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Los pendientes del proyecto para el sometimiento de bandas criminales
Hay temas que han generado ruido en expertos y que podrán ser subsanados en el Congreso.
Rueda de prensa ley de sujeción Foto: Ministerio de Justicia
El viernes, algunas de las distintas dependencias que integran el Consejo Superior de Política Criminal revisaban con lupa los 54 artículos que conforman el proyecto de ley de sujeción a la justicia y desmantelamiento de bandas criminales, presentado por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, y revelado por EL TIEMPO.
La idea de dicha revisión es sacar apuntes técnicos que permitan a las cabezas que hacen parte del Consejo —entre ellas el fiscal Francisco Barbosa y la procuradora Margarita Cabello— asumir con mejores herramientas el debate de esta iniciativa, el cual dejará como conclusión un concepto.
A este se llegará después de la discusión prevista en el Consejo previsto para la próxima semana, para que, solo después de eso, el Ejecutivo tome las observaciones que surjan—que no son vinculantes— y las lleve al Congreso de la República, donde se radicará para el debate final.
Los ponentes del proyecto han pedido que se le envíe mensaje de urgencia lo que aceleraría el debate en el Congreso y, por tanto, se requeriría tener muy rápidamente el concepto del Consejo.
Hasta ahora, las 22 páginas del proyecto de ley, tienen varios puntos que han dejado, por los retos que implican, satisfechos a algunos y con sinsabores a otros. En particular, algunos reparos se han dado por cuenta de vacíos, siendo los que más sobresalen el tema de la suspensión de órdenes de captura, la extradición para quienes se sometan y el beneficio de que se queden con un porcentaje de los bienes que entreguen.
Otra de las dudas es que en el texto tampoco quedó claro cuáles bandas criminales tendrán cabida en esta propuesta. Lo que se sabe es que son estructuras de alto impacto, “que se enmarquen en patrones que incluyan el sometimiento violento de la población civil en los territorios en los que opera”, dijo el ministro Osuna.
"A quienes están pensando en los beneficios, les quiero enviar ese mensaje claro: esta es la oferta del Estado, de seis a ocho años de cárcel": Minjusticia
Y aunque en el proyecto se hace mención a unos requisitos que se podrían ajustar a grandes y medianas redes criminales, el Comisionado para la Paz, Danilo Rueda, ha estado dialogando con representantes de bandas muy locales que parecieran no entrar en la caracterización hecha por el Ejecutivo.
La presentación del proyecto y las reuniones del Comisionado han estado rodeados de señalamientos sobre la presunta existencia de una red de abogados ofreciendo cupos en el sometimiento a narcos puros y de promesas exageradas de beneficios a las redes criminales.
Ante esos hechos, el ministro Osuna dejó claros asuntos relacionados, por ejemplo, al monto de las penas que pagarán los que se sometan y el hecho de que no se creará una justicia transicional para evaluar estos procesos.
“A quienes están pensando en los beneficios, les quiero enviar ese mensaje claro: esta es la oferta del Estado, de seis a ocho años de cárcel según lo decida el juez por la gravedad de los delitos, más cuatro que no son graduables bajo libertad condicional, de reparación a las víctimas y restauración del tejido social”, afirmó Osuna.
Los puntos clave
Ariel Ávila, senador de Alianza Verde. Foto:EFE
El senador Ariel Ávila, quien participó en la redacción del proyecto y será ponente de la iniciativa, dijo que las leyes no se hacen con nombres propios de bandas criminales y que, por eso, la ley de orden público “crea una comisión de alta instancia, que le va a recomendar al Presidente lo que ellos consideren frente a grupos: si entran acá o en el tema político y el Presidente decidirá”.
La explicación, sin embargo, para algunos no fue suficiente, y por ahora se prevé que, por sus características, unos de los que tendrían cupo son los del ‘clan del Golfo’ que se hacen llamar Autodefensas Gaitanistas de Colombia (Agc). Sin embargo, no hay claridad si pequeños combos con poder solo en algunas comunas o barrios puntuales y dedicados al microtráfico podrían lograr las gabelas ofrecidas en la iniciativa.
Al ‘clan’ del extraditado capo ‘Otoniel’, según conoció EL TIEMPO, la Fiscalía desde enero de 2020 al pasado 8 de febrero le ha incautado muebles e inmuebles avaluados en 6,6 billones de pesos, de un total de 26 billones decomisados por todo tipo de factores.
Y allí entra otro de los puntos que ha generado debate: la cifra deja dudas sobre un tema álgido del proyecto, pues el delincuente que se someta podría quedarse hasta con el seis por ciento del inventario que entregue.
Para el exfiscal general Néstor Humberto Martínez, eso es “bochornoso”, ya que no se puede “legalizar el patrimonio que las bandas criminales han hecho producto de las extorsiones, del narcotráfico, de la minería ilegal y del secuestro”. Incluso, añadió que esto va en contra de la Constitución Política de 1991.
Por su parte, en diálogo con este diario el exfiscal Guillermo Mendoza Diago sostuvo que en una primera mirada, a su juicio, también sería inconstitucional legitimar bienes conseguidos por la vía ilícita. Eso sí, recalcó que existe una ley de extinción de dominio que habla de este asunto.
En efecto, el artículo 133 del Código de Extinción de Dominio detalla los beneficios para las personas que se acojan a una sentencia anticipada. En ellos aparecen dos figuras: la del procesado que podrá conservar los bienes que elija, pero sin superar el tres por ciento del total de lo entregado, y la del cinco por ciento del inventario completo, sin posibilidad de seleccionar con qué se queda, es decir, la suma se le da una vez se hayan monetizado las propiedades.
En ambos escenarios está la opción de incrementar otro cinco por ciento en caso de que el involucrado colabore con la justicia.
Para redondear números, el plan del Gobierno fue fijar el seis por ciento. Sin embargo, en la ley de extinción se habla de un tope a este beneficio de 2.500 salarios mínimos, algo que para el exvicefiscal Francisco Sintura con lo presentado es “peor aún”, pues en el texto no está claro lo de los topes.
La defensa del Gobierno a este apartado —artículo 43—, es que se basaron en la ley de extinción ya vigente.
De hecho, el representante Alirio Uribe, otro de los autores de la iniciativa, dijo que “a esto no se le puso tope porque nosotros no modificamos la ley de extinción de dominio, sino que aplicamos las reglas de la extinción. Esa podría ser la justificación, no se nos ocurrió, por lo menos a los asesores y al Gobierno, decir por ejemplo que en ningún caso pueda ser superior a un millón de dólares, eso no se debatió ni se propuso”.
Por tanto, será el Legislativo —o el Consejo de Política Criminal— el que aborde la discusión de si es mejor aclarar este punto en el texto. En todo caso y, aunque se trató de negociaciones de paz y no de sometimientos, en los procesos con las Autodefensas y las Farc no se dejó la posibilidad de que conservaran parte de sus dineros ilegales y lo decomisado a esas organizaciones tenía como destino la reparación de las víctimas.
La extradición y las órdenes de captura
"Facultar al Fiscal para que levante órdenes de captura, así la ley lo diga, es una norma inconstitucional": Francisco Sintura
Otro tema objeto de observaciones es el de la extradición. En el documento no se lee por ningún lado esa palabra, pero según el ministro Osuna esto “ni afecta, ni altera para nada las reglas vigentes a las que el Estado colombiano se ha comprometido sobre la extradición. Eso se seguirá rigiendo por las leyes y tratados aplicables”.
Para el exfiscal Mendoza Diago, el proyecto no impide la extradición, acercando su postura a los que piensan que no era necesario tocar el tema. Mientras que Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), subrayó que sería mejor incluir en el articulado que no se afectará en nada este tema y así no dejar dudas.
Y es que según Sintura, la experiencia ha indicado que si no se decide el tema de extradición por vía legal, el proyecto está llamado al fracaso: “Si usted no lo define en la ley, nadie se le va a someter, porque la principal razón del sometimiento es la garantía de no extradición”, comentó.
Al no tocar el tema en el proyecto, queda activo el actual mecanismo en el que luego del Concepto de la Corte Suprema, la última palabra la tiene el Presidente de la República que puede negarse, como ha sucedido en otros casos, ha firmar la extradición.
Esto, consideran algunos sectores, tendría que explicarse claramente a países como Estados Unidos, con quien hay una activa relación de solicitudes y aprobaciones de extradiciones.
De este punto se desprende otro crucial en la idea de sujeción, y es el de las órdenes de captura. Semanas atrás, el fiscal general, Francisco Barbosa Delgado, se negó a levantar las de 16 integrantes del ‘clan del Golfo’ y las Autodefensas Conquistadoras de la Sierra Nevada. Y ahora, una de las tareas que tendrá el ente acusador con el proyecto de ley es la de suspender dichas órdenes cuando lo solicite el Gobierno nacional.
Para el exvicefiscal Sintura, constitucionalmente el único que puede levantar esos pedidos es un juez. “¿Un fiscal puede hacerlo? No, porque es un acto jurisdiccional. Facultar al Fiscal para que levante órdenes de captura, así la ley lo diga, es una norma inconstitucional, porque es darle funciones de juez a quien es solamente fiscal”, expresó Sintura.
Los lineamientos de la pena
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, en la presentación del proyecto de ley de sujeción y desmantelamiento de estructuras criminales. Foto:Twitter Minjusticia
Sobre la mesa también están los años de condena, que van desde seis a ocho de prisión, con cuatro más de pena restaurativa, en la que se gozará de libertad condicional a cambio de actividades reparadoras.
Y es que para abogados consultados por este diario, aunque en la actualidad ya hay lineamientos frente a ello, el reto está en aplicarlos de manera efectiva, porque en pasadas negociaciones —como con las Farc—, no se han visto del todo buenos resultados.
En el proyecto, este aparte está en el capítulo VI, y se establece que el Inpec deberá implementar con los sometidos programas de justicia restaurativa, que serán llevados ante los jueces. Una de las personas que estuvo en la elaboración del borrador, dijo que la restauración es una de las tareas a delinear más grandes que tiene el Gobierno para alcanzar la plena aplicación de la ley.
Otra de las observaciones que salieron a flote tiene que ver con los juzgados que asumirán estos procesos. El Ejecutivo ya aclaró que será en la justicia ordinaria ante juzgados de conocimiento o control de garantías. Sin embargo, un mensaje que no se conoció es si los procesos se concentrarán en ciudades capitales, por cuenta de alteraciones del orden público que podrían afectar a despachos de municipios más pequeños.
Para Francisco Sintura, este tema está resuelto en la medida de que hay un juez natural para cada proceso, quien deberá contar con todas las garantías; aunque el exfiscal Mendoza Diago añadió que podría hacerse uso de la figura de cambio de radicación.
Estos son solo algunos de los puntos que van a generar debate en el Congreso en donde se espera escuchar duras posiciones de sectores de oposición y del fiscal Francisco Barbosa, antes de lograr su aprobación, que según las cuentas del Gobierno se podría lograr en el primer semestre del año.