En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Exclusivo suscriptores
Emergencia económica y social: ¿qué requisitos se exigen para su declaratoria?
El decreto que emita el Presidente deberá pasar a examen en la Corte Constitucional.
Presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional Foto: Presidencia
El Presidente de la República, Gustavo Petro, anunció que se decretará un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que es uno de los estados de excepción que contempla la Constitución.
Según explicó el Presidente, la emergencia estaría centrada en La Guajira, por cuenta del fenómeno del niño y la crisis de desnutrición de menores de edady de al agua que hace años vive la región.
"La agudización con la crisis climática que eleva la temperatura en promedio 1,5 y trae un evento que puede hacer perdurar en el tiempo el fenómeno, eso genera una emergencia obvia que es el agua, la sed", dijo.
El decreto que eventualmente se expida tendrá que pasar a examen de la Corte Constitucional. ¿Cuáles son los parámetros?
José Gregorio Hernández fue magistrado de la Corte Constitucional entre 1991 y el 2001 y presidente del tribunal en 1995 Foto:Rodrigo Sepúlveda / Archivo EL TIEMPO
El expresidente de la Corte José Gregorio Hernández dijo que este tipo de declaratorias exige la firma de todos los ministros y que la misma puede darse tanto a nivel nacional como en parte del territorio.
"Es excepcional y la emergencia debe ser motivada, por hechos sobrevinientes y urgentes. Y, al declararla, puede expedir decretos legislativos, con fuerza de ley, que guarden relación directa, exclusiva y específica con las causas de la perturbación", indicó.
Además, explicó Hernández, esta se somete a control político del Congreso y al control jurídico oficioso de la Corte Constitucional.
La última declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica la hizo como Presidente Iván Duque a raíz de la pandemia de Covid-19, en un decreto que fue revisado y avalado por la Corte Constitucional.
Esa sentencia indicó que para realizar el control material de una declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, en ese caso, por grave calamidad pública, se debe verificar que, en efecto, se trata de una "situación catastrófica que se deriva de causas naturales o técnicas, y que produce una alteración grave e intempestiva de las condiciones sociales, económicas y ecológicas de una región o de todo el país".
El Presidente Iván Duque, durante la inauguración del Metrocable El Picacho en Medellín. Foto:Jaiver Nieto Álvarez / ETCE
También dijo la Corte que un estado de emergencia "debe responder a hechos sobrevinientes y extraordinarios distintos de los previstos en los artículos 212 y 213, que perturben o amenacen el orden económico, social y ecológico o que constituyan grave calamidad pública".
Y que se debe verificar en cada caso que los hechos que se aleguen por el Gobierno en efecto hayan existido y que se generaron en el mundo de los fenómenos reales, "cuya acreditación puede resultar compleja".
Es decir, que se trate de eventos que no podrían controlarse o tratarse mediante facultades ordinarias.