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Análisis

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El modus operandi del falso chamán que drogaba a sus víctimas para violarlas: polémica por reducción de la pena

El Tribunal Superior de Cundinamarca redujo a 14 años la pena impuesta a Edgar Orlando Gaitán por carnal.

Chamán

Edgar Orlando Gaitán está preso en la cárcel La Tramacúa de Valledupar Foto: Archivo

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En Playa del Carmen, México, fue detenido en 2019 Edgar Orlando Gaitán, un falso chamán acusado de abusar sexualmente de al menos nueve mujeres en Colombia. Su proceso judicial, que ya lleva más de una década, se ha convertido en un pimponeo. En la más reciente decisión, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas redujo su condena a 14 años por carnal a persona en incapacidad de resistir. La sentencia desató polémica por los argumentos en los que se basó el fallo.
La reducción de la pena se debe a que en segunda instancia se reconocieron menos víctimas. Aunque Gaitán fue señalado en nueve casos de presunto abuso sexual, inicialmente fue condenado por una juez de Guaduas (Cundinamarca) a 29 años de cárcel por cuatro de ellos. La Fiscalía y los representantes de las víctimas apelaron la decisión y llegó al Tribunal de Cundinamarca.
Fachada Tribunal Superior de Cundinamarca.

Fachada Tribunal Superior de Cundinamarca. Foto:ArchiVo EL TIEMPO

Por supuestas irregularidades en el principio de congruencia del sentido del fallo, esta instancia ordenó declarar la nulidad de esta decisión en primera instancia y devolver al juzgado de Guaduas el caso para que emitiera una nueva sentencia. 
Sin embargo, en una nueva condena se le halló responsable en solo tres de los cuatro casos referidos en primera instancia y, en 2021, se redujo su pena a 19 años de cárcel. Esta decisión fue apelada y llegó nuevamente al Tribunal Superior de Cundinamarca.
En el nuevo fallo, esta instancia mantuvo la condena por el caso de la víctima 1, revocó las de las víctimas 2 y 3, pero lo declaró culpable por los casos de las víctimas 4 y 5. En total, la sentencia quedó en firme para tres casos y su pena se redujo a 14 años.
Los argumentos para descartar algunas de las denuncias fueron controversiales. La sentencia aduce que estas mujeres sí habrían podido resistirse al abuso, lo que para algunas organizaciones feministas es a todas luces revictimizante. 

Lo orígenes del falso chamán

El falso chamán y 'nobel de paz', quien se encuentra preso en La Tramacúa de Valledupar, habría utilizado sus supuestos conocimientos sobre la cultura indígena para hacer rituales en los que, a través de medicinas ancestrales como el yagé, ponía en estado de indefensión a las víctimas para abusar de ellas, algunas de las cuales eran menores de edad. 
"Las personas comenzaron a identificarlo como un taita o chamán, una imagen que él mismo ayudó a consolidar al vestir atuendos y utilizar utensilios indígenas. Además, afirmaba ser el nieto de la última indígena Carare. Un acontecimiento que fortaleció aún más su imagen ocurrió en 1990, cuando la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC) recibió el Premio Nobel Alternativo de Paz. Como él era su presidente en ese momento, la organización lo envió en su representación para recibir el galardón. Esto llevó a que muchas personas lo identificaran con el premio, e incluso algunas creyeran que él lo había ganado directamente", se lee en el fallo del Tribunal.
Justicia

El falso chamán había sido condenado a 29 años de cárcel. Su pena quedó reducida a 14 años. Foto:iStock

Según la investigación, "el hombre ofrecía servicios de sanación utilizando esta especie botánica para lograr que las mujeres perdieran su voluntad y así accederlas carnalmente", señaló la Fiscalía.
Los casos se reportaron entre 2008 y 2012 en la población de La Vega, Cundinamarca, donde ofrecía sus servicios de supuesto "guía espiritual". Ese año, una joven de 17 años denunció que, en medio de las 'curaciones', Gaitán violaba a sus discípulas. Esta víctima fue la que abrió la puerta para que otra decena delatara al 'taita' disfrazado, que no era indígena, sino que tiene un origen campesino.
Pese a las denuncias, solo se ratificó la condena en tres hechos y se descartó la condición de indefensión en los otros. Sobre este argumento llovieron críticas, tanto de colectivos feministas como de los apoderados de las víctimas, por no incluir el enfoque de género y malinterpretar la categoría de "persona puesta en incapacidad de resistir", que fue el agravante del delito por el que lo condenaron. 
Disidencias de las Farc derribaron un puente en el Cauca

Disidencias de las Farc derribaron un puente en el Cauca Foto:

Sara Valentina Quevedo
Redacción Justicia

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