Aún no se conoce la posición formal de la Procuraduría sobre la petición de precluir el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe por fraude procesal y soborno a testigos.
Desde el jueves el procurador del caso, Jorge Enrique Sanjuán Gálvez, comenzó la argumentación de ocho elementos que puso sobre la mesa para tomar la decisión, que aunque no es vinculante cuenta con amplia relevancia y da luces sobre lo que puede venir en el caso.
El procurador Sanjuán Gálvez señaló que solo se referirá a hechos posteriores al 18 de febrero de 2018, que hacen referencia al proceso puntual que es investigado y por el que se pide la preclusión.
Indicó que la Fiscalía incurrió en una omisión al pedir la preclusión por hechos y no por delitos y que eso tiene unas consecuencias jurídicas.
Sostuvo que aunque se han fallado varias tutelas en el caso esto no compromete en nada la presunción de inocencia del procesado.
El funcionario indicó que la Procuraduría se pronunciará solo en los términos de la ley y de forma imparcial sin ningún interés particular para que "se llegue a una decisión justa y en derecho".
Añadió que la Procuraduría no es un apéndice de la Fiscalía y tiene total independencia del ente acusador.
En un aparte de su intervención dijo que si el ente acusador hubiera querido manipular el proceso no lo hubiera adecuado al nuevo sistema en el que la decisión final la adopta un juez y lo hubiera llevado por el viejo sistema en el que la resolución de la preclusión es autónoma del fiscal del caso.
Recordó que la Fiscalía pidió la preclusión por tres causales, la atipicidad de la conducta, la ausencia de intervención del investigado y la imposibilidad se desvirtuar la presunción de inocencia del procesado.
Sanjuán Gálvez indicó que se aparta de lo dicho por la Fiscalía sobre la pérdida de vigencia de los argumentos que llevaron a la medida de aseguramiento que en su momento ordenó la Corte Suprema de Justicia contra Uribe Vélez.
Indicó que en el trámite del proceso ante la Corte se imputaron 27 conductas delictivas a Uribe, algunas de ellas previas al 18 de febrero de 2018 y que por tanto no hacían parte de la investigación en curso.
Añadió que tampoco se aclaró los delitos se imputaban puntualmente por cada uno de esos delitos.
Indicó que la Fiscalía pidió preclusión por unos hechos que no hacían parte de la investigación en el proceso.
Según su análisis en el proceso no se podía imputar el delito de soborno a testigos al considerar que las supuestas presiones investigadas no se hicieron contra personas vinculadas en esa calidad.
El delegado de la Procuraduría consideró que la ley establece como principio la presunción de inocencia y que es el Estado quien debe desvirtuar esa presunción "con una investigación seria". Añadió que ante la duda cualquier decisión debe favorecer al procesado.
E insistió que hay una gran exigencia para el Estado para definir si acusa al procesado o si opta por la preclusión al considerar que no es posible avanzar en la demostración de la existencia de la conducta delictiva y que el investigado es autor e autor o partícipe.
El funcionario indicó que no tendría razón que la Fiscalía presentara una acusación sin tener los elementos para poder desvirtuar la inocencia del procesado.
La audiencia fue suspendida y seguirá el 7 de febrero.
Luego de la intervención de la Procuraduría, que destapará si apoya o no la posición del ente acusador, le corresponderá el turno a la defensa del expresidente Uribe y a él mismo, si así lo considera.
Al finalizar esa intervención, todo estará listo para que la juez del caso tome una decisión sobre la preclusión del proceso.
@JusticiaET
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