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Corte fija plazo al Gobierno para que ajuste ‘plan de acción’ para La Guajira
Medida se en el marco de sentencia que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional en esa zona.
La Corte ya había tumbado 11 decretos relacionados con la emergencia en La Guajira. Foto: Justicia
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional en La Guajira, aprobó de manera parcial en reciente decisión el Plan de Acción Integrado y Unificado (El Plan), remitido por el Gobierno Nacional para atender a la población wayuu de ese departamento.
La Sala valoró los distintos documentos que integran la nueva versión del Plan que hizo llegar el Ejecutivo y halló que en su gran mayoría, “cumple con los parámetros técnicos exigidos” en el Auto 696 de 2022.
Audiencia firmantes de paz Corte Constitucional Foto:Corte Constitucional
Sin embargo, advirtió que, si bien el plan intenta mostrarse como un documento integrado y articulado, “el desarrollo en cada uno de los derechos no da luces de haberse realizado con el mismo rigor”.
“Para lograr la aprobación del Plan, las distintas acciones que lo integran deben cumplir tanto con los objetivos y parámetros técnicos, como con las condiciones de accesibilidad, disponibilidad, calidad y adaptabilidad”, se lee en la decisión.
Como resultado de la valoración, la Sala identificó los porcentajes de cumplimiento en cada derecho protegido: “sobre el derecho a la información se valoran 4 acciones, solo 1 requiere de ajustes, lo que implica un cumplimiento del 75 por ciento; sobre el derecho a la seguridad alimentaria se valoran 18 acciones, solo 4 requieren de ajustes, lo que implica un cumplimiento del 77,78 por ciento".
Respecto al derecho al agua se valoraron 12 acciones, y la Corte indicó que solo 4 requieren de ajustes, lo que implica un cumplimiento del 66,66 por ciento; "sobre el derecho a la salud se valoran 8 acciones, solo 2 requieren de ajustes, lo que implica un cumplimiento del 75 por ciento y, frente al derecho a la movilidad, las 2 acciones propuestas se ajustan a las órdenes impartidas, motivo por el cual, se valora con un 100 por ciento de cumplimiento”, detalló la Sala.
La medida fue ordenada por la Corte Constitucional. Foto:Cortesía Corte Constitucional
Así las cosas, la Sala declaró el cumplimiento medio de lo ordenado en los Autos 696 de 2022 y 1290 de 2023 y, en consecuencia, “aprobar parcialmente el Plan remitido”.
Como segunda orden, la Corte determinó que dentro de un mes, las entidades deberán realizar y remitir los ajustes señalados.
“Ordenar a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Departamento istrativo para la Prosperidad Social, al Departamento istrativo Nacional de Estadística DANE, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, al Departamento de La Guajira y a los municipios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia, como entidades obligadas, ajustar el Plan de acción integrado y unificado a los criterios señalados en la parte motiva de esta providencia. Los ajustes deberán enviarse a esta corporación en un mes”, se lee en la decisión.
Además, la Corte exhortó a la Defensoría del Pueblo y la Contraloría para que, en el marco de sus competencias, "continúen el ejercicio de su labor de velar por los derechos humanos de este pueblo indígena, así como, con la función de vigilar la ejecución de los proyectos presentados en el Plan, respectivamente. De igual manera, seguir remitiendo los informes de forma trimestral".