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Noticia
Procuraduría pide a la JEP remitir actuaciones en las que se encuentra vinculado Salvatore Mancuso
La solicitud se da en cumplimiento del auto proferido por la Corte Constitucional que dirimió a favor de Justicia y Paz el conflicto positivo de competencia entre jurisdicciones que se generó con la JEP.
El exjefe paramilitar Salvatore Mancuso durante el evento. Foto: Presidencia
La Procuraduría General de la Nación, en las últimas horas, le solicitó a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que, remita las actuaciones en las que se encuentra vinculado el excomandante paramilitar, Salvatore Mancuso Gómez, a la jurisdicción de Justicia y paz.
La solicitud, de acuerdo con el Ministerio Público se da en cumplimiento al auto proferido por la Corte Constitucional, en el que dirimió el conflicto positivo de competencia entre jurisdicciones que se generó con la JEP y determinó que Justicia y Paz era la jurisdicción competente para conocer los casos del exjefe de las Auc.
En comunicación enviada a la presidencia de la citada Sala, el Procurador Delegado ante la JEP, Christian Wolffhügel Gutiérrez, recordó que la Corte Constitucional “rechazó la tesis formulada por esa magistratura según la cual los paramilitares podrían ingresar a la jurisdicción si hubieran actuado en el rol de “bisagra”, entre paramilitares y agentes del estado, argumentando que éstos no son destinatarios del Acuerdo final de Paz, de manera que su juez natural se encuentra en el sistema transicional de Justicia y Paz”, señaló la Procuraduría.
Sede de la Procuraduría General de la Nación. Foto:Jesús Blanquicet
funcionario delegado resaltó que, a la luz de la decisión de la Corte, antiguos paramilitares “tampoco pueden acceder a la JEP como terceros, pues dicha calidad está reservada para quienes no hicieron parte de grupos armados involucrados en el conflicto”.
Es por ello que la Procuraduría aseguró que la tesis “bisagra” “no podrá ser aplicada por la JEP” para casos presentes y futuros, pues a partir del citado pronunciamiento “perdió competencia para continuar los trámites transicionales que se iniciaron con fundamento en dicho planteamiento”.
Decisión de la Corte
El alto tribunal, en Sala Plena el pasado 8 de agosto y con ponencia de la magistrada Diana Fajardo tomó la decisión de que los casos contra Mancuso debían quedarse en Justicia y Paz, jurisdicción que desde hace años lleva los procesos de este exjefe paramilitar.
“Luego de constatar la existencia de los presupuestos subjetivo (controversia entre dos autoridades que istran justicia que pertenecen a distintas jurisdicciones), objetivo (existencia de un proceso judicial) y normativo (que las autoridades hayan manifestado las razones por las que se consideran competentes) para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió que la jurisdicción debe asumirla la jurisdicción de Justicia y Paz”, señaló.
En el auto se describe que Salvatore Mancuso presentó una solicitud de sometimiento voluntario ante la JEP que, aunque inicialmente esta fue negada, la Sala de definición de situaciones jurídicas y la Sección de apelación de la JEP la aceptaron como compareciente forzoso, en el entendido de que, si bien los exparamilitares “no pueden acceder a la JEP, Mancuso Gómez integró funcional y materialmente la Fuerza Pública y contó con el poder suficiente, dada su posición de cúspide en la cadena de mando dentro de la organización, para articular las acciones entre la institucionalidad y los grupos paramilitares (“sujeto bisagra”)”.