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Agua, salud, limpieza: así medirá la Corte los avances de la crisis carcelaria

Ha declarado varias veces la existencia de una violación masiva de derechos en estos centros.

A nivel nacional, el hacinamiento es de 50,1 %, pero hay cárceles en las que llega al 200 %.

A nivel nacional, el hacinamiento es de 50,1 %, pero hay cárceles en las que llega al 200 %. Foto: Archivo EL TIEMPO

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Desde 1998, y luego en 2013 y 2015, la Corte Constitucional determinó que hay un Estado de Cosas Inconstitucional en materia carcelaria en el país, es decir, una masiva violación de los derechos de las personas privadas de la libertad por fallas estructurales y, en 2022, lo extendió a la situación que se vive en estaciones de policía y las URI.
En la Corte hay una Sala de Seguimiento que se encarga de verificar que las órdenes que se dictaron en esas sentencias se cumplan, que definió indicadores para medir el avance en materia de resocialización salud, alimentación, infraestructura, servicios públicos y a la istración de justicia.
Así lo hizo el pasado 31 de enero, tras pedirle al Gobierno del presidente Gustavo Petro que incluya las claves para solucionar esta crisis en la ley del Plan de Desarrollo que se presentará al Congreso.
En ese sentido, aprobó 47 y ordenó revisar otros 47 más propuestos por el Comité Interdisciplinario para la Estructuración de las Normas Técnicas sobre Privación de la Libertad que se creó tras la sentencia de 2015 y en el que tienen silla el Ministerio de Justicia y la Defensoría, con participación de diversas entidades.
Así, por ejemplo, en materia de resocialización, un indicador es medir el porcentaje de personas condenadas que están inscritos en los programas para tal fin y, otros, medir cuántos condenados han finalizado programas de estudio, trabajo y enseñanza en cada cárcel; o cuantas cárceles tienen cupos suficientes para atender las peticiones de reclusos para entrar a programas de estudio, entre otros.
En ese sentido, se aprobó medir sobre la respuesta de las prisiones a las peticiones de los presos para participar en programas de cultura o deportes, así como establecer cuántas prisiones permiten visitas virtuales. En cuanto a la salud, un indicador será medir el porcentaje de reclusos con aseguramiento en salud y cuántas personas han recibido atención por psiquiatría, máximo en 60 días después que un médico lo haya ordenado.
También se incluyó como indicador el porcentaje de remisiones de presos para ser atendidos en salud fuera de la cárcel; el porcentaje de personas que fueron atendidos por un odontólogo y por un pediatra y quienes reciben esquemas de planificación, quienes fueron atendidos de manera oportuna.
Santa Marta

Santa Marta Foto:Archivo EL TIEMPO

Se fijó como indicador el porcentaje de personas que tienen “ropa de cama individual en buenas condiciones” y otros relacionados con el tamaño de las literas, de las celdas y de su ventilación
Sobre la infraestructura, un indicador que tendrá en cuenta la Corte Constitucional es el “porcentaje población privada de la libertad que cuentan con una cama individual o litera cuyo tamaño mínimo sea de 2m por 0,8 m, equivalente a 1,6 m2 de superficie/persona al interior de la celda que le fue asignada”. Y cuántas celdas tienen una distancia mínima entre paredes de 2, 15 metros.
En este asunto también se fijó como indicador el porcentaje de personas que tienen “ropa de cama individual disponible en buenas condiciones”, así como cuantos camastros tienen un espaciado horizontal mínimo de 1.5 metros por 1.2 metros; el porcentaje de duchas que son desinfectadas al menos una vez a la semana y las que son aseadas a diario, el porcentaje de celdas con ventilación óptima y de los servicios sanitarios (lavamanos y sanitario) que están en buen estado, entre otros.
En materia de servicios públicos domiciliarios también se tendrá como indicar las cuentas de servicios públicos que estén al día en el pago, el porcentaje de personas que tienen un mínimo de 10 litros de agua en situación de emergencia y el porcentaje de personas “a las que se les suministra alimentos en óptimas condiciones de conservación”.

Se deben crear indicadores con enfoque de género

Visita del CICR a cárcel de mujeres.

Visita del CICR a cárcel de mujeres. Foto:CICR

De otro lado, la Corte Constitucional examinó una batería de indicadores que se propuso para la atención de reclusos con enfoque diferencial que no fueron aprobados por no abordar las necesidades de las mujeres; de los reclusos extranjeros; de las personas con orientaciones sexuales diversas; y afrodescendientes e indígenas.
En el caso de las mujeres, que se estiman son el 6.9 por ciento de las personas privadas de la libertad, la Sala dijo que los indicadores deben incorporar “un enfoque de género que esté ligado a las necesidades específicas de las mujeres en todos los ámbitos de la vida en reclusión” en temas como los depósitos especiales para los desechos higiénicos, composición del cuerpo de custodia y personal de atención femenino, procesos de requisas no invasivos y, altura de las divisiones de las duchas para personas menstruantes, entre otros.
Acá se deberá incluir medidas ordenadas en un fallo de 2018 que habló de crear recintos destinados al alojamiento con las instalaciones y artículos necesarios para satisfacer sus necesidades de higiene, así como condiciones apropiadas para las detenidas que se encuentren en estado de embarazadas, o acompañadas por sus hijos, que aseguren su subsistencia en condiciones dignas.
En cuanto a los extranjeros detenidos, que a 30 de junio de 2022 eran 1.996 personas, la Sala dijo que el Comité Interdisciplinario debe “crear normas técnicas que permitan visibilizar y proteger los derechos de esta población, con un énfasis particular en el a representantes consulares del país de origen”.
Sobre las personas de orientación sexual e identidad de género diversa que, a 30 de junio de 2022, se estiman en 1723 personas, la Corte dijo que a la hora de fijar los indicadores, el Comité Interdisciplinario deberá garantizarle a “las minorías con diversidad identidad u opción sexual que puedan ejercer a cabalidad los citados derechos fundamentales, en cuanto a las manifestaciones propias de su identidad sexual; y no sean objeto de sanciones o vejaciones”.
En ese sentido, la Sala de Seguimiento, que ahora está liderada por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ordenó al Comité que ajuste los indicadores que fueron desestimados y que, en dos meses, “presenten el conjunto de normas técnicas con sus respectivos indicadores de medición, a propósito del enfoque diferencial”, labor que se deberá hacer con el ministerio de Salud.
Igualmente, el Ministerio de Justicia tendrá un mes para establecer un espacio en la página www.politicacriminal.gov.co para que el Comité Interdisciplinario pueda agregar, en link de al público, la batería de indicadores con sus respectivas fichas técnicas, entre otros.

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