La Universidad del Cauca ha presentado ante el Consejo de Estado, de forma individual, al menos 142 demandas en las que busca anular títulos de profesionales otorgados a estudiantes en diferentes carreras, luego de advertir que los estudiantes realmente no cumplieron los requisitos para graduarse.
Por ejemplo, no presentaron los exámenes preparatorios en carreras de derecho o no cumplieron con los requisitos de idiomas y aun así aparecían como si los hubieran presentado. Hasta el momento, el Consejo de Estado ha suspendido los títulos dados a 56 personas, de los cuales 46 son abogados.
Igualmente, en otros 85 procesos está en trámite el estudio de la medida cautelar en la que se define si los títulos son suspendidos mientras el caso se define de fondo, y el resto está en etapa de isión.
En los procesos, de hecho, cursa una denuncia presentada por el rector de la Universidad, José Luis Diago Franco, ante la Fiscalía en virtud del “fenómeno de corrupción que afecta los principios propios de la función pública y los valores que así mismo la garantizan y permiten su permanencia, así como la transparencia y probidad que ha de primar en la función pública”, derivado del presunto fraude documental.
Por ello, la Universidad conformó en 2019 un equipo de seguimiento y apoyo a la mejora de los procedimientos académicos istrativos de registros de exámenes preparatorios del programa de Derecho, el cual tenía a su cargo la tarea de verificar el cumplimiento de aquellas obligaciones desde el año 2015, tras las denuncias de fraude.
Para poner un ejemplo de lo que está pasando, uno de los casos suspendidos tiene que ver con un estudiante que graduó en 2018 como abogado. En el Sistema Integrado de Matrícula y Control Académico Simca de la Universidad aparecía que había presentado todos los requisitos.
No obstante, se pudo verificar que no presentó el examen preparatorio de derecho istrativo, ni hay registro de ello, ni del pago del mismo, lo cual es requisito para graduarse según la normativa interna.
“El tercero interesado conocía los requisitos que debía acatar y su silencio no modifica las consecuencias de no haber aprobado toda la malla curricular"
El alto tribunal dijo que era necesario suspender el título del estudiante que, en su defensa, “no aportó ni solicitó la práctica de algún medio probatorio que permita deducir que sí aprobó el examen preparatorio que ahora de echan de menos”.
“El tercero interesado conocía los requisitos que debía acatar y su silencio no modifica las consecuencias de no haber aprobado toda la malla curricular. El error de la institución educativa al momento de verificar los registros calificativos no subsana la ausencia de los requisitos académicos que debía cumplir el señor (…) para obtener el título de abogado”, dice la decisión.
El alto tribunal, además, hizo especial énfasis en la importancia del ejercicio del derecho para la sociedad, razón por la cual las Universidades son las encargadas de definir raseros para el ingreso a dicha profesión, “los cuales, en el presente caso, en principio no han sido superados”.
“El comportamiento de los profesionales del Derecho afecta las relaciones sociales públicas y privadas. Por ello, antes de titular a un abogado(a), las universidades deben verificar que ese estudiante cuente con las competencias necesarias para ejercer su profesión con suficientes estándares éticos y jurídicos”, agregó el Consejo de Estado.
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