En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Exclusivo suscriptores

Emergencia económica y social: ¿qué requisitos se exigen para su declaratoria?

El decreto que emita el Presidente deberá pasar a examen en la Corte Constitucional.

Presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional

Presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional Foto: Presidencia

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
El Presidente de la República, Gustavo Petro, anunció que se decretará un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que es uno de los estados de excepción que contempla la Constitución. 
Según explicó el Presidente, la emergencia estaría centrada en La Guajira, por cuenta del fenómeno del niño y la crisis de desnutrición de menores de edad y de al agua que hace años vive la región. 
"La agudización con la crisis climática que eleva la temperatura en promedio 1,5 y trae un evento que puede hacer perdurar en el tiempo el fenómeno, eso genera una emergencia obvia que es el agua, la sed", dijo.
El decreto que eventualmente se expida tendrá que pasar a examen de la Corte Constitucional. ¿Cuáles son los parámetros?
José Gregorio Hernández fue magistrado de la Corte Constitucional entre 1991 y el 2001 y presidente del tribunal en 1995

José Gregorio Hernández fue magistrado de la Corte Constitucional entre 1991 y el 2001 y presidente del tribunal en 1995 Foto:Rodrigo Sepúlveda / Archivo EL TIEMPO

El expresidente de la Corte José Gregorio Hernández dijo que este tipo de declaratorias exige la firma de todos los ministros y que la misma puede darse tanto a nivel nacional como en parte del territorio.
"Es excepcional y la emergencia debe ser motivada, por hechos sobrevinientes y urgentes. Y, al declararla, puede expedir decretos legislativos, con fuerza de ley, que guarden relación directa, exclusiva y específica con las causas de la perturbación", indicó.
Además, explicó Hernández, esta se somete a control político del Congreso y al control jurídico oficioso de la Corte Constitucional.
La última declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica la hizo como Presidente Iván Duque a raíz de la pandemia de Covid-19, en un decreto que fue revisado y avalado por la Corte Constitucional.
Esa sentencia indicó que para realizar el control material de una declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, en ese caso, por grave calamidad pública, se debe verificar que, en efecto, se trata de una "situación catastrófica que se deriva de causas naturales o técnicas, y que produce una alteración grave e intempestiva de las condiciones sociales, económicas y ecológicas de una región o de todo el país".
El Presidente Iván Duque, durante la inauguración del Metrocable El Picacho en Medellín.

El Presidente Iván Duque, durante la inauguración del Metrocable El Picacho en Medellín. Foto:Jaiver Nieto Álvarez / ETCE

También dijo la Corte que un estado de emergencia "debe responder a hechos sobrevinientes y extraordinarios distintos de los previstos en los artículos 212 y 213, que perturben o amenacen el orden económico, social y ecológico o que constituyan grave calamidad pública".
Y que se debe verificar en cada caso que los hechos que se aleguen por el Gobierno en efecto hayan existido y que se generaron en el mundo de los fenómenos reales, "cuya acreditación puede resultar compleja".
Es decir, que se trate de eventos que no podrían controlarse o tratarse mediante facultades ordinarias.
@JusticiaET

Lea más noticias de Justicia

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales