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Las razones por las que la Corte tumbó el decreto de emergencia de La Guajira

El alto tribunal hizo una excepción al diferir por un año temas relacionados con agua y saneamiento.

Visita del presidente Gustavo Petro a La Guajira, a finales de junio pasado.

Visita del presidente Gustavo Petro a La Guajira, a finales de junio pasado. Foto: Presidencia

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La crisis humanitaria que desde hace años enfrenta La Guajira no ameritaba la declaración de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica para atender la situación, y podía atenderse con otras medidas, pues no se trataba de hechos sobrevinientes.
Ese fue uno de los argumentos centrales que sostuvo la Corte Constitucional para declarar ayer inexequible el Decreto 1085 expedido el 3 de julio de 2023, con el cual el Gobierno buscaba atender la falta de a servicios básicos vitales en ese departamento.
Gustavo Petro en la Corte Constitucional

Gustavo Petro en la Corte Constitucional Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPO

La norma, que desde el comienzo había recibido cuestionamientos y demandas, fue firmada por el presidente Gustavo Petro y su gabinete en pleno; y en ella se fijaban una serie de medidas, a modo de hoja de ruta, “necesarias para conjurar la crisis e impedir la propagación de sus efectos”.
Además, este decreto, según el Gobierno, buscaba garantizar la seguridad y soberanía alimentaria en ese departamento, mediante la financiación, comercialización, transporte, almacenamiento, venta o distribución de productos agropecuarios y con la titulación de tierras.
No obstante, para el alto tribunal, esta es una crisis humanitaria estructural que existe en ese departamento desde hace años y, de hecho, fue constatada en la Sentencia T-302 de 2017, que declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucionales en (ECI) La Guajira, es decir, de un estado de masiva vulneración de los derechos humanos.
Petro firmó decretó para emergencia económica y social en La Guajira.

Petro firmó decretó para emergencia económica y social en La Guajira. Foto:Presidencia - Eliana Mejía

En ese sentido, la Corte consideró que ya existían medios ordinarios para atender la grave situación, por lo que para la mayoría de los magistrados no se acreditaba el presupuesto o requisito de suficiencia y necesidad para que hubiera un decreto de emergencia.
En su decisión —que aún no se conoce completa— el alto tribunal también exhortó al Gobierno y al Congreso para que adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria que existe en La Guajira para que “se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país”.

Decisión dividida

La Sala plena estudió durante varias semanas una ponencia que presentó la magistrada Natalia Ángel Cabo, la cual pedía avalar el decreto, con condicionamientos, pero esta fue derrotada. Así las cosas, se entró a estudiar una ponencia conjunta de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes, que se aprobó con una votación de 6 contra 3. Los magistrados Juan Carlos Cortés, Ángel y Cristina Pardo salvaron su voto; mientras que los magistrados Jorge Enrique Ibáñez y Paola Meneses aclararon su voto, al tiempo que Alejandro Linares reservó su derecho a aclarar su voto más adelante.
El asunto generó tanto interés de los magistrados que fue citada una sesión pública en la que se escuchó a las partes interesadas en la que el propio presidente Petro defendió la iniciativa.
El fallo, sin embargo, dejó a salvo un punto relacionado con “la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”. Esta parte del articulado tendrá un año para ser subsanado por el Gobierno y el Congreso.
El Gobierno hace presencia en La Gajira

El Gobierno hace presencia en La Gajira Foto:Presidencia

La decisión de inexequibilidad aplica directamente sobre el Decreto 1085 de 2023, y ahora la Corte pasa a estudiar otros 11 decretos relacionados con la emergencia que, si no tienen conexión con el tema de agua y saneamiento básico, se caerían. “Se revisarán uno a uno justamente por los efectos diferidos de la decisión. Y mirando la conexión necesaria en cada caso”, dijo una fuente de la Corte a EL TIEMPO.
La decisión supone que el Decreto 1250, que tiene por objeto “definir las condiciones y medidas para garantizar el al agua”, no se caería sino que se mantendría vigente hasta el 2 de julio de 2024.
Lo anterior debido a que la Corte concedió efectos diferidos a su fallo “por el término de un año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”.
En ese sentido, la decisión, de momento, dejaría en firme la creación del Instituto de la Gestión del Agua de La Guajira, el cual se estableció en el Decreto 1250. Hace cuatro días, el Gobierno firmó el decreto que establece las funciones de esta entidad que contratará, istrará y seguirá todos los planes y proyectos que busquen aumentar la calidad y cobertura del agua en todo el departamento de La Guajira.
Comunicado de la Corte en el que anuncia la decisión.

Comunicado de la Corte en el que anuncia la decisión. Foto:Toma de documento

‘Respetamos el fallo’

El ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, manifestó que el Gobierno se adecuará a las directrices del alto tribunal.
“Sin cambiar la línea jurisprudencial, la Corte de todas maneras ha reconocido la argumentación del Gobierno Nacional cuando decimos que el fenómeno de La Niña, unido al de El Niño, puede tener graves efectos en la alimentación y supervivencia de los niños de La Guajira”, aseguró el ministro.
El funcionario, además, explicó que la Corte les dio un año “para utilizar los instrumentos que hemos planteado en los decretos de emergencia” y aseguró que trabajarán para tener, al cabo de un año, las leyes que garanticen tener una acción continuada sobre La Guajira.
Luis Fernando Velasco.

Luis Fernando Velasco. Foto:@velascoluisf

También se pronunció la directora del Departamento de Prosperidad Social, Laura Sarabia, quien en redes sociales dijo: “Siendo respetuosos de la decisión de la Corte Constitucional, desde @ProsperidadCol buscaremos los caminos legales que nos permitan atender las necesidades de La Guajira de manera pronta y eficaz. Todos nuestros compromisos con las comunidades siguen intactos”.
Y hace tan solo 6 días, la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, durante el XVIII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional, había defendido las medidas del Gobierno para conjurar la situación de La Guajira: “Es una emergencia inédita porque se declara antes de que ocurra el fenómeno, para prevenir (...) y no una emergencia que sea declarada cuando ya el desastre está”.
Susana Muhamad, ministra de Ambiente, durante una reunión previa a la Cumbre de la Amazonía.

Susana Muhamad, ministra de Ambiente, durante una reunión previa a la Cumbre de la Amazonía. Foto:Presidencia

En su momento, la Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte que tumbara el decreto al considerar “inisible la pretensión del Presidente de instrumentalizar la crisis en La Guajira para obtener facultades legislativas excepcionales por medio de la declaración de un estado de emergencia”.
Y en la misma línea que llevó a la Corte a tomar la decisión de ayer, el Ministerio Público también advirtió que el Gobierno estaba en mora de acatar las órdenes del ECI de 2017, así como de implementar la política pública para responder a las dificultades —contempladas en documentos Conpes de 2017, 2018 y 2020— y acudir a las medidas especiales para la gestión del riesgo, calamidades y desastres que tiene la ley.
En X: @JusticiaET

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