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Las claves del fallo que advierte de violencia obstétrica y de barreras para acceder a la IVE
Organizaciones de mujeres señalaron que persisten varias dificultades para acceder al procedimiento.
Manifestación afuera de de la Corte Constitucional, en época en la que se estudiaban demandas para despenalizar el aborto. Foto: Héctor Fabio Zamora / Archivo EL TIEMPO

PERIODISTAActualizado:
Pese a que desde 2022 la Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 24 de gestación sin importar el motivo -y más allá de esa etapa bajo tres causales-, para las mujeres siguen existiendo dificultades, como lo manifestó la misma corte al estudiar un caso en el cual determinó que hubo violencia obstétrica contra una paciente que quería abortar.
El caso estudiado en sede de tutela tiene que ver con una mujer que pidió una IVE dentro del plazo, pero que como determinó la Corte, “fue sometida a tratos contrarios a su dignidad humana durante el procedimiento”, ya que se le prestó un servicio que la sometió a sufrimientos psicológicos y físicos.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPO
De hecho, la mujer contó en la clínica que no tuvo acompañamiento médico luego de que le istraron un medicamento abortivo, no le mitigaron el dolor que sentía por el procedimiento, la dejaron sola y el aborto terminó ocurriendo en un baño sin supervisión médica, con un fuerte sangrado y recibiendo ella el feto en sus manos, el cual luego no le ayudaron a retirar de su cuerpo, pusieron a su vista en una caneca de basura, y después le hicieron un legrado pese a que eso va en contravía de directrices del Ministerio de Salud.
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Protesta en favor de la despenalización del aborto afuera de la Corte Constitucional. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO
En el marco del estudio del caso al alto tribunal llegaron varias intervenciones como la del Instituto O'Neill para el Derecho y la Salud Nacional y Global de la Universidad de Georgetown, de Estados Unidos, que señala que a la mujer se le desconocieron los principios de accesibilidad, aceptabilidad y calidad del derecho a la salud y que lo que vivió fue violencia obstétrica por los malos tratos que sufrió, la negativa inicial a autorizar el procedimiento, los comentarios despectivos, humillaciones y violencia que padeció con el fin de castigarla por la decisión de interrumpir su embarazo.
Corte Constitucional Foto:Cortesía
Tras analizar todo el expediente, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, recordó que la violencia obstétrica es una forma de violencia contra la mujer que se materializa a través de maltratos y abusos durante la práctica de un procedimiento o servicio de tipo obstétrico, y dijo que esta también puede ocurrir en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo.
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez, ponente de la decisión. Foto:Captura de pantalla
Además, resaltó que todas las formas de violencia contra la mujer están prohibidas y que sin perjuicio del propósito de una interrupción voluntaria del embarazo, “ese procedimiento debe respetar el principio y derecho a la dignidad humana, así como el derecho de las mujeres a no ser discriminadas y a que se respete su elección, en desarrollo de sus derechos sexuales y reproductivos”.
El fallo agrega que no es posible que la mujer que elije un aborto “esté obligada a padecer violencia obstétrica y a resignarse a ver vulnerados de derechos fundamentales a la dignidad humana, la salud, el derecho a vivir sin violencia y la no discriminación”.
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Así mismo, indicó que la violencia obstétrica puede verse como una falla en la prestación del servicio, lo cual en últimas es atribuible al Estado como garante de esa atención en salud.
Finalmente, comentó que para prevenir este tipo de situaciones es importante que haya más capacitación de todas las personas que intervienen en el sistema de salud frente a sus responsabilidades, así como más vigilancia tanto por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, como de las Secretarías de Salud municipales “que son los entes que vigilan directamente, y sería bueno que no vigilaran solo las afectaciones o muertes, sino también la satisfacción con la atención como otro indicador sobre cómo se está prestando el servicio”.
Mazo de juez. Foto:Cortesía
Barreras para la IVE afectan a mujeres indígenas
En un conversatorio realizado el lunes, Zulay Guajo, indígena de las etnias Puinave y Curripaco en Guanía, dijo que hoy en día las dos principales barreras que tienen las mujeres indígenas para acceder al derecho al aborto son la cultura que las estigmatiza solo por considerar esta decisión y la falta de información.
Derecho al aborto, Foto:Causa Justa
Necesitamos que la Corte deje clara su posición en esos temas para disuadir la mala información, es importante que la Corte reconozca que las mujeres indígenas son sujetas de derecho pleno y tienen autonomía: Laura Castro
Otro pendiente es un ajuste en la forma en la que se registra la información sobre abortos, pues en la actualidad los datos que son reportados al Ministerio de Salud por las clínicas y hospitales son de IVE bajo causales pese a que ahora también son posibles los procedimientos sin restricción de causales hasta antes de la semana 24 de gestación.
Castro añadió sobre las barreras que enfrentan mujeres indígenas que además de temas culturales, también hay faltas por la particularidad del sistema de salud indígena, "en el que a veces se mezclan servicios, creencias y costumbres de las comunidades que muchas veces menoscaban los derechos individuales de las mujeres".
Laura Castro González, coordinadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres. Foto:Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres
En esas tutelas en su momento la misma Corte profirió decisiones que decían que no existe un derecho fundamental a la IVE, ni la obligación de prestación del servicio, así como que había una tensión entre derechos colectivos e individuales. Los fallos fueron anulados pero ahora el alto tribunal debe proferir sentencias de remplazo.
"Necesitamos que la Corte deje clara su posición en esos temas para disuadir la mala información, es importante que la Corte reconozca que las mujeres indígenas son sujetas de derecho pleno y tienen autonomía para decidir sobre su salud reproductiva", concluyó la coordinadora de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
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