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Por decreto, casi la mitad de mujeres condenadas podría quedar en libertad

El documento da pautas para que mujeres cabeza de familia cumplan pena a través de trabajo comunal.

El director del Inpec, Daniel Gutiérrez, en la cárcel de Quibdó.

El director del Inpec, Daniel Gutiérrez, en la cárcel de Quibdó. Foto: Inpec

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El viceministro de Política Criminal del Ministerio de Justicia, Camilo Umaña, le dijo a EL TIEMPO que calculan que hoy son cerca de 17.000 las mujeres privadas de la libertad, y que de ellas son 7.800 condenadas con pena privativa en domiciliaria y en cárceles del país.
“El cálculo que hacemos desde los datos que tenemos en el Ministerio de Justicia es que alrededor del 45 por ciento de las mujeres cumplen con uno de los requisitos de la ley que tiene que ver con condenas de no más de ocho años”, dijo, indicando que esto las haría beneficiarias de la Ley 2292 de 2023 -que sancionó en marzo el presidente Gustavo Petro - cuyo decreto reglamentario dio a conocer esta semana el Ministerio de Justicia, y que tiene como objetivo que en libertad, a través de trabajo social, cumplan su pena y logren reinsertarse a la sociedad.
En efecto, según el Inpec, en total hay 16.888 mujeres privadas de la libertad: de ellas, 4.632 fueron condenadas y están tras las rejas; y otras 3.340 fueron sentenciadas con domiciliaria.
Para pagar la pena en libertad, estas mujeres deben ser madres cabeza de familia con penas inferiores a los 8 años “siempre que el delito este asociado a condiciones de marginalidad que afectaran la manutención su hogar”. En esa línea, señala el decreto que podrían ser cobijadas con el modelo de libertad las condenadas por hurto, hurto calificado, y sus circunstancias de agravación. Además, por los delitos relacionados con (microtráfico) conservación o financiación de plantaciones; tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Las internas de El Buen Pastor redimen sus condenas con actividades de educación, trabajo yenseñanza.

Las internas de El Buen Pastor redimen sus condenas con actividades de educación, trabajo yenseñanza. Foto:Julián Ríos Monroy. EL TIEMPO

El decreto dejó en claro que no se beneficiarán a las mujeres reincidentes, o las que fueron condenadas por violencia intrafamiliar o uso de menores de edad para la comisión de delitos.
La exministra de Justicia Gloria María Borrero se declaró partidaria del programa y lo calificó como “una oportunidad”, al señalar que hay muchas madres cabezas de familia privadas de la libertad por delitos menores, lo que deja a muchos hijos menores, desamparados, que necesitan la guía de sus madres para ser mejores ciudadanos”.
De igual forma, reiteró que hay que darles una segunda oportunidad a estas mujeres, y que este decreto hace “parte de la justicia restaurativa”, por lo que subrayó que aquí no hay impunidad porque estas mujeres ya están condenadas, y ahora le “estarán pagando a la sociedad con trabajo social y en el momento que fallen, pues volverán a la cárcel”.
Este tipo de políticas son bastante útiles no para combatir el punitivismo como tal, pero sí como estrategia de política criminal que combate directamente el hacinamiento carcelario
Por su parte, la penalista Dalila Henao le indicó a este medio que “este tipo de políticas son bastante útiles no para combatir el punitivismo como tal, pero sí como estrategia de política criminal que combate directamente el hacinamiento carcelario”, y añadió que se está evitando que “mujeres en situaciones económicas y sociales muy complejas, que han delinquido con ocasión de estrategias incluso de instrumentalización por su especial condición, no tengan la misma consecuencia jurídica de aquel que tiene un contexto distinto”.
La abogada fue más allá y se refirió al enfoque de género, ya que en su criterio “el decreto tiene un altísimo componente social, pues resulta palmario que delitos de poca peligrosidad, pero de altísimo impacto, como los que cobija el decreto, tienen consecuencias sociales exageradamente relevantes como la descomposición familiar”.

No habrá pago

Esta colección es la segunda que realizan en conjunto la Fundación Acción Interna y Grupo Éxito.

Esta colección es la segunda que realizan en conjunto la Fundación Acción Interna y Grupo Éxito. Foto:Sergio Acero. CEET.

Desde Dejusticia, que lanzará este viernes una cartilla explicando el tema, se le manifestó a EL TIEMPO que con la ley sancionada por Petro "la mujer cabeza de familia estaría en libertad prestando el servicio de utilidad pública, y por ende no se trata de prisión domiciliaria".
Asimismo, subrayaron que el beneficio aplica para seis delitos, como el hurto y el tráfico o porte de estupefacientes. Eso sí, también cabe cualquier delito cuya condena sea menor a ocho años y no se trate de violencia intrafamiliar o cargos relacionados a menores de edad.
Por otro lado, voceros de Acción Interna, la fundación de Johana Bahamón que trabaja por mejorar las condiciones de vida en las cárceles, explicó que la prestación de servicios de utilidad pública que harían las madres cabezas de familia es una actividad no remunerada a favor de la comunidad, “con la supervisión de instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales”.
Para la fundación, este tipo de servicios son labores de recuperación del espacio público, apoyo a las víctimas y comunidades vulnerables, y actividades educativas, viales o culturales que restablezcan el tejido social.
Acción Interna ya tiene un proyecto piloto en Medellín, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con esta población de mujeres, el cual fue diseñado para el Ministerio de Justicia, y así consiguieron aliados para que los programas sean aceptados por los jueces y les den los permisos a las mujeres.
Por demás, la decisión sobre la concesión o no de este beneficio está en manos de los jueces de conocimiento -quienes imponen la pena-, o los jueces de ejecución de penas -quienes supervisan el cumplimiento de una condena-.
Redacción Justicia
En Twitter: @JusticiaET

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