de las políticas del gobierno de Gustavo Petro.

Marchae contra el presidente Petro en Bogotá. Foto:César Melgarejo/ El Tiempo @cesarmelgarejoa

Para el alto tribunal, lo primero que tocaba dejar claro es que las afirmaciones que hizo Petro hacen parte de la libertad de expresión de toda persona, y que esa expresión frente a los manifestantes no vulneraba la honra o el buen nombre de Fiesco Agudelo.
Sin embargo, en lo que tiene que ver con el derecho a la protesta, para el Consejo de Estado el presidente Petro tuvo un discurso que excedió los límites de opinión que tiene un funcionario público, y más por el cargo que se desempeña desde 2022.
Gustavo Petro, presidente de Colombia

Gustavo Petro, presidente de Colombia Foto:Presidencia

"Debido a su calidad de servidor público y de máximo dignatario, sus declaraciones deben ser analizadas con mayor rigor. Esto supone que sus opiniones deben contar con una justificación fáctica mínima, para evitar cualquier forma de estigmatización o discriminación, que pueda afectar los derechos fundamentales de las personas", dio a conocer el alto tribunal.
En síntesis, para la magistratura "calificar a quienes ejercen su derecho a la protesta legítima de la forma en que lo hizo el Presidente de la República, constituye una injerencia que vulnera su derecho fundamental". Por esta razón, le ordenó a que en máximo cinco días una vez le notifiquen el fallo de tutela, ofrezca unas excusas públicas a lo manifestantes a través de las redes sociales de la Presidencia de la República, del Dapre y en su cuenta personal.
La decisión del primer mandatario podrá impugnarse hasta tres días después de que sea notificado por el Consejo.
Carlos López - Justicia - @CarlosL49 - [email protected]

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