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Noticia
La orden del Consejo de Estado al Gobierno con relación a las personas con discapacidad
Alto tribunal dio plazo expedir una reglamentación que garantice los derechos de esta población.
El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, ordenó al Gobierno nacional reglamentar normas para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad.
La medida se dio en una sentencia proferida el 12 de diciembre de 2024, en la que se revocó parcialmente una providencia del 13 de noviembre de 2024, emitida por el Tribunal istrativo de Antioquia, en la que se negó las pretensiones de una mujer que presentó una acción de cumplimiento contra el Gobierno nacional-Ministerio del Trabajo con el fin de que se acate el artículo 62 de la Ley 1996 de 2019, que pedía el gobierno emitir los decretos reglamentarios permitan garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:Jesús Blanquicet
Lo anterior beneficiaría a la comunidad activista adulta en primera persona con discapacidad y a las organizaciones que defienden los derechos de cada tipo de discapacidad (física, intelectual, psicosocial, múltiple, auditiva, visual, autismo y neurodivergencias).
En su decisión, el alto tribunal concluyó que el Gobierno nacional “no ha emitido” la totalidad de los decretos de que trata el artículo 62 de la Ley 1996 de 2019, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1618 de 1993 y que contemplan “la creación y fortalecimiento de unidades productivas para aquellos casos en que los solicitantes sean personas con discapacidad y/o sus familias, con una baja tasa de interés, apoyo con tecnologías de la información y la comunicación, y diseño de páginas web para la difusión de sus productos, dando prelación a la distribución, venta y adquisición de sus productos por parte de las entidades públicas”.
El alto tribunal fijó un plazo de 4 meses para expedir al reglamentación. Foto:Cortesía
Además, la norma a reglamentar busca “incentivar el desarrollo de negocios inclusivos y fortalecer el emprendimiento y crecimiento empresarial de las entidades que propenden por la independencia y superación de la población con discapacidad”.
Por tanto, se ordenó que en el término de 4 meses, el gobierno deberá expedir la reglamentación faltante prevista en la norma citada, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.