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Noticia
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Acercamientos con el ‘clan del Golfo’: ¿hay piso jurídico para negociar?
Presidente Petro invitó al grupo criminal a negociar su sometimiento. Juristas analizan el caso.
El presidente Gustavo Petro y Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias de Chiquito Malo. Foto: Cortesía Presidencia y Archivo
Desde las “montañas de Colombia”, el grupo criminal ‘clan del Golfo’, que piden ser llamados ‘Ejército Gaitanista de Colombia’ (EGC), aceptó la invitación del presidente Gustavo Petro para sentarse a negociar su sometimiento.
“A pesar de que desconoce nuestra identidad, al denominarnos de otra forma, nos permitimos comunicar que aceptamos la invitación hecha por el señor Presidente, en el sentido de sentarnos a negociar las condiciones políticas que permitan las transformaciones sociales que todos queremos para las regiones en donde hacemos presencia”, se lee en el punto dos de un carta firmada por ‘El Estado Mayor Conjunto’, del grupo criminal.
EL TIEMPO consultó a juristas expertos en el tema para saber si en la actualidad existe algún piso jurídico que permita estos acercamientos entre el grupo criminal y el Gobierno.
El penalista Carlos Gilberto Gómez Cifuentes considera que los Gobiernos conciben el delito en función de sus necesidades político criminales; y el modo de tratarlo, por lo que señala que Colombia puede concebir esas agrupaciones delictivas como el ‘clan del Golfo’ o las que reúnan determinadas características (pluralidad de individuos, dominio permanente o intermitente de alguna zona del territorio, capacidad de confrontación armada contra el Estado, explotación de rentas ilícitas, etc) “como grupos pasibles de tratamiento diferencial”.
“Como ha acontecido con la ley de Orden Público (418 de 1997) y ahora con la de Paz Total (2272 de 2022), el Estado plasma criterios de política pública en orden a obtener la paz como derecho fundamental y garantía constitucional para los asociados, se ite la posibilidad de dialogar con grupos criminales. La primera de las mencionadas dirigidas a grupos subersivos; la segunda a grupos caracterizados como delincuencia organizados”, explicó el jurista.
En esa línea, Camilo Burbano, abogado penalista y exdirector nacional del sistema penal acusatorio, expresó que en este momento sí existe un marco normativo que le permite al gobierno nacional realizar acercamientos con estructuras criminales llamadas de alto impacto, en este caso el ‘clan del Golfo’.
“Esa es la ley 2272 del 2022 o la famosa ley de ‘paz total’, que además en su artículo segundo contempla la posibilidad de que el gobierno haga acercamientos, pero únicamente con la finalidad del sometimiento a la justicia de estos grupos y de su desmantelamiento. No puede haber otra finalidad diferente a esa”, dijo Burbano, quien añadió que eso no quiere decir que se trate de un proceso de paz como se llevó con las Farc en La Habana, sino que es un proceso de sometimiento a la justicia.
Para el penalista Francisco Bernate señaló que para entender el tema hay que retomar la diferencia entre sometimiento y acogimiento, siendo este último el escenario en donde un grupo se sienta a negociar con el gobierno nacional.
Para Bernate el acogimiento “tiene un amplísimo marco normativo que data desde la fecha de los diálogos con el Caguán, cuando el presidente de la época expidió la ley 418 que precisamente habilita los diálogos, da amplias facultades al gobierno nacional, en donde se estableció un término, y ese término ha sido prorrogado indefinidamente y es el que se ha utilizado para respaldar los diálogos con las autodefensas, los diálogos con las Farc, y en fin, incluso estas mismas exploraciones siempre se han justificado en eso, de manera que es perfectamente posible”, explicó.
Presidente Gustavo Petro y la carta del 'clan del Golfo'. Foto:Cortesía Presidencia.
Ahora, si el tema no es un acogimiento, sino ya es un sometimiento, el penalista indicó que las leyes ordinarias de Colombia permiten que las personas que están al margen de la ley adelanten negociaciones y obtengan beneficios.
“Lo que siempre se ha señalado es que de pronto estos grupos criminales esperan otro tipo de beneficios diferentes a los que hoy existen en la legislación. Entonces, si ello es así, pues precisamente Colombia cuenta con un amplísimo marco jurídico que ha servido de sustento para las negociaciones; entonces podrían sentarse a negociar cuáles serían esos beneficios en los que ellos, digamos, estarían dispuestos a transar.
Pero claramente no hay ningún problema desde el punto de vista normativo para que se adelante una negociación”, resaltó.
Ahora bien, en su comunicado de aceptación, el grupo criminal habla se sentarse “a negociar las condiciones políticas que permitan las transformaciones sociales”, un aspecto que para Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia alude a grupos distintos, a aquellos que se organizan mediante el ejercicio de organizaciones criminales de gran impacto como bandas criminales.
“En ese sentido, ese mismo carácter y esas mismas acciones excluyen que ese tipo de organizaciones sean beneficiarios de la negociación política y desde luego de sus beneficios. La única opción posible para efectos de que con esas bandas criminales se lleguen a eventuales desarticulaciones de las mismas son precisamente las políticas de sometimiento a la justicia, que hablan de colaboración eficiente y efectiva con miras a recibir beneficios dentro del marco jurídico penal, sin que eso implique disminuir el rigor con el que la fuerza pública debe perseguirlas hasta lograr precisamente su plena desarticulación”, resaltó Herrera.
'Otoniel' fue el máximo jefe del ´clan del Golfo'. Foto:Reuters
Sin embargo, el jurista Guillermo Ignacio Mendoza Diago indicó que en la actualidad no puede haber una negociación de paz como se hizo con la guerrilla de las Farc, o con el M-19 “no puede haber”. “El ‘clan del Golfo’ es un grupo de delincuencia común y corriente que no tiene status político, aunque se pueden expedir leyes que otorguen beneficios por la entrega y colaboración con la justicia”, señaló Mendoza Diago.
Frente a las extradiciones, el jurista aseguró que “no es posible estar pactado situaciones en ese sentido”, es decir que se prohíba las extradiciones. “La regla debe ser aplicada con su rigor, a menos que hayan reformas a las normas que impidan ese mecanismo”.
Carlos Charry, experto en conflicto, manifestó que hoy no hay un marco jurídico que dirima y establezca las condiciones del sometimiento a la justicia del ‘clan del Golfo’, aunque resaltó que sí existen experiencias previas que pueden dar luces de cómo podría ser el tratamiento, tomando como referencia el proceso de desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia, por allá en el año 2005.
“Al tratarse de un grupo armado ilegal que no tiene reconocimiento de estatus político, por lo que no tiene cabida entablar acuerdo de paz. Lo que tocaría y lo que se espera es un proceso de negociación, previo a una ley de sometimiento especial que establezca los términos y condiciones de ese sometimiento a la justicia”, explicó Charry.
Corte Constitucional Foto:Cortesía
A finales del año pasado, la Corte Constitucional, precisamente declaró la exequibilidad de la ley de ‘paz total’ aunque condicionó algunos de sus artículos, entre ellos los que se relacionan con el sometimiento.
Esta norma ha sido sido clave para los acercamientos que ha echado a andar el gobierno con grupos ilegales como las disidencias de las Farc, el ‘clan del Golfo’, e incluso con redes como la del exguerrillero ‘Iván Márquez’ que se acogió al acuerdo de paz de La Habana y luego se apartó de la negociación y volvió a delinquir.
En su decisión, el alto tribunal tumbó aspectos como la potestad al Ejecutivo para fijar los términos del sometimiento de las “Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto” ya que consideró que esta tarea le corresponde ser tramitado por el Congreso de la República.