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El caso por el que la Corte Constitucional le pidió al Congreso regular la maternidad subrogada
La tutela de un hombre que demandaba la nacionalidad para su hija no prosperó. ¿Qué pasó?
Uno de los signos más comunes de que podría estar embarazada es la falta del período. Foto: iStock

PERIODISTA JUDICIALActualizado:
La Corte Constitucional estudió la tutela que interpuso un hombre en representación de su hija a la cual el Ministerio de Relaciones Exteriores –Consulado de Colombia en Orlando, Florida-, se negó en expedirle el pasaporte Colombiano.
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De acuerdo con la sentencia del alto tribunal, la niña nació el en el año 2020 en Bogotá, y fue registrada en una notaría de la capital del país. En el registro civil de nacimiento constaba que sus padres biológicos eran un hombre nacido en Cuba y de nacionalidad estadounidense y una mujer de nacionalidad colombiana.
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Pero el 5 de febrero de 2021 se itió la demanda de impugnación de la maternidad presentada por el accionante contra la mujer, con el propósito de que se declarara que la demandada no era la madre de la niña, puesto que su nacimiento se derivó de un proceso de gestación subrogada y, por consiguiente, que se le excluyera del registro civil de nacimiento de su hija.
Un juzgado accedió a las pretensiones y expidió el registro civil de nacimiento con la modificación del nombre de la niña. Es por ello que el hombre solicitó la expedición de un pasaporte con el nuevo nombre de su hija.
Corte Constitucional Foto:Cortesía
Así las cosas, el accionante interpuso la tutela en enero de 2023 y pidió, entre otras, que se le ordene al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir el pasaporte colombiano de su hija y que se requiera al Ministerio de Relaciones Exteriores para que en un futuro “no interponga obstáculos istrativos o impedimentos a la expedición de pasaportes de los niños nacidos por medio de procesos de gestación subrogada”.
Ante la demanda, el Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro de sus argumentos, expuso que la nacionalidad colombiana de la niña “no debía analizarse bajo la óptica de un derecho adquirido y que el fallo que resolvió la impugnación de la maternidad tiene efectos retroactivos frente al estado civil de la niña”.
Pasaporte colombiano. Foto:Cancillería
Fue así como el juzgado 24 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá D.C., en sentencia del 20 de enero de 2023, negó el amparo de los derechos fundamentales invocados por el accionante. “El Juzgado determinó que la niña no cumple con las condiciones para ser colombiana por nacimiento porque ni la madre ni el padre son nacionales colombianos, pues de acuerdo con el registro civil de la niña, no existe información sobre la madre y el padre es extranjero”.
Por otro lado, concluyó que contrario a lo afirmado por el accionante, “la nacionalidad de la niña no puede interpretarse como un derecho adquirido, pues la impugnación de la maternidad tiene efectos retroactivos sobre su estado civil y, dado que quien le había hecho extensivo el derecho a la nacionalidad colombiana dejó de ser considerada como su madre, este derecho desapareció”.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPO
Por lo anterior, se confirmó la sentencia del 20 de enero de 2023 que negó el amparo solicitado por el accionante.
Ante ese vacío en la legislación colombiana, la Corte reiteró la importancia y necesidad de regular la gestación subrogada en Colombia. Por lo cual, reiteró el exhorto al Gobierno nacional “para que presente nuevamente un proyecto de ley que regule la gestación subrogada”.
Tal iniciativa deberá tener en cuenta el deber “de definir la forma en que regulará la gestación subrogada, ya sea para prohibirla, permitirse libremente o limitarla a circunstancias específicas; el interés superior del niño y la garantía prevalente de los derechos de la niñez y ( el enfoque de género y la protección de los derechos de las mujeres”.
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