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Los otros casos en los que el Consejo de Estado tumbó cargos claves

Es la primera vez que anula elección de un Contralor pero antes ha tumbado otras elecciones.

Carlos Hernan Rodriguez.

Carlos Hernan Rodriguez. Foto: Diego Cucayo. EL TIEMPO

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Este jueves, la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado de anular la elección del contralor general, Carlos Hernán Rodríguez, sorprendió al país, pero esta no es la primera vez que esta alta corte anula elecciones claves. 
Por ejemplo, el 29 de febrero de 2012 esta corte declaró ilegal la elección de Viviane Morales como fiscal general de la Nación. El motivo por el que se cayó la elección fue que el irregular cambio de reglamento que hizo en 2010 la Corte Suprema de Justicia, bajando de 16 a 14 los votos requeridos para elegir fiscal; ese cambio lo había hecho la Corte para destrabar el proceso de elección que completaba 16 meses.
4.	En ejercicio de su cargo como Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez declaró abiertamente estar en contra del aborto. En un foro en el 2010 aseguró que, el aborto, aunque la ley no lo considera formalmente como un delito de lesa humanidad, materialmente sí lo es.

Respecto al reciente debate que se está llevando a cabo en el país declaró por medio de un tweet que: “Nada se defiende si no se tiene el valor de defender lo más valioso: la vida de las nuevas generaciones. Ninguna lucha parece justa si no se lucha contra el mayor acto de cobardía: acabar con la existencia de un bebé indefenso en el mismo vientre de su madre.”

4. En ejercicio de su cargo como Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez declaró abiertamente estar en contra del aborto. En un foro en el 2010 aseguró que, el aborto, aunque la ley no lo considera formalmente como un delito de lesa humanidad, materialmente sí lo es. Respecto al reciente debate que se está llevando a cabo en el país declaró por medio de un tweet que: “Nada se defiende si no se tiene el valor de defender lo más valioso: la vida de las nuevas generaciones. Ninguna lucha parece justa si no se lucha contra el mayor acto de cobardía: acabar con la existencia de un bebé indefenso en el mismo vientre de su madre.” Foto:Carlos Ortega. EL TIEMPO

Así mismo, el 7 de septiembre de 2016 el Consejo de Estado anuló la reelección del procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado. El motivo para tumbarlo fue que el artículo 126 de la Constitución consagra la nulidad del “acto de elección, nombramiento o postulación de un funcionario que hubiere designado a sus electores, postulantes o familiares cercanos, en cargo que le corresponde proveer”; y en el caso de Ordóñez, en el 2012 su aspiración fue apoyada por magistrados de la Corte Suprema que, a su vez, tenían familiares en altos cargos de la Procuraduría General.
Otro de los ejemplos de nulidades claves del Consejo de Estado ocurrió el 25 de junio de 2014, cuando tumbó la elección de magistrados elegidos a través de la polémica práctica de la ‘puerta giratoria’ entre las altas cortes.
Por ese fallo salieron de sus altos cargos en el Consejo Superior de la Judicatura el poderoso expresidente de la Corte Suprema Francisco Javier Ricaurte (hoy condenado por el escándalo del ‘carrusel de la toga’) y su colega Pedro Munar. Esto porque, como magistrados de la Corte, votaron en la elección de al menos 14 de esa corporación, quienes, a su vez, los llevaron a la Judicatura, por lo cual Munar y Ricaurte habrían incurrido en la práctica del ‘yo te elijo, tú me eliges’.
Así mismo, el 23 de abril de este año, el Consejo anuló el nombramiento de Natasha Avendaño García como experta comisionada ante la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) por no cumplir los requisitos para el cargo.

Tumbó al senador Barreras

Roy Barreras dice que se dedicará a su salud y que su carrera política no ha terminado.

Roy Barreras dice que se dedicará a su salud y que su carrera política no ha terminado. Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO

Otro antecedente es el del 5 de mayo de este año, cuando el Consejo de Estado anuló la elección de Roy Barreras como senador de la República por incurrir en doble militancia. Barreras ya se fue del Congreso.
El fallo indicó que Barreras incumplió con el deber constitucional de renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha límite para inscribirse en las elecciones para el periodo 2022-2026, pues se presentó como parte del movimiento ADA y en el periodo anterior fue elegido por el Partido de ‘la U’.
Barreras interpuso un recurso para que se aclarara el fallo pero la Sección Quinta del alto tribunal le respondió que las dudas presentadas por su abogado sobre la doble militancia cuando la persona ha sido expulsada de un partido no tienen vocación de revocar el fallo.
En Twitter: @JusticiaET

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