El Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme un fallo de un juzgado local que accedió a la petición de un menor de edad que solicitaba se impidiera el traslado de sus padres a otras sedes de la Policía.
El tutelante señaló que, el 28 de agosto de 2020, sus padres se casaron y luego fueron
testigos de presuntas irregularidades por parte de un mayor de la Policía. Tras esto les llegó el traslado, uno para Cauca y el otro para San Andrés.
El menor advirtió que su madre fue diagnosticada con cáncer y está en espera de un tratamiento medico. Además, señaló que él enfrenta una condición psicológica que requiere atención especializada.
Igualmente sostuvo que sus padres solicitaron la nulidad del acto istrativo de traslado, "sin que a la fecha haya sido resuelto".
Pidió, entonces, la protección de sus derechos fundamentales a la educación, dignidad humana, igualdad, debido proceso y la unidad familiar.
El juzgado doce laboral del circuito de Bogotá, el 13 de mayo falló y dejó sin efectos la orden istrativa de personal que sustentaba el traslado de los uniformados.
La Policía impugnó la decisión y el caso pasó al Tribunal Superior de Bogotá que se pronunció el 29 de junio.
El Tribunal consideró que el traslado "vulnera el derecho fundamental a la unidad familiar del menor accionante, como quiera que remite a su núcleo familiar a una jurisdicción distinta a la que ha desarrollado su arraigo e identidad, máxime cuando todo su núcleo familiar padece de patologías que debieron ser consideradas por la accionada al momento de establecer el traslado, lo cual luce ostensiblemente arbitrario al ir en contravía de la realidad material que padece el promotor".
Añadió que además genera "la afectación de la salud del accionante y los servidores públicos del grupo familiar, sin pasar por alto que la decisión de traslado es intempestiva y genera la ruptura del núcleo familiar, lo que produce una afectación en la integridad del accionante y su familia".
La tutela podría llegar a revisión en la Corte Constitucional.
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