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Niegan tutela a magistrado que pedía tumbar terna para elegir Fiscal

Consejo de Estado dijo que no se vulneraron los derechos invocados por los accionantes.

La toma y retoma del Palacio de Justicia se registró los días 6 y 7 de noviembre de 1985.

La toma y retoma del Palacio de Justicia se registró los días 6 y 7 de noviembre de 1985. Foto: EL TIEMPO

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El Consejo de Estado negó la tarde de este jueves la tutela que presentó el magistrado Gerardo Botero Zuluaga en la que pedía tumbar la terna para elegir Fiscal General. 
El alto tribunal consideró que las autoridades accionadas "no vulneraron los derechos fundamentales invocados", toda vez que la terna "se conformó con sujeción a la acción afirmativa prevista en el artículo 6 de la Ley 581 de 2000 (ley de cuotas). 
Gerardo Botero, magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Gerardo Botero, magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Foto:Archivo particular

En su solicitud, el magistrado argumentó la protección de los derechos fundamentales al voto, a la igualdad y a la equidad de género, "los cuales estima transgredidos porque la Corte Suprema de Justicia no devolvió las ternas" que presentó el presidente Gustavo Petro para la elección de la próxima cabeza del ente de investigación.
Sin embargo, en su petición, el magistrado Botero Zuluaga aclaró que si la terna se hubiera integrado solo con nombres de hombres "no habría dudado en manifestar su desacuerdo con la exclusión de las mujeres".
En la actualidad, las hojas de vida de las tres candidatas –Ángela María Buitrago, Amelia Pérez Parra y Luz Adriana Camargo Garzón– están siendo estudiadas por la Corte Suprema. 
En su decisión de 31 páginas, el Consejo de Estado destacó que “no existe una norma que obligue al presidente de la República a conformar una terna con por lo menos el nombre de un hombre para proveer el cargo de fiscal general de la Nación, mientras que sí existe la regla de integrarse con al menos una mujer”.
Lo anterior llevó a considerar que la postulación de los otros dos candidatos de la terna “hace parte del ámbito discrecional del mandatario, quien puede incluir a aquellas personas que en su sentir estén suficientemente calificadas para optar por ese cargo, sin importar si son dos hombres, dos mujeres o un hombre y una mujer”, se lee en la decisión.
De izq. a der. las ternadas a la Fiscalía: Ángela María Buitrago, Amelia Pérez Parra y Luz Adriana Camargo Garzón.

De izq. a der. las ternadas a la Fiscalía: Ángela María Buitrago, Amelia Pérez Parra y Luz Adriana Camargo Garzón. Foto:Archivo particular

El Consejo de Estado, también destacó que en los 23 años que ha regido la Ley 581 de 2000 "es la primera vez que se conforma una terna con el nombre de tres mujeres para aspirar al cargo de fiscal general de la Nación". 
Por otro lado, el Consejo de Estado, también se refirió a los señalamientos que hizo el magistrado Botero con relación a la publicación que hizo el presidente de la República en la red social X en donde señala. “Me gustaría oir las voces feministas alrededor de este tema”.
Tras esa publicación, el magistrado dijo que había sido objeto de señalamientos que lo acusan de ser misógino.
En el presente caso, la Sala “no encuentra demostrada la afectación a la libertad de expresión del magistrado Gerardo Botero Zuluaga por la publicación que hizo el presidente de la República en la red social X, pues esta también es reflejo del ejercicio de ese derecho y no denota una afrenta a la dignidad del togado, ni a su legítima prerrogativa de expresar sus opiniones y ejercer las acciones judiciales para defender sus intereses”.
Y señaló que por el contrario, el mandatario “se limitó a expresar una opinión en la que también indicó que serían las autoridades judiciales las encargadas de dirimir las divergencias que se habían suscitado frente a la conformación de la terna para elegir fiscal general de la Nación”.
En X: @JusticiaET

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