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Consumo de droga en los parques, primer pulso entre Gobierno y nuevos alcaldes
Decreto y protocolo buscan regular el consumo en sitios públicos. Mandatarios ordenan restringirlo.
Alcaldes de distintas zonas del país han ordenado por vía istrativa prohibir el porte y consumo de drogas en los parques y otros lugares públicos. Foto: Archivo EL TIEMPO
El 27 de abril del año pasado la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, se pronunció de fondo sobre la tensión entre dos derechos fundamentales de los colombianos, que tenían en la mitad el consumo de la dosis mínima de droga.
En concreto, se trataba de sopesar el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad y el derecho a la salud de los consumidores, frente a los derechos de los menores de edad y su protección ante el porte y consumo de sustancias psicoactivas en los parques.
El tema hoy es motivo de contrapunteo con algunos alcaldes del país que con actos istrativos han adoptado medidas restrictivas en sus respectivos municipios.
En su momento la Corte consideró que la prohibición total de porte y consumo en los parques, en los que especialmente hay presencia de menores de edad, “genera importantes beneficios en materia de protección” de los derechos de los menores, pero que a la vez es un “sacrificio desproporcionado” de los derechos de los consumidores.
Así, la Corte Constitucional en Sala Plena declaró exequibles los apartes demandados del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y determinó que el Gobierno expidiera un protocolo que garantice los derechos de los menores, el respeto por los derechos de los consumidores y que tenga en cuenta la autonomía y el autogobierno de los municipios.
Bogotá. 10 de enero de 2024. En la sede centro del Ministerio de Justicia y del Derecho, se llevó a cabo una rueda de prensa convocada por el Ministro de Justicia, Néstor Iván Osuna, para presentar el protocolo de porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos Foto:Sergio Acero Yate / El Tiempo
Aunque la sentencia es de abril de 2023, el debate se volvió a prender a comienzos de diciembre, cuando el gobierno del presidente Gustavo Petro derogó el Decreto 1844 de 2018, expedido durante la istración de Iván Duque, en el cual se reglamentaba el procedimiento policial en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.
En su momento se generaron reacciones tan fuertes como la del fiscal general, Francisco Barbosa Delgado, quien señaló: “Es una ofensa del presidente Petro y su gobierno contra las familias colombianas, contra las mujeres y sus hijos en el país. Los derechos fundamentales de las familias y los niños colombianos son objeto de burla con esta decisión. El decreto derogado protegía los entornos seguros de esa población para que los vendedores de droga no afectaran a las familias colombianas”.
Francisco Barbosa, fiscal general. Foto:Fiscalía
Protocolo no obliga
Un mes después (el 10 de enero de este año), en cumplimiento del fallo de la Corte, se conoció el protocolo del Ministerio de Justicia, que no es vinculante, sobre las restricciones del consumo en parques y zonas del espacio público. Para entonces algunos de los nuevos alcaldes ya habían adoptado decisiones sobre el particular, lo que se ha convertido en un pulso con el Ejecutivo y que podría terminar en tutelas que de nuevo podrían llegar a las altas cortes.
Expertos advierten que diferencias en la regulación podrían desencadenar además divisiones entre la Policía y los ciudadanos y originar nuevas acciones legales.
Coincidieron en que el tema en debate solo cobija el porte y consumo de la dosis mínima establecida en la ley y no a cantidades mayores de alucinógenos.
El exmagistrado del Consejo de Estado Carlos Zambrano sostuvo que el fallo de la Corte no determinó una prohibición del consumo, sino la necesidad de “regular los espacios en los que puedan realizar el consumo, hay que entender en cuáles sitios se puede y en cuáles no”.
La medida fue ordenada por la Corte Constitucional. Foto:Cortesía Corte Constitucional
El también exmagistrado Luis Guillermo Guerrero consideró que el tema es complejo y debe llevar a un análisis profundo de cada caso en particular para determinar las medidas que se van a aplicar, y que “se deben ajustar a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Además, debe aplicarse el principio pro infancia”.
Coincidió con el protocolo de Minjusticia en que una de las salidas puede ser “acudir a la fijación de franjas horarias” en las que se pueda permitir el consumo.
El abogado Hernando Herrera Mercado, presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia, ratificó que el tema es competencia exclusiva de las autoridades locales del país, quienes deben “regular el tiempo, modo y lugar en los cuales se puede prohibir el consumo de drogas psicoactivas en espacios públicos”.
Sostuvo que ya el Gobierno cumplió con su tarea, que era la expedición del protocolo, y ahora el balón está en manos de los alcaldes.
El desconocimiento de las características químicas de las sustancias alucinógenas conlleva riesgos para la salud de quien consume. Foto:Esneyder Gutiérrez
Deben impedir que los consumidores estén en cualquier parte, como colegios, escuelas o parques"
El constitucionalista José Gregorio Hernández Galindo enfatizó que si bien los alcaldes cuentan con autonomía para tomar decisiones sobre el tema “según los artículos 305 y 315 de la Constitución, deben cumplir y hacer cumplir, en sus correspondientes departamentos y municipios, los mandatos constitucionales y legales”.
Es decir, aunque su autonomía no puede ir en contravía de la Constitución y de lo que ya ha fallado la Corte Constitucional, deben cuidar a todos los ciudadanos; “en especial, deben proteger a los menores de edad, cuyos derechos prevalecen sobre los derechos de los demás –entre ellos los consumidores–, según el artículo 44 de la Constitución. Por tanto, pueden y deben impedir que los consumidores estén en cualquier parte, como colegios, escuelas o parques. Tienen una función de protección. Si no lo hacen, deben responder penal, istrativa y disciplinariamente por omisión. Las sanciones dependen de la gravedad de cada caso”.
Sostuvo que el derecho al libre desarrollo de la personalidad, que invoca el consumo de droga “no es absoluto, tiene por límites los derechos de los demás y el orden jurídico, como lo señala claramente el artículo 16 de la Constitución”.
Consultado sobre el tema, el penalista Juan Francisco Navarrete señaló que la Ley 1801 de 2016 “es clara en que los comportamientos que son contrarios a la integridad y el cuidado del espacio público tienen que considerarse restringidos, como por ejemplo consumir, distribuir, portar, ofrecer o comercializar sustancias psicoactivas, y estamos hablando de que la ley hace referencia a los centros educativos, deportivos, parques o áreas comunes de unidades residenciales”.
Precisó que los alcaldes no están obligados a eliminar de forma total los espacios en los que se puede consumir o portar la dosis mínima, pero que quien consume droga “puede hacerlo libremente en espacios privados en donde no afecte derechos de terceros”.
Dosis mínima de droga -Dosis personal Foto:El TIEMPO Y EFE
El penalista Camilo Burbano señaló que la Corte ya zanjó el debate sobre lo que se puede o no hacer en los parques frente al tema del consumo y al margen de que los alcaldes estén o no de acuerdo deben cumplir con lo establecido.
Indicó que lo que podría seguir a las decisiones de alcaldes de prohibir de tajo el consumo es que empiecen a llegar demandas de esos actos a los tribunales istrativos de cada departamento, que en segunda instancia llegarían al Consejo de Estado.
Otra vía, dijo Burbano, podría ser la tutela, a la que las partes en disputa podrían acudir para pedir la protección de sus derechos fundamentales, y que de nuevo pondrían el tema en despachos judiciales del país.
Barranquilla, Colombia, 2 de Enero de 2024. En la tarde de este martes 2 de enero, el alcalde Alejandro Char participó en la instalación de las sesiones del Concejo de Barranquilla para el periodo de 2024. El nuevo mandatario aprovechó para presentar los proyectos de su plan de gobierno y ponerlos a consideración de los concejales, a quienes les pidió apoyo en su tercera vez istrando el Distrito Foto:Vanexa Romero/ El Tiempo
Char firmará el decreto
El alcalde Alejandro Char anunció este viernes que se firmará un decreto que prohíbe y restringe el porte, consumo, distribución y comercialización de sustancias psicoactivas, incluida la dosis personal, y el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes, en zonas y espacios públicos, lugares cercanos a colegios, jardines, universidades, plazas y parques en toda la jurisdicción de Barranquilla, al igual que lo anunciado por otros alcaldes del país. La medida, aseguró el mandatario, tiene como propósito proteger a “nuestros niños, niñas y adolescentes de Barranquilla”.
En el mensaje destaca el mandatario barranquillero: “(con este decreto) Seguiremos trabajando en la generación de más oportunidades para evitar que la juventud barranquillera sea tentada por el mundo de las drogas (...), además del peligro que esto conlleva”.
El Centro Vive es una estrategia de recuperación integral de nuestro centro que tendrá diferentes intervenciones de carácter interinstitucional, y que llama a la corresponsabilidad entre el sector público y el sector privado. lanzada por el alcalde Carlos Fernando Galán hoy 18 de enero del 2023. INTERVENCIONES: Frente Fachadas Intervención de 105 fachadas de baja y mediana complejidad con 6 cuadrillas dirigidas por profesionales en intervención de bienes patrimoniales (después de previa concertación con propietarios de los inmuebles)., Intervención de arte urbano en el Hospital de la Candelaria: mediados de febrero. Embellecimiento de fachadas de la cra 7 entre la Plaza de Bolívar y la calle 24 por tramos FOTO MAURICIO MORENO EL TIEMPO CEET Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO
En Bogotá
El alcalde Carlos Fernando Galán ha anunciado que la secretaría de Seguridad trabaja en la reglamentación del consumo de drogas y espera que esté lista antes de finalizar enero. La regulación deberá cumplir con el fallo de la Corte Constitucional y garantizar los derechos de los ciudadanos. Y si bien aún no hay una regulación, el mandatario sí ha enviado señales de que su objetivo es prohibir el consumo en parques, entornos escolares y en los colegios. En una visita a Ciudad Bolívar, Galán explicó que dicha norma buscará identificar las zonas en las que se deben garantizar entornos libres de consumo.
“Como gobiernos locales, tenemos la tarea de tomar decisiones que cumplan con dos objetivos: garantizar lo establecido en términos de consumo, es decir, que no se pueda prohibir de manera general el consumo de sustancias psicoactivas, pero sí se pueda restringir”, dijo.
El alcalde de Cali, Alejandro Eder en operativos de control Foto:Alcaldía de Cali
Proteger espacios de familias
El alcalde de Cali, Alejandro Eder, aseguró que alista una política para el control del comercio ilegal de sustancias psicoactivas.
Pero sobre el protocolo por el consumo en el espacio público que dio a conocer el Ministerio de Justicia, cumpliendo una orden de la Corte Constitucional, el mandatario de la capital vallecaucana fue tajante y afirmó: “En los próximos días vamos a presentar la política, pero no vamos a permitir el consumo de drogas en espacios que son para la familia”. Eder dijo que su istración buscará generar entornos más seguros, al tiempo que ha venido recalcando su temor al avance del microtráfico.
“En Cali, como en el resto del país, estamos muy preocupados por el tema. El microtráfico tiene totalmente azotada a la ciudad”, comentó. En el Concejo de la ciudad piden a Eder expedir prontamente un decreto o conocer cómo será esa regulación.
Federico Gutiérrez, alcalde de Medellín Foto:Jaiver Nieto Álvarez /ETCE
‘Esto no es un capricho’: Fico
En Medellín, el alcalde Federico Gutiérrez fue uno de los primeros en oponerse al consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos. Este jueves, Fico dio a conocer el decreto con el que prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas en parques, escuelas y escenarios deportivos.
El mandatario indicó: “Esto no es un capricho. Yo no estoy atacando al que sea consumidor” y que hay quejas en la ciudad por el consumo en dichos espacios.
Gutiérrez explicó que la restricción –incluida la dosis mínima– aplica en aquellos sitios concurridos por niños, niñas y adolescentes y 100 metros a la redonda. El decreto también restringe el consumo de sustancias en aquellos lugares del espacio público donde se realicen eventos públicos o privados en los que concurran niños, niñas y adolescentes, mientras dure el evento.
Jaime Andrés Beltran candidato a la Alcaldía de Bucaramanga ejerciendo su derecho al voto. Foto:Jaime Moreno
Restricción en Bucaramanga
Bucaramanga fue una de las primeras ciudades que en el 2024 tomaron la decisión de prohibir el consumo de sustancias psicoactivas en parques y en los alrededores de los colegios. El mandatario Jaime Andrés Beltrán sancionó el decreto el 5 de enero, indicando que iba a recuperar los espacios públicos para los niños. Este decreto también incluye el consumo de alcohol.
La restricción rige para las áreas que rodean centros educativos, centros deportivos, parques y zonas históricas declaradas de interés cultural o por motivos de interés público. Hasta el momento, Beltrán no ha anunciado que destinará algún lugar específico para quienes deseen consumir marihuana como dosis personal, pues siempre ha sido enfático en que el consumo de drogas es un camino a la permisividad. A esta prohibición se unieron las alcaldías de Floridablanca, Girón y Piedecuesta.