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El aval de la Defensoría y las dudas de la Alcaldía de Bogotá sobre ley que prohíbe la tauromaquia

Las instituciones se pronunciaron sobre la Ley que prohibirá los toros en Colombia a partir del año 2027.

El torero peruano Roca Rey lidia su primer toro llamado "Zorro".

El torero peruano Roca Rey lidia su primer toro llamado "Zorro". Foto: EFE

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A propósito de las corridas de toros que se realizaron con ocasión de las ferias de Cali y de Manizales, y de los choques que se han generado entre el presidente de la República Gustavo Petro y diversos políticos por sus posiciones sobre la 'fiesta brava', la Corte Constitucional avanza en el estudio de varias demandas que pretenden tumbar la Ley 2385 de 2024, o Ley 'No más Olé', que estableció un veto para la tauromaquia en Colombia.
Dicha Ley determinó que, a partir del 22 de julio del año 2027, en el país no se podrán celebrar corridas de toros, rejoneos, novilladas, becerradas y tientas, con el fin de acabar con las prácticas de maltrato animal y promover una “transformación cultural” en la materia. Pero el articulado no se ocupó de otras prácticas que también han generado controversia entre los animalistas como lo son las corralejas y las peleas de gallos.
El alcalde de Manizales, Jorge Eduardo Rojas, férreo defensor de las corridas de toros, se pronunció en los últimos días sobre dicha ley advirtiendo que se caerá en la Corte a punta de demandas. "Vamos a tumbar eso como sea. Estamos decididos a que no se vayan a acabar los toros en Manizales", dijo el alcalde en una conversación con el torero español Alejandro Talavante.
Alcalde de Manizales en medio de los festejos taurinos en la Plaza de Toros de Manizales.

El alcalde de Manizales el pasado 7 de enero en la Plaza de Toros. Foto:Jhon Jairo Bonilla. Especial para EL TIEMPO

Y precisamente, la Corte ha recibido 12 demandas que piden tumbar la misma ley que rechaza el mandatario. Las demandas advierten que la iniciativa carece de un estudio de impacto fiscal sobre las alegadas pérdidas económicas que generaría la prohibición, que comenzaría a operar dentro de tres años si nada extraordinario ocurre antes. 
Las acciones judiciales también alegan la vulneración a los derechos a la cultura, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de expresión.

La defensa de la Defensoría del Pueblo a la 'Ley No más Olé'

La Defensoría del Pueblo, dirigida por Iris Marín, le ha pedido a la Corte Constitucional que salve el articulado de la Ley 'No más Olé', que impulsó la senadora del Pacto Histórico Esmeralda Hernández, reconocida por sus causas animalistas. 
Esmeralda Hernández

Esmeralda Hernández, senadora del Pacto Histórico Foto:Esmeralda Hernández

El defensor delegado para los Asuntos Constitucionales y Legales, Aquiles Arrieta, aseguró que la Ley que impulsó Hernández resulta "razonable y proporcionada constitucionalmente", y pidió denegar una demanda que presentó el representante a la Cámara por el Centro Democrático Cristian Garcés, quien tuvo 'encontrones' con animalistas durante su reciente participación en la Feria de Manizales.  
Explica Arrieta, quien además fue magistrado auxiliar en la Corte Constitucional, que no se está violando el derecho a la cultura de los taurinos, pues en la jurisprudencia de la Corte "no se ha dado la misma protección a evitar el sufrimiento animal y a las prácticas culturales que implican tal sufrimiento".
"Mientras que el respeto a los seres sintientes y la proscripción del sufrimiento innecesario y arbitrario a los animales se rebelaba como un fin constitucional imperioso, el cual es legítimo promover y ampliar, el respeto a la cultura taurina era restringido y circunscrito a donde ya se encontraba presente", advierte el defensor Arrieta.
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Alcalde de Manizales en medio de los festejos taurinos en la Plaza de Toros de Manizales. Foto:Redes sociales: Jorge Eduardo Rojas

"La Corte Constitucional está obligada a respetar la decisión en democracia de promover una cultura de vida que no contemple sufrimiento animal. Cada vez es más irrazonable el trato diferente entre cualquier forma de sufrimiento innecesario, como la pesca y caza deportiva", añadió el defensor delegado.
"Cada vez es más claro que el sufrimiento animal, por deporte o por cultura, no tiene lugar bajo el orden constitucional vigente", expresó Arrieta, anotando que no se le puede exigir un estudio de impacto fiscal a una ley que no ordena ningún tipo de gasto.

El respaldo de la Alcaldía de Cali a la prohibición de la tauromaquia

Pese a que en Cali se inauguró en diciembre la temporada taurina de finales del año, la Alcaldía de dicha ciudad le pidió a la Corte que salve el articulado de la ley antitaurina.
Plaza de Toros de Cañaveralejo en Cali

Plaza de Toros de Cañaveralejo en Cali Foto:Archivo

"Esta ley, lejos de contradecir los principios constitucionales, está alineada con el mandato del Congreso de regular el ejercicio de las prácticas culturales cuando estas impactan otros valores constitucionales, y de proteger a los animales en el contexto de una sociedad pluralista", expresó Julio Miguel Oyola, Director Técnico de la Unidad istrativa Especial de Protección Animal de la Alcaldía de Cali. 
"La Ley 2385 de 2024 responde a un interés general al establecer límites a una práctica que, si bien es una expresión cultural, tiene efectos adversos sobre la integridad de los animales", agregó el funcionario de la Alcaldía a cargo de Alejandro Eder.
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Las claves de la prohibición de las corridas. Foto:

Las dudas de la Alcaldía de Bogotá sobre la prohibición a la tauromaquia

A propósito, aunque la Alcaldía de Bogotá, a través de su secretario jurídico Mauricio Moncayo Valencia considera que la ley 'No más Olé" se "encuentra ajustada a la Constitución", también advierte que su articulado tiene imprecisiones que podrían afectar el fin que ella misma promueve.
El jurídico cita que se indica que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes debía reglamentar la entrada en vigencia de la ley, a más tardar en dos meses, y en especial el ejercicio de la tauromaquia en los tres años en los que se permitiría la práctica, previo a la prohibición. 
"La norma no indica si se permiten o no las corridas de toros y demás actividades taurinas, desde la promulgación de la ley, y sin que se haya expedido la reglamentación por el Ministerio (...)Esta precisión es importante para el Distrito, en la medida en que, pasados ya cuatro meses desde la promulgación de la ley, no se conoce esta reglamentación", expresa Moncayo.
Sala Plena de la Corte Constitucional.

Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto:Cortesía

La Alcaldía también le pidió claridad a la Corte para saber cómo proceder con relación a otra sentencia, la T-296 de 2013, que conmina al Distrito a que disponga lo necesario para la reanudación de la actividad taurina en la plaza de toros La Santamaría.
"El Distrito ha presentado también una solicitud de cumplimiento ante el despacho del Honorable Magistrado Vladimir Fernández Andrade, con el objeto de obtener una orientación de la Corte Constitucional respecto del cumplimiento continuado de esa sentencia, teniendo en cuenta el nuevo contexto normativo", se indica en un concepto conocido por EL TIEMPO. 
"Con la nueva decisión del Legislador, es importante que la Corte precise si se debe seguir cumpliendo la orden de garantizar “la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión", puntualiza la Alcaldía.
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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