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'Fiscal revictimizó a mujer que denunció a expareja por publicar fotos íntimas'
La Corte Constitucional ordenó a la Fiscalía formar a sus funciones en enfoque de género.
Desde tempranas horas de la mañana cientos de mujeres se reunieron en el Parque de las Banderas con carteles, expresiones artísticas y sus cantos, para marchar hasta el sector de Puerto Rellena, en el oriente de Cali, pidiéndole a los transeúntes y conductores, detener los abusos contra ellas y respetar sus creencias, sentimientos y estilos de vida. Foto: Juan Pablo Rueda Bustamante / El Tiempo
La Corte Constitucional le ordenó a la Fiscalía que adopte y ponga en marcha un plan de formación de sus funcionarios para garantizar que en las investigaciones por violencia intrafamiliar contra las mujeres se respeten los derechos de las víctimas y el enfoque de género.
Al fallar una tutela, la Corte dijo que la formación debe buscar que los procesos se asegure "el goce efectivo de su derecho fundamental a vivir una vida libre de violencia de género en los ámbitos público y privado".
Además, que se acaten "los estándares internacionales sobre el deber estatal de diligencia en la prevención, investigación, sanción y reparación de la violencia" y que se tengan en cuenta "las reglas jurisprudenciales sobre la istración de justicia con perspectiva de género".
La formación para sus funcionarios debe propender para que en los procesos, se establezcan "mecanismos de control que desestimulen la tolerancia estatal de las agresiones e impedir que los funcionarios ejerzan actos de violencia institucional en contra de las denunciantes".
La mujer dijo que esta persona publicó material audiovisual y fotográfico íntimo de ella cuando convivía con él, situación que afectó su vida personal y la de su hijo menor de edad.
La decisión de la Corte se dio a la hora de estudiar una tutela que presentó una mujer por presunta negligencia de la Fiscalía de Barrancabermeja en suministrar información sobre el trámite de una denuncia interpuesta por violencia intrafamiliar contra su expareja sentimental.
La mujer dijo que esta persona publicó material audiovisual y fotográfico íntimo de ella cuando convivía con él, situación que afectó su vida personal y la de su hijo menor de edad. Por estos hechos presentó denuncia en 2019, pero, dos años y medio después, no había sido notificada sobre los avances de la misma.
Por tal razón, la mujer se entrevistó con el fiscal del caso, quien aseguró que eso no configuraba violencia intrafamiliar, sino otro tipo de delito. Ante la falta de información sobre los avances del proceso, presentó tutela que fue negada por un juzgado de Medellín.
Búnker de la Fiscalía Foto:Abel Cárdenas / Archivo EL TIEMPO
¿Qué dijo la Corte?
Amerita el llamado de atención que hace esta Corte sobre el deber imperativo de todo operador judicial de garantizar los derechos de las mujeres
Al revisar el caso, la Corte Constitucional encontró que tanto el fiscal como el juez de primera instancia actuaron en desconocimiento de los derechos de la mujer.
"En el caso del fiscal, revictimizó a la accionante al momento de acudir a solicitar información sobre el estado de su denuncia por violencia intrafamiliar en contra de su expareja, subestimó la condición de esta como presunta víctima y restó importancia al hecho de que su proceso llevaba más de un año y medio sin trámite alguno por parte de la entidad", dijo el alto tribunal.
Por otro lado, el juzgado declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, sin verificar si la situación de violación de los derechos de la accionante realmente había cesado.
“Amerita el llamado de atención que hace esta Corte sobre el deber imperativo de todo operador judicial de garantizar los derechos de las mujeres y no impedir con su comportamiento el avance que deseamos en la tarea de superar una barrera cultural que limita injustificadamente la condición de la mujer en la sociedad colombiana y latinoamericana que afecta todos los aspectos de su vida”, indicó la sentencia.
Desde tempranas horas de la mañana cientos de mujeres se reunieron en el Parque de las Banderas con carteles, expresiones artísticas y sus cantos, para marchar hasta el sector de Puerto Rellena, en el oriente de Cali, pidiéndole a los transeúntes y conductores, detener los abusos contra ellas y respetar sus creencias, sentimientos y estilos de vida. Foto:Juan Pablo Rueda Bustamante / El Tiempo
El fallo otorgó cuatro meses a la Fiscalía Local de Barrancabermeja para que impulse la investigación penal por el delito de violencia intrafamiliar y tome la decisión de fondo que corresponda, además de adoptar las medidas necesarias para la protección integral de la ciudadana como presunta víctima de violencia intrafamiliar, violencia psicológica y violencia digital.
También se advirtió al juzgado de Medellín que se abstenga de incurrir en conductas que desconozcan los derechos de las mujeres y que incluya el enfoque de género en sus providencias siempre que corresponda, además de formar a sus funcionarios en el tema.