Aunque este jueves aceptaron cargos los 7 soldados implicados en la violación de una menor embera chamí de 13 años, ocurrida en Risaralda el 22 de junio, según han dicho expertos, el delito que aceptaron no es el que se les debió haber imputado.
La Fiscalía los llevó ante un juez por el delito de carnal abusivo con menor de 14 años agravado, pero varios abogados penalistas consideran que lo que debió imputarse fue carnal violento con menor de 14 años agravado.
Si bien, como explica el penalista Camilo Burbano, ambos delitos tienen penas similares, su connotación es muy distinta.
“La tipificación del delito, por lo que se sabe del caso, está mal hecha, así la pena sea similar, porque en una hay violencia y en la otra no”, explicó Burbano, que aclaró que cuando se trata del carnal abusivo no se entiende que haya habido violencia. Y añadió que esto, “en términos de protocolos internacionales de víctimas de delitos sexuales, es invisibilizar el hecho y lo que le pasó a la víctima”, concluyó.
En el mismo sentido opina la abogada Viviana Benavides, quien consideró que la Fiscalía cometió un error en la imputación.
“Cuando hablamos de carnal abusivo es cuando, valiéndose de la inexperiencia de un niño o niña menor de 14 años, una persona que es consciente de su actuar mantiene relaciones sexuales con el menor sin mediar la violencia”, explicó.
Esto, en términos de protocolos internacionales de víctimas de delitos sexuales, es invisibilizar el hecho y lo que le pasó a la
víctima
Y añadió que, según los testimonios de la familia de la menor indígena que fue violada por los militares, los soldados se la llevaron a la fuerza y la forzaron a tener relaciones sexuales. “Desconozco si hay agresiones físicas, pero la ley nos ha dicho que la violencia no solo es agredir el cuerpo, sino también en lo emocional, a manera de coacción o amenaza. Estamos frente a un carnal violento agravado precisamente porque medió la violencia en los actos sexuales que cometieron los militares”, concluyó Benavides.
Y el director del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, agregó que además de que el delito imputado pasa por alto la violencia que hubo, se están enviando mensajes muy peligrosos.
“Según lo que escuchamos, consideraron que no hubo violencia porque la víctima no ofreció resistencia, ¿de manera, entonces, que quien no se resiste a una violación la está consintiendo?”, cuestionó.
Según lo que escuchamos, consideraron que no hubo violencia porque la víctima no ofreció resistencia, ¿de manera, entonces, que quien no se resiste a una violación la está consintiendo?
Y añadió que también se da el mensaje de que una menor consintió que siete hombres la violaran. “No cuadra en absoluto que una menor de 12 años de manera consciente tenga relaciones sexuales con siete hombres, que además están armados”, concluyó y dijo que esto es revictimizante.
Sobre las críticas que ha suscitado la imputación a los soldados, en la mañana de este viernes en entrevista con la W Radio, el fiscal general, Francisco Barbosa, dijo que este caso es un éxito para el país, pero que este es un país de “palo si bogas y palo si no bogas”.
De otro lado, además del delito imputado por la violación de la menor, también ha habido críticas a por qué solo se les imputó ese delito cuando los relatos de la comunidad indígenas hablan de que ella primero fue secuestrada y luego abusada sexualmente. Frente a esto, desde la Fiscalía han explicado que por el momento los elementos probatorios no permiten inferir que esto haya ocurrido.
Las posibles salidas frente a esto
De acuerdo con los expertos consultados, en la medida en que los siete soldados procesados ya aceptaron los cargos, seis en calidad de autores y uno como cómplice, a ellos la Fiscalía no les puede cambiar “las reglas de juego” de aquí en adelante.
Esto porque la ley contempla que exista una congruencia estricta entre lo imputado y lo juzgado, dijo Burbano, quien lo explicó así: “Si una persona acepta unos cargos, por eso tienen que condenarla, no le pueden ni quitar ni poner otros cargos”.
Por ello, para él la única salida para arreglar lo que considera un yerro de la Fiscalía sería que el juez, por petición de las víctimas o de la Procuraduría, anule la imputación de cargos.
De anularse esa imputación, la Fiscalía deberá volver a hacer este paso y ahí sí cambiar los delitos. No obstante, como es una nueva imputación, los soldados podrán decidir si aceptan o no los cargos.
El problema con esta opción de nulidad, explicó Burbano, es que no es una salida segura en la medida en que si bien se puede pedir, es el juez el que decide si hay cabida a anular la imputación.
Mientras que para Bernate existe otra posibilidad, además de la nulidad. Él también expresó que como ya los procesados aceptaron cargos, no hay nada que pueda cambiar la Fiscalía, pero que el juez de conocimiento, que debe hacer un control de legalidad de la imputación, puede considerar que se hizo mal.
“En tanto que los imputados ya aceptaron cargos, estamos en manos del juez de conocimiento, que al avalar la imputación debe hacer un control de legalidad, ahí puede decir que la imputación estuvo mal. La Fiscalía no la puede cambiar, pero el juez sí la puede corregir”, expresó.
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