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Noticia

Procurador Ernesto Espinosa responde al excanciller Álvaro Leyva tras fallo por caso pasaportes: 'No se trata de una persecución'

El delegado fue el ponente de la decisión de primera instancia que inhabilita por 10 años para ocupar cargos públicos al exfuncionario.

Procurador Ernesto Espinosa en audiencia contra Álvaro Leyva.

Procurador Ernesto Espinosa en audiencia contra Álvaro Leyva. Foto: Sergio Acero/El Tiempo

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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Ernesto Espinosa es el procurador que fue ponente de la destitución e inhabilidad por 10 años que profirió la Procuraduría en contra del excanciller Álvaro Leyva, por las faltas que cometió a la hora de frenar la licitación para expedir pasaportes, negocio que se había ganado Thomas Greg.
Durante todo el proceso disciplinario en su contra, Leyva alegó que no podía adjudicar el contrato a dicha firma porque supuestamente todo estaba amañado para que ellos se quedaran con el negocio de cerca de 600.000 millones de pesos. No obstante, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento que compone Espinosa encontró que el exfuncionario del gobierno del presidente Gustavo Petro no estaba avalado para declarar desierta la licitación, y que con ello incurrió en una falta disciplinaria gravísima.
En diálogo con EL TIEMPO, el ponente habló de los alcances de la decisión, y contestó al comentario de Leyva de que este fallo es político, tanto así que días atrás estaba tomada otra decisión.
Álvaro Leyva, excanciller.

Álvaro Leyva, excanciller. Foto:Sergio Acero/El Tiempo

Procurador, háganos un recuento del caso contra el excanciller por la licitación de pasaportes...

La acusación a Álvaro Leyva es por dos hechos, el primero es por haber declarado desierta la licitación pública, que tenía como finalidad seleccionar al contratista para el servicio de pasaportes. Y el segundo por haber declarado la urgencia manifiesta sin que estuvieran dados los presupuestos legales para tomar esa determinación.
En el primer cargo, la Sala de Juzgamiento una vez le otorgó la palabra a la defensa, esta planteó como teoría que la declaratoria desierta obedeció a que los pliegos eran sastre, que estaba direccionado a favorecer a la unión temporal de la que hacía parte Thomas Greg.
En el juzgamiento se decretaron unas pruebas por solicitud de la defensa, y estas no corroboraron su teoría. Por su parte, al analizar los argumentos del secretario general, José Antonio Salazar, y al mirar otros elementos, la Sala encontró que no había certeza de que los pliegos estuvieron diseñados a la medida. Que si bien es cierto pudo haber existido falencias en la planeación del proceso contractual, ello no facultaba al canciller para declararlo desierta. Para declararla desierta tenían que no haber propuestas, o las presentadas tenían que no haber cumplido con los pliegos de condiciones que la misma entidad había diseñado.
Audiencia contra el excanciller Álvaro Leyva en la Procuraduría por caso pasaportes. En el medio, el procurador Ernesto Espinosa. En el medio, el procurador Ernesto Espinosa.

Audiencia contra el excanciller Álvaro Leyva en la Procuraduría por caso pasaportes. En el medio, el procurador Ernesto Espinosa. En el medio, el procurador Ernesto Espinosa. Foto:Sergio Acero/El Tiempo

¿Y qué encontraron en la etapa de juicio?

Ese argumento no es legal, no tiene soporte, en Colombia no están vetadas las licitaciones con un único oferente, por eso se le sanciona.
Que había un proponente que cumplió, que el comité evaluador le dijo al ordenador del gasto adjudíquele a él, y el canciller decide no hacerlo con el argumento de que había un único oferente. Ese argumento no es legal, no tiene soporte, en Colombia no están vetadas las licitaciones con un único oferente, por eso se le sanciona.
Esos hechos se encuadran en lo que el legislador determinó como una falta gravísima y se encontró que fue a título de dolo. La sanción es de 10 años porque el mínimo era eso, y el máximo 20.

¿Y en cuanto al segundo cargo de la urgencia manifiesta? Dicen que sí hubo irregularidades pero no lo sancionaron.

Decimos que el comportamiento sí constituyó una falta disciplinaria, ¿pero qué comportamiento le podíamos exigir al canciller el 14 de septiembre de 2023 cuando el contrato en ejecución vencía el 2 de octubre? Lo que él debió hacer es lo que hizo: declarar la urgencia manifiesta. Mal declarada, pero es la consecuencia jurídica de haber declarado desierta. Terminábamos haciendo una doble incriminación.
Despuès del 3 de octubre, cuando expire el actual contrato de pasaportes con Thomas Greg, este seguirá con el servicio de impresión.

La licitación de pasaportes fue declarada desierta en septiembre de 2023. Foto:Archivo particular

Procurador, ¿por qué fue mal declarada la urgencia?

Porque para que haya una urgencia manifiesta tiene que obedecer a un caso fortuito, una fuerza mayor, no creados por uno mismo. Son hechos externos, acá no se daba eso.

¿Ahora qué viene en este expediente? Anunciaron apelación y recusación...

La defensa, a partir de este miércoles, tiene cinco días para apelar. La Sala concede el recurso ante el despacho de la procuradora general, y tendrá que tramitar la recusación para que la acepte o no. Pero el tema es que el término que tiene el despacho se la señora procurador es de dos años para resolver el recurso, y entienda que antes de este hay otros fallos que hemos proferido y no hay un trámite de urgencia como para que tenga que resolver pasado mañana o enero.

El excanciller dijo que este caso ha sido político, y que días atrás había una decisión distinta...

Son argumentos válidos en el ejercicio de defensa, en la réplica que él hace. Puede considerar que son hechos políticos, el fallo lo dirá: los hechos están probados. Es decir, no se trata de una persecución porque nosotros en la Sala no nos inventamos los hechos: había una declaratoria desierta, una licitación que quedó frustrada, un proponente que cumplía. Él tendrá todo el derecho, en el ejercicio de su defensa, plasmarlos en el recurso de apelación.
Álvaro Leyva Durán en la audiencia disciplinaria.

Álvaro Leyva Durán en la audiencia disciplinaria. Foto:Sergio Acero / El Tiempo

Cuando se adopta una decisión como esta, siempre el sancionado va a tener una inconformidad. Muchas veces lo más fácil es decir que es un fallo político, pero en el recurso de apelación va a tener que atacar esa inconformidad desde lo jurídico.

Por último, ¿cree que este fallo pueda servir de insumo en la demanda de Thomas Greg contra la Nación?

No conozco qué pruebas hay en el Tribunal istrativo, donde van a decidir si el acto istrativo era legal, pero no necesariamente con las mismas pruebas, pueden arribar otras. Lo que hemos dicho es que no había motivos para la urgencia manifiesta porque había un oferente que cumplía. No lo decimos nosotros, las palabras son de la Cancillería.
Carlos López - Redacción Justicia - @CarlosL49 - [email protected]

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