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Corte rechaza pedido de aclaración de la Dian sobre deducibilidad de las regalías

En el alto tribunal hacen trámites otros recursos del Minhacienda y del Minminas y Energía. 

La medida fue ordenada por la Corte Constitucional.

La medida fue ordenada por la Corte Constitucional. Foto: Cortesía Corte Constitucional

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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Un día antes de que la Corte Constitucional informara la posibilidad de analizar un incidente de impacto fiscal, pedido por el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, frente a la sentencia del año pasado que prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta, el alto tribunal ya había rechazado un pedido de aclaración que había interpuesto la Dian.
El fallo con ponencia de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger fue proferido el 19 de enero y el rechazó se dio "por incumplimiento del requisito de falta de carga argumentativa, las solicitudes de aclaración y adición de la Sentencia C-489 de 2023, presentadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian)”.
Lo anterior, hasta ahora, deja en firme la posición del alto tribunal con relación a la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.
“En palabras de la entidad, la parte resolutiva de la sentencia ofrece dudas sobre la forma como debe darse cumplimiento a la decisión adoptada, generando un vacío respecto al recaudo de regalías por el período comprendido entre enero y diciembre de 2023, lo que genera un impacto fiscal grave frente a la declaratoria de inexequibilidad del parágrafo del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022”, se lee en la decisión.
Se espera que en febrero próximo se resuelva la tutela.

Se espera que en febrero próximo se resuelva la tutela. Foto:Cortesía Corte Constitucional

Parte resolutiva de la decisión de la Corte Constitucional.

Parte resolutiva de la decisión de la Corte Constitucional. Foto:Tomada de documento.

A juicio de la Dian, la Sentencia “debe ser aclarada” y “adicionada”, “frente a la incidencia que esta tiene en la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al año 2023 ya que desde enero 1 de 2023 hasta el 16 de noviembre de 2023 la deducción de las regalías estuvo restringida y este fue un asunto que no trató la Corte en su decisión y tiene trascendencia vital en las finanzas del Estado colombiano”, destacó la Dian en su solicitud.
Recordemos que la Corte indicó que el aumento del recaudo para financiar el gasto público social “debe sujetarse a los mandatos constitucionales” e insistió en que el hecho de que una disposición tributaria aumente sustancialmente el recaudo “no es suficiente para tenerla por válida si, al mismo tiempo, desconoce un límite constitucional tan claro como la prohibición de confiscatoriedad de los tributos”.
“La corporación enfatizó en que, cuando una norma prevé una fuente de recaudo tributario que desconoce la Constitución Política, el aumento del ingreso en el presupuesto de rentas es, en consecuencia, inválido. No puede entonces aducirse que por efecto de la declaratoria de inexequibilidad de la norma tributaria se pierden ingresos para el presupuesto general de la Nación, pues no se puede perder lo que se apropia en contravía del orden constitucional”, señaló la Corte en su fallo del año pasado.
En el alto tribunal hace trámites uno recursos del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Minas y Energía contra la sentencia los cuales podrían ser resultados a mediados de febrero.
Es de anotar que el Gobierno del presidente Gustavo Petro pretendía conseguir más de 10 billones de pesos con esa disposición sobre regalías que incluyó en la reforma tributaria, pero que terminó tumbando el alto tribunal el año pasado.
Redacción Justicia:
En X: @JusticiaET

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