En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Expediente Hyundai: absuelven a magistrada que acusó a funcionaria de robo

Aunque esto no pasó, la Corte dijo que no había pruebas suficientes para condenarla por calumnia.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente. Foto: Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió a la exmagistrada de la Seccional del Consejo Superior de la Judicatura de Bogotá Paulina Canosa quien había sido procesada por el delito de calumnia.
Canosa fue a juicio porque supuestamente señaló falsamente a Paola Alejandra Pineda Ramírez, escribiente de su despacho, de haber “traficado”, “hurtado” y “vendido” el expediente disciplinario relacionado con el caso Hyundai, por el que fue condenado el empresario Carlos Mattos.
Según la acusación de la Fiscalía, Canosa habría reprochado a la funcionaria judicial el 22 de abril de 2010 pese a que diez días antes el caso ya había sido entregado al despacho de la magistrada ponente en ese caso.
Al revisar las pruebas, la Corte Suprema dijo que no había elementos suficientes para dictar una condena en su contra por la existencia de una duda razonable derivada de analizar las expresiones que supuestamente Canosa dijo y si tenía la intención de imputarle falsamente a Pineda la presunta comisión de un delito.
Pineda fue declarada insubsistente, según le dijeron, porque habría dejado una puerta abierta y el expediente se habría perdido. Según su declaración, Canosa la grabó mientras le decía que la iba a denunciar y le repetía que ‘cuánto le habían pagado por ello’.
Luego, la funcionaria judicial comprobó que días antes la actuación había sido entregada al despacho de la magistrada ponente y se comprobó que allá estaban los cuadernos que señalaban de ‘perdidos’.
El alto tribunal dijo que si bien está acreditado el hecho, las pruebas cambian sobre el contenido de lo que le dijo Canosa a Pineda y, en todo caso, las manifestaciones de ella fueron en pregunta, manifestando una preocupación por el material: “¿dónde están los cuadernos? ¿Qué pasó con los cuadernos? Usted me tiene que responder que los cuadernos porque yo se los entregué y si no aparecen se tendrá que colocar una denuncia”.
Le asiste el razón al defensor cuando alega que con las pruebas recopiladas en el juicio oral no se logra determinar que la enjuiciada haya endilgado específicamente un comportamiento delictivo a su escribiente”, señala la decisión.
El fallo dijo que la escribiente optó por tomar una de las sillas para subir los 45 cuadernos anexos del expediente, tomó el libro radicador y los tres cuadernos principales, pero dejando constancia únicamente de la entrega de los cuadernos que ella subió, “actitud que en últimas generó el incidente, lo cual impide arribar a la conclusión de la Fiscalía”.
“El eventual actuar déspota o autoritario de la magistrada respecto de sus colaboradores no tienen alguna incidencia para dibujar una conducta delictiva de cara a la afectación del bien jurídico privado del honor y buen nombre de la querellante, por demás, no puede pasarse por alto que la presencia del derecho penal es el último peldaño de control social y de protección de bienes jurídicos”, dice el fallo.
@JusticiaET

Lea más noticias de Justicia

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.