En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
¿La desconexión laboral aplica para cargos directivos? Esto dice la Procuraduría
El Ministerio del Trabajo le envió a la Corte Constitucional una postura distinta.
Procuradora general, Margarita Cabello. Foto: Procuraduría
A la Corte Constitucional llegó una demanda de ciudadanos que piden que se tumbe el literal a del artículo sexto de la Ley 2191 de 2022, la famosa Ley de desconexión laboral.
La petición de las tres personas es que haya una igualdad frente a la desconexión de trabajadores y servidores públicos que ocupen cargos directivos, de confianza y de manejo.
Actualmente, a las personas que desempeñen esos puestos no les aplica la desconexión, que en síntesis significa no ser molestado laboralmente por fuera de las horas destinadas para ello.
¿A qué estarán obligadas las empresas para respetar la ley de desconexión laboral? Foto:iStock
El reparo está en que ese artículo sexto que no cobija a los directivos desconoce, para los demandantes, el derecho a la igualdad y al descanso del trabajador, pues es desproporcionado que unos sí lo puedan tomar y otros no, por el simple hecho de ocupar cargos altos.
El debate en el alto tribunal está en el despacho de la magistrada Diana Fajardo, presidenta de la corporación. Ella estaba esperando que la Procuraduría General de la Nación emitiera su concepto para después pasar a elaborar un proyecto de ponencia.
El concepto de la procuradora general, Margarita Cabello, llegó el pasado 10 de abril, y en él se empieza por precisar que la jornada laboral puede tener unas excepciones debatidas en el Congreso, pues el derecho al descanso no es absoluto y se puede restringir con un equilibrio, es decir, sin incurrir en actos inconstitucionales.
Por eso, el Ministerio Público le dijo a la Corte Constitucional que la demanda al artículo de la Ley 2191 no debe prosperar, es decir, las cosas deben mantenerse como van, sin que los directivos gocen de desconexión laboral como el resto de trabajadores.
¿Por qué? "Porque el desempeño de un cargo de dirección, manejo y confianza es una razón válida constitucionalmente para establecer el trato diferencial entre los empleados públicos y particulares que ocupan dichas posiciones de privilegio y los demás trabajadores".
En otras palabras, para la Procuraduría los cargos directivos constituyen una razón de peso frente a otros, pues la responsabilidad "es de mayor entidad que la originada en funciones corrientes". Esa importancia, entonces, hace que tengan una disponibilidad distinta.
Sumado a eso, la entidad cree que no es desproporcional tal diferencia, y que con ella no se están afectando los derechos de los trabajadores, como lo dicen los demandantes.
Esta postura de la Procuraduría es distinta a la del Ministerio del Trabajo, que en su concepto explicó que la no adopción de la desconexión para directivos riñe con el derecho que tiene todo trabajador, sea de confianza o no, a descansar.
"A pesar de que estos trabajadores son excluidos de la jornada máxima legal establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, lo cierto es que al igual que los demás trabajadores, los trabajadores que ocupan cargos directivos también deben tener asegurado su derecho al descanso", dijo el Ministerio.
Y añadió que "la contestación de la demanda se estructure bajo el presupuesto de solicitarle a la Corte Constitucional que dentro de la sentencia a proferir, se garantice el derecho a la desconexión laboral de los trabajadores que ocupan cargos de confianza y manejo".
Con estas posturas, y otras que han llegado al despacho de la magistrada Fajardo, se espera que el alto tribunal en las próximas semanas debata la demanda.