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Las claves del fallo que advierte de violencia obstétrica y de barreras para acceder a la IVE

Organizaciones de mujeres señalaron que persisten varias dificultades para acceder al procedimiento.

Afuera de de la Corte Constitucional, en el Palacio de Justicia, hubo manifestaciones a favor de la legalización del aborto y en contra de esta práctica.

Manifestación afuera de de la Corte Constitucional, en época en la que se estudiaban demandas para despenalizar el aborto.  Foto: Héctor Fabio Zamora / Archivo EL TIEMPO

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Pese a que desde 2022 la Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación sin importar el motivo -y más allá de esa etapa bajo tres causales-, para las mujeres siguen existiendo dificultades, como lo manifestó la misma corte al estudiar un caso en el cual determinó que hubo violencia obstétrica contra una paciente que quería abortar.

El caso estudiado en sede de tutela tiene que ver con una mujer que pidió una IVE dentro del plazo, pero que como determinó la Corte, “fue sometida a tratos contrarios a su dignidad humana durante el procedimiento”, ya que se le prestó un servicio que la sometió a sufrimientos psicológicos y físicos.

Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes.

Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPO

Ella narró que su EPS dilató injustificadamente su solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, con lo cual puso en riesgo su salud física y emocional, y dijo que además llamaron a su padre para consultarle si autorizaba la práctica. Finalmente, pudo acceder al procedimiento, pero en la clínica a donde la remitió su EPS -que no quedaba en su ciudad de residencia-, recibió un trato que la Corte terminó por calificar como “cruel, degradante, indolente, amenazante y victimizador”.

De hecho, la mujer contó en la clínica que no tuvo acompañamiento médico luego de que le istraron un medicamento abortivo, no le mitigaron el dolor que sentía por el procedimiento, la dejaron sola y el aborto terminó ocurriendo en un baño sin supervisión médica, con un fuerte sangrado y recibiendo ella el feto en sus manos, el cual luego no le ayudaron a retirar de su cuerpo, pusieron a su vista en una caneca de basura, y después le hicieron un legrado pese a que eso va en contravía de directrices del Ministerio de Salud.

(Puede ver: El papel con el que Cancillería pide anular fallo sobre Verónica Alcocer como embajadora)
Protesta en favor de la despenalización del aborto afuera de la Corte Constitucional.

Protesta en favor de la despenalización del aborto afuera de la Corte Constitucional. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO

En ese contexto, si bien cuando este caso llegó al alto tribunal la paciente había accedido al procedimiento, la Corte seleccionó la tutela para revisión y terminó por hacer un llamado para que haya garantías para las mujeres que piden acceder a un aborto.

En el marco del estudio del caso al alto tribunal llegaron varias intervenciones como la del Instituto O'Neill para el Derecho y la Salud Nacional y Global de la Universidad de Georgetown, de Estados Unidos, que señala que a la mujer se le desconocieron los principios de accesibilidad, aceptabilidad y calidad del derecho a la salud y que lo que vivió fue violencia obstétrica por los malos tratos que sufrió, la negativa inicial a autorizar el procedimiento, los comentarios despectivos, humillaciones y violencia que padeció con el fin de castigarla por la decisión de interrumpir su embarazo.
Corte Constitucional

Corte Constitucional Foto:Cortesía

En ese mismo sentido se pronunciaron el Grupo Médico por Derecho a Decidir así como el Grupo de Investigación Nacer, Salud Sexual y Reproductiva de la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia, que señalaron que en este caso hubo hechos de violencia obstétrica y “prácticas violentas reprochables y sancionables” que no deben repetirse.

Tras analizar todo el expediente, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, recordó que la violencia obstétrica es una forma de violencia contra la mujer que se materializa a través de maltratos y abusos durante la práctica de un procedimiento o servicio de tipo obstétrico, y dijo que esta también puede ocurrir en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo. 
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez en audiencia sobre demandas a la ley de 'paz total'.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ponente de la decisión. Foto:Captura de pantalla

En ese contexto, el alto tribunal anotó que la violencia obstétrica en una IVE es una “vulneración de los derechos fundamentales sexuales y reproductivos, a una vida libre de violencia, a la dignidad humana, a la salud, a la igualdad y a la no discriminación y a la integridad personal de las mujeres, niñas o personas gestantes”.

Además, resaltó que todas las formas de violencia contra la mujer están prohibidas y que sin perjuicio del propósito de una interrupción voluntaria del embarazo, “ese procedimiento debe respetar el principio y derecho a la dignidad humana, así como el derecho de las mujeres a no ser discriminadas y a que se respete su elección, en desarrollo de sus derechos sexuales y reproductivos”.

El fallo agrega que no es posible que la mujer que elije un aborto “esté obligada a padecer violencia obstétrica y a resignarse a ver vulnerados de derechos fundamentales a la dignidad humana, la salud, el derecho a vivir sin violencia y la no discriminación”.

(Puede leer: Olmedo López llegó a la Fiscalía a declarar en caso de carrotanques en la Ungrd)
El médico forense Aníbal Navarro, del Centro de Especialistas Forenses Aníbal Navarro, dijo a EL TIEMPO que la violencia obstétrica en contextos de IVE no solo representa una barrera para las mujeres que buscan el procedimiento, sino que “puede generar daños psicológicos, físicos y, en el peor de los casos, la muerte”. Añadió que en el sistema de salud hay protocolos que deben cumplirse cuando una paciente pide este procedimiento.

Así mismo, indicó que la violencia obstétrica puede verse como una falla en la prestación del servicio, lo cual en últimas es atribuible al Estado como garante de esa atención en salud.

Finalmente, comentó que para prevenir este tipo de situaciones es importante que haya más capacitación de todas las personas que intervienen en el sistema de salud frente a sus responsabilidades, así como más vigilancia tanto por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, como de las Secretarías de Salud municipales “que son los entes que vigilan directamente, y sería bueno que no vigilaran solo las afectaciones o muertes, sino también la satisfacción con la atención como otro indicador sobre cómo se está prestando el servicio”.
La decisión fue emitida por la Sala Especial de Primera Instancia del alto tribunal.

Mazo de juez. Foto:Cortesía

Barreras para la IVE afectan a mujeres indígenas

Aunado a un llamado vehemente para que las mujeres puedan acceder a servicios de IVE sin demoras y sin tratos crueles, desde el movimiento Causa Justa, que lideró la demanda que llevó a la ampliación del aborto en 2022, señaló que las mujeres indígenas siguen enfrentando grandes desafíos para acceder a este servicio médico.

En un conversatorio realizado el lunes, Zulay Guajo, indígena de las etnias Puinave y Curripaco en Guanía, dijo que hoy en día las dos principales barreras que tienen las mujeres indígenas para acceder al derecho al aborto son la cultura que las estigmatiza solo por considerar esta decisión y la falta de información.
Derecho al aborto,

Derecho al aborto, Foto:Causa Justa

“El respeto y la garantía por los derechos de las mujeres y las niñas indígenas, especialmente de su autonomía reproductiva, no se contradice con los derechos colectivos de las comunidades indígenas, sino que hace también parte de su reconocimiento y protección”, señaló el movimiento Causa Justa mediante un comunicado de prensa.
Necesitamos que la Corte deje clara su posición en esos temas para disuadir la mala información, es importante que la Corte reconozca que las mujeres indígenas son sujetas de derecho pleno y tienen autonomía: Laura Castro
En convesación con este medio, Laura Castro, coordinara de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, organización pionera del movimiento Causa Justa, señaló que en general aún hay pendientes para el cumplimiento de la sentencia de 2022 sobre la IVE, como que el Gobierno expida la política integral de salud sexual y reproductiva, que siguen afectando en últimas los derechos de las mujeres. 

Otro pendiente es un ajuste en la forma en la que se registra la información sobre abortos, pues en la actualidad los datos que son reportados al Ministerio de Salud por las clínicas y hospitales son de IVE bajo causales pese a que ahora también son posibles los procedimientos sin restricción de causales hasta antes de la semana 24 de gestación.

Castro añadió sobre las barreras que enfrentan mujeres indígenas que además de temas culturales, también hay faltas por la particularidad del sistema de salud indígena, "en el que a veces se mezclan servicios, creencias y costumbres de las comunidades que muchas veces menoscaban los derechos individuales de las mujeres". 
Laura Castro González, coordinadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.

Laura Castro González, coordinadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres. Foto:Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres

En ese sentido, dijo que hacen un llamado para que en pronunciamientos que debe hacer la Corte Constitucional sobre dos tutelas de una mujer y una niña indígena que enfrentaron a barreras de a la IVE, tenga en cuenta que ni los prestadores de salud ni las autoridades indígenas tienen la facultad de ponderar las razones de las mujeres y niñas indígenas para acceder a una IVE.

En esas tutelas en su momento la misma Corte profirió decisiones que decían que no existe un derecho fundamental a la IVE, ni la obligación de prestación del servicio, así como que había una tensión entre derechos colectivos e individuales. Los fallos fueron anulados pero ahora el alto tribunal debe proferir sentencias de remplazo.

"Necesitamos que la Corte deje clara su posición en esos temas para disuadir la mala información, es importante que la Corte reconozca que las mujeres indígenas son sujetas de derecho pleno y tienen autonomía para decidir sobre su salud reproductiva", concluyó la coordinadora de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
María Isabel Ortiz Fonnegra
Redacción Justicia
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